Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/06/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 29 de Junio de 2015

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCVI - Nº 121

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 121
CORDOBA, R.A., LUNES 29 DE JUNIO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

DIRECCIÓN DE

INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N 159 - Letra:A

Córdoba, 7 de Mayo de 2015

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar PODER

EJECUTIVO
Decreto N 621
Córdoba, 17 de junio de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0007-118255/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada Centro de Difusión del Karate Do-CE.DI.KA.-Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente N 0425-286860/2014, del Registro del Ministerio de Salud.

Y CONSIDERANDO:

dictaminado la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y por Fiscalía de Estado bajo Nros. 999/14 y 000322/
15, respectivamente, y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45
primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada Centro de Difusión del Karate Do-CE.DI.KA.-Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

Resolución N 160 - Letra:A
Córdoba, 7 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115921/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada ASOCIACION CIVIL CLUB DE LEONES LAGO SAN ROQUE, con asiento en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Extraordinaria con fecha 28 de Noviembre de 2014.Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada con fecha 28 de Noviembre de 2014 por la Entidad Civil denominada ASOCIACION CIVIL CLUB DE
LEONES LAGO SAN ROQUE, CUIT N 30-71061386-5, con asiento en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando los arts. 13 y 25, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-

Que en las mencionadas actuaciones se gestiona la aprobación de los modelos de Convenios de Beca para Profesionales Residentes, Instructores Docentes, Ex Residentes radicados y Jefes de Residentes, en el marco de los Programas de Capacitación del Ministerio de Salud; así como la derogación de aquellos aprobados por Decreto N 237/
07.
Que el Sr. Director General de Capacitación y Formación en Salud del citado Ministerio, insta el trámite de autos, acompañando los modelos de convenios propuestos para Residentes, Jefes de Residentes, Instructores Docentes y Ex Residentes Radicados; como así también copia fiel de los Instrumentos Legales aprobatorios de anteriores modelos de convenios utilizados.
Que el funcionario referido de la Cartera actuante señala que, en aras a la formación de profesionales calificados y una mejor utilización de los recursos docentes y administrativos, se propone implementar la figura del Jefe de Residentes, explicitando los requisitos y funciones de tales profesionales y el monto estimado de la beca que percibirán.
Que el Área Dictámenes y Estudios Legislativos de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Salud se expide pronunciándose de manera favorable; como así también obra Visto Bueno del Señor Ministro de Salud a la gestión procurada en autos.
Que asimismo corresponde dejar sin efecto en forma expresa y específica el Decreto N
237/07.
Por ello, las actuaciones cumplidas, normativa citada, las prescripciones de los Artículos 59 y 144, inciso. 1 de la Constitución Provincial, lo
Artículo1.- DÉJANSE SIN EFECTO a partir de la fecha del presente Decreto, los textos de los Convenios de Beca para Profesionales Residentes, Instructores Docentes y Ex Residentes Radicados, aprobados por Decreto N 237/07.
Artículo 2.- APRUÉBANSE los modelos de Convenios de Beca para Profesionales Residentes, Instructores Docentes, Ex Residentes Radicados y Jefes de Residentes, que como ANEXO I, compuesto de CUATRO
4 fojas, forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
Artículo3.- FACÚLTASE al Señor Ministro de Salud a suscribir los referidos Convenios en representación de la Provincia de Córdoba.
Artículo 4.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Salud y Fiscal de Estado.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuní quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
FRANCISCO JOSE FORTUNA
MINISTRO DE SALUD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

ANEXO
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/06/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date29/06/2015

Page count6

Edition count4193

First edition01/02/2006

Last issue05/08/2024

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