Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 10 de marzo de 2011

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCIX - TOMO DLIV - Nº 47
CORDOBA, R.A., JUEVES 10 DE MARZO DE 2011

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO de DESARROLLO SOCIAL

Crean sello editorial Las Nuestras
MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICIOS

Resolución Nº 177

Córdoba, 14 de setiembre de 2010

Expediente Nº 0416-059421/10.-

Difusión de las temáticas de mujeres y de género producidas en la provincia.
Resolución Nº 65
Córdoba, 18 de febrero de 2011
VISTO: La iniciativa de la Secretaría de Inclusión Social y de Equidad de Género, tendiente a generar un SELLO
EDITORIAL dependiente de esta jurisdicción ministerial, que instituya un espacio de difusión de las problemáticas propias de la Mujer y de Género producidas en el ámbito de la Provincia de Córdoba, para la promoción de cambios culturales y ejecución de acciones que resguarden la integridad de los derechos humanos propios de todas las mujeres.
Y CONSIDERANDO:
Que esta Cartera de Estado, a través de sus diversas estructuras de gestión, desarrolla en modo continuo, trabajos de investigación sobre la problemática referenciada inicialmente.
Que en función de las limitaciones y complejidades que ofrece el mercado libre en esta cuestión, se torna necesario la conformación de una estructura propia en el ámbito de este Ministerio, para la publicación de los trabajos que, por su importancia e incidencia en la problemática de LA MUJER Y EL
GÉNERO, coadyuven al reconocimiento público de la misma y posibiliten una cosmovisión más integradora por parte de todos los actores sociales.
Que a su vez, la iniciativa analizada, permitirá una mayor divulgación de la producción originada en el propio seno de esta jurisdicción ministerial, ya en sí misma considerada o en coproducción
con otras entidades y la difusión de la obra de autoras cordobesas en gene ral.
Que paralelamente y en el seno de la ciudadanía, existe una importante franja de mujeres escritoras que, a través de distintos géneros literarios, abordan su propia problemática, sin posibilidad de acceder a la publicación de sus obras y por ende, a la difusión de sus cuadros descriptivos, evaluaciones diagnósticas o propuestas de cambio.
Que la creación de un SELLO EDITORIAL permitirá además una mayor conexidad entre la gestión propia de este Ministerio y las mujeres en general de la sociedad, garantizándoles a las mismas, el conocimiento de sus historias de vida;
el reconocimiento de su problemática por parte de otros y la apropiación por parte de diferentes comunidades de los saberes y expresiones propias de nuestras mujeres.
Que dicho Sello Editorial permitirá a su vez, la inserción institucional de este Ministerio en los circuitos nacionales e internaciones de ediciones como asimismo, interactuar con numerosas redes y regímenes de canje de publicaciones, a partir de la producción de material propio.
Que parte de la producción desarrollada, también se utilizará en los Programas de Capacitación en Servicio y formación continua, presencial o a distancia que este Ministerio lleve adelante en sus próximas gestiones, tanto para su personal como para compromisos que asuma como extensión, en distintas esferas de la vida en sociedad.
Que la tarea de publicar, en los distintos
soportes y formatos que actualmente ofrece la tecnología, resulta una alternativa o posibilidad más para que este Ministerio de Desarrollo Social desarrolle con un alto grado de responsabilidad y compromiso, su gestión social como brazo ejecutor de las Políticas de Estado en la materia, conforme la Constitución y Ley Orgánica de Ministerios.
Por ello, EL MINISTRO DE
DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CREASE el SELLO
EDITORIAL LAS NUESTRAS en el ámbito de este Ministerio, el que tendrá por objetivo general la conformación de un espacio de difusión de las temáticas de mujeres y de género producidas en la Provincia de Córdoba o de interés para la misma, como una manera de promover cambios culturales a partir de acciones de difusión en relación a los derechos humanos de las mujeres, varones y otras identidades.ARTÍCULO 2º.- La Secretaría de Inclusión Social y de Equidad de Género dependiente de este Ministerio, será la Autoridad de Aplicación del Sello Editorial que por este instrumento legal se crea y responsable de su ejecución. A estos fines, se faculta a dicha Secretaría para dictar las normas complementarias y reglamentarias, como así también, la composición del personal que se desempeñará en el referido Sello Editorial.ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.DR. JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

VISTO: este expediente en el que obra nota de solicitud de aporte económico no reintegrable a la Municipalidad de La Cesira, suscripta por su Intendente señor Mario J. BECHER, para ser destinado a la ejecución de la obra: AMPLIACIÓN DE LA CISTERNA DE AGUA POTABLE
explicitándose las razones que lo justifican.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Municipalidad incorpora a fs. 5/18 de autos, Proyecto, Memoria Descriptiva, Cómputo y Presupuesto y Planos de la obra se que se trata.
Que el mencionado apoyo económico se refiere al otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de La Cesira, con una finalidad determinada, encuadrándose en las previsiones del artículo 6 de la Ley 9191.
Que la Provincia de Córdoba, a través de este Ministerio, asume el costo que demande la ejecución de la obra de referencia, el cual asciende a la suma de $ 50.000,00.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 433/10, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR un subsidio por la suma de PESOS
CINCUENTA MIL $ 50.000,00, a favor de la Municipalidad de La Cesira, con oportuna rendición de cuentas, para la ejecución de la Obra:
AMPLIACIÓN DE LA CISTERNA DE AGUA POTABLE.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000543, con cargo a: Jurisdicción 1.50 - Programa 501-001 - Partida: 10.01.01.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data10/03/2011

Conteggio pagine8

Numero di edizioni4190

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

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