Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 3 de Junio de 2015

1

Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - T OMO DCVI - Nº 102

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 102
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 3 DE JUNIO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER

EJECUTIVO
Decreto N 428

Córdoba, 13 de mayo de 2015

Decreto N 427
Córdoba, 13 de mayo de 2015

VISTO: El expediente Nº 0045-017140/2014 del Registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la individualización de un bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación necesario para la ejecución de la obra: RECONSTRUCCIÓN Y
SISTEMATIZACIÓN EN RUTA PROVINCIAL Nº U-110 AV. RICARDO ROJAS TRAMO AVENIDA
RAFAEL NUÑEZ CALLE MANUEL DE FALLA.
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de la Dirección Provincial de Vialidad, informa que para la ejecución de la obra mencionada es necesario ocupar una fracción de terreno del inmueble de propiedad del señor Hugo Rodolfo GAGGERO ó GALLERO, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula Folio Real N 31.177 - Propiedad Nº 1101-0514836/4, con una superficie total a ocupar de 95,74 m2, ubicado en: suburbio NO, próxima a Estación Arguello, Departamento Capital.
Que obra incorporado en autos copia autenticada del asiento dominial expedido por el Registro General de la Provincia, del Plano de Mensura Parcial pendiente de visado, así como detalles relativos a la fracción de terreno de que se trata.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 45 de la Ley N 10116 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2013, Programa 849-01-4871 el inmueble de que se trata ha sido declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, encontrándose la obra debidamente identificada en el Plan de Inversiones Públicas, declaración genérica conforme artículo 2 de la Ley N 6394, pudiendo procederse como se gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por la fracción del bien a expropiar.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado por Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 123/2015, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 276/2015 , y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZASE el bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, conforme las prescripciones del artículo 45 de la Ley N 10116 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2013, Programa 849-01-4871, ubicado en: suburbio NO, próxima a Estación Arguello, Departamento Capital para la ejecución de la obra:
RECONSTRUCCIÓN Y SISTEMATIZACIÓN EN RUTA PROVINCIAL Nº U-110 AV. RICARDO
ROJAS TRAMO AVENIDA RAFAEL NUÑEZ CALLE MANUEL DE FALLA, Propiedad Nº 11010514836/4 a nombre del señor Hugo Rodolfo GAGGERO ó GALLERO, inscripto en el Registro General de la Provincia en relación al Dominio Matrícula Folio Real Nº 31.177, con una superficie total a ocupar de 95,74 m2, según plano de mensura parcial e informe que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio de los bienes por intermedio del Consejo CONTINÚA EN PÁGINA 2

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VISTO: El expediente Nº 0045-017210/2014
del Registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Dirección Provincial de Vialidad propicia por Resolución N 170/2015 la individualización del bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación necesario para la ejecución de la obra: RECONSTRUCCIÓN Y SISTEMA
TIZACIÓN EN RUTA PROVINCIAL Nº U-110
AVENIDA RICARDO ROJAS TRAMO
AVENIDA RAFAEL NUÑEZ CALLE
MANUEL DE FALLA.
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de la Dirección Provincial de Vialidad, informa que para la ejecución de la obra mencionada es necesario ocupar una fracción de terreno del inmueble de propiedad de Félix Eduardo PIÑERO, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula Folio Real N
370.600 - Nomenclatura Catastral: C:12 S:05
Mz:001 P: 004, con una superficie total a ocupar de 95,71 m2, ubicado en: Quintas de riego de la Estación Arguello Sub. Nor-oeste, Departamento Capital.
Que obra incorporado en autos copia autenticada del asiento dominial expedido por el Registro General de la Provincia, en el que consta la existencia de Usufructo que pesa sobre el inmueble; así mismo luce Plano de Mensura Parcial y detalles relativos a la fracción de terreno de que se trata.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 45 de la Ley N 10116 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2013, Programa 849-01-4871, el inmueble de que se trata ha sido declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, encontrándose la obra debidamente identificada en el Plan de Inversiones Públicas, declaración genérica conforme artículo 2 de la Ley N 6394, pudiendo
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procederse como se gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por la fracción del bien a expropiar.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado por Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 146/
2015, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 308/
2015 , y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZASE el bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, conforme las prescripciones del artículo 45 de la Ley N 10116 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2013, ubicado en Quintas de riego de la Estación Arguello Sub. Nor-oeste, Departamento: Capital para la ejecución de la obra: RECONSTRUCCIÓN Y SISTEMATI
ZACIÓN EN RUTA PROVINCIAL Nº U-110
AVENIDA RICARDO ROJAS TRAMO
AVENIDA RAFAEL NUÑEZCALLE MANUEL
DE FALLA, Nomenclatura Catastral: C:12 S:
05 Mz:001 P: 004, inscripto en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula Folio Real Nº 370.600 a nombre de Félix Eduardo PIÑERO, con una superficie total a ocupar de 95,71 m2, según plano de mensura parcial e informe que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatoriode los bienes por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
CONTINÚA EN PÁGINA 2

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date03/06/2015

Page count9

Edition count4193

First edition01/02/2006

Last issue05/08/2024

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