Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 22de Junio de 2015

1

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 115
CORDOBA, R.A., LUNES 22 DE JUNIO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO DE

SECRETARIA DE

EDUCACIÓN
Resolución N 684

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCVI - Nº 115

TRANSPORTE
Córdoba, 11 de junio de 2015.-

VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-091678/2009, 0109066155/2004, 0495-115720/2009 y su agregado por cuerda floja N 0109-091487/2009, del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que de las constancias de autos surge que personal dependiente de este Ministerio, presentó renuncia con motivo de haberse acogido al beneficio previsional de Jubilación por Invalidez Provisoria.
Que obran en autos las resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mediante las cuales se acordó, prorrogó y finalmente se transformó en definitivo dicho beneficio previsional.
Que por otra parte se estima procedente convalidar la reserva del cargo en que revistaban los agentes en cuestión, durante el período que se encontraban con Jubilación por Invalidez Provisoria.
Que de la situación de revista surge que el personal no se encuentra suspendido, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área Jurídica de este Ministerio en cada caso particular y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1. ACEPTAR la renuncia presentada por el siguiente personal dependiente de este Ministerio, a partir de la fecha, cargo y dependencia que en cada caso se especifica, con motivo de haber obtenido el beneficio de Jubilación por Invalidez Definitiva otorgada por la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, conforme a las Resoluciones que en cada caso se detalla:
Beatriz CATALINI: M.I. NF6.258.286, a partir del 1 de julio de 2008, en el cargo del Agrupamiento Servicios Generales SG4 18-004, en la Escuela de Nivel Primario DR. RAMÓN JOSÉ
CARCANO de esta Capital, Resolución N 289588/09 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y de Retiros de Córdoba.
América del Valle DÍAZ: M.I. N 4.250.985, a partir del 1 de julio de 2004, en el cargo de Maestro de Grado Enseñanza Primaria, en la Escuela de Nivel Primario ING. JUAN MARIO
MASJOAN de esta Capital, Resolución N 234202/04 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.

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Juliana Isabel CORDOBA: M.I. N F6.070.408, a partir del 1 de agosto de 2009, en el cargo del Agrupamiento Servicios Generales SG-4 18-004, en la Escuela de Nivel Primario PATRICIAS ARGENTINAS de Marcos Juárez, Resolución N
290279/09 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
Art. 2. CONVALIDAR la reserva del cargo en que revistaban los agentes nombrados en el artículo anterior, durante el período que dicho personal se encontraba con Jubilación por Invalidez Provisoria y al sólo efecto de regularizar su situación de revista.
Art. 3. PROTOCOLÍCESE, comuníquese , publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Resolución N 65

Córdoba, 18 de Mayo de 2015

VISTO: El Expediente N 0048-000352/2015 en el cual se propicia la transferencia a la Municipalidad de Córdoba en concepto de anticipo correspondiente al primer ejercicio del mes de Mayo de 2015, en cumplimiento de la Cláusula Tercera del Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social BOS.
Y CONSIDERANDO:

Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de
Que obra en las presentes actuaciones, nota suscripta por la Sra. Directora General de Administración, mediante la cual se solicita autorización para efectuar el anticipo de fondos correspondiente al primer ejercicio del mes de Mayo de 2015, conforme a lo previsto en la Cláusula Tercera del Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social BOS, ratificado por Decreto Municipal N 1008 de fecha 14 de mayo de 2015.
Que asimismo manifiesta que ante la necesidad imperiosa de dar continuidad al Programa Boleto Obrero Social creado por Decreto N 272/2015, se determinó, conforme el informe elaborado por el Área de Sistema Informático de Boleto Obrero Social, un importe en concepto de anticipo calculado en función de los beneficios otorgados a la fecha, y en base a ello se realizó una proyección estimativa que se extiende hasta completar el mes de mayo en curso. Asimismo, dicho importe estimado será ajustado al valor real y actualizado de los beneficios efectivamente otorgados.
Que el importe a transferir en concepto de anticipo correspondiente al primer ejercicio del mes de mayo de 2015, asciende a la suma de Pesos Quinientos Sesenta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Uno con Diecinueve Centavos $561.661,19.
Que se glosa en las presentes, el documento de afectación preventiva, Orden de Compra N 2015/000500, correspondiente al Ejercicio 2015, debidamente autorizada por la Sra. Directora General de Administración; imputando la suma total de PESOS
QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA
Y UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS $561.661,19, al Programa 603-000, Partida Principal 6, Parcial 06, Subparcial 05 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS del P.V., a los fines de atender la erogación que lo propiciado implica.
Que lo propiciado encuentra sustento legal en lo previsto por el Artículo 10, inciso b apartado 18 y Artículo 11 de la Ley 1.155 y su Decreto Reglamentario.
Que en virtud de lo expuesto, se considera oportuno que ante la necesidad de dar continuidad al Beneficio, corresponde dis-

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PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Resolución N 681

Córdoba, 11 de junio de 2015.-

VISTO: Las Notas Nros. DEIP01-301571050-314, DEIP01109867050-014, DEIP01-120611050-514 y DEIP01769842050-812 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date22/06/2015

Page count5

Edition count4193

First edition01/02/2006

Last issue05/08/2024

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