Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/03/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 12 de marzo de 2009
De La Ciudad De Cruz Del Eje Departamento Cruz Del Eje - Provincia De Cordoba , por Póliza de Seguro de Caución en garantía de sustitución de Fondo de Reparo Nº 711.813 fs.3/5, expedida por Aseguradores De Cauciones S.A.
Compañía De Seguros Por La Suma De Pesos Cincuenta Y Nueve Mil Novecientos Cincuenta Y Dos Con Sesenta Y Nueve Centavos $ 59.952,69. , debiéndose reservar en Tesorería del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la Póliza aludida. 0047-012926/2006 - Referente Nº 13.SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE RECURSOS
HÍDRICOS
RESOLUCION Nº 580 - 19/11/08 APLICAR al Establecimiento SANCOR
COOPERATIVAS LTDA., ubicado en Ruta Nacional N 8 km. 498 en la ciudad de La Carlota, una multa de PESOS OCHO MIL
SETECIENTOS $ 8.700,00, por incumplimiento a las disposiciones emanadas del Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01 en relación al vertido de efluentes al río Chocanchavara generados en dicho establecimiento .
Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial. EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de DIEZ 10 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaría toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley nº 5589 y de revocársele la autorización precaria de vertido acordada por medio de Resolución N
141/05.NOTIFICAR
a la MUNICIPALIDAD DE LA CARLOTA que a los efectos de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO HA CUMPLIMENTADO
con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente.S/ expediente Nº 0046-45905/90
RESOLUCION Nº 581 - 19/11/08 APLICAR al Establecimiento Lácteo LACTEAR S.A. y/o a quien resulte responsable legal del mismo, sito en Av. 25
de mayo nº 355 de la ciudad de Morteros, una multa de PESOS DOS MIL
NOVECIENTOS $ 2.900,00, por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Repartición para regularizar la descarga de sus efluentes líquidos conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incum-

BOLETÍN OFICIAL
plimiento, de perseguir su cobro por vía judicial. EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de DIEZ 10 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaría toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley nº 5589 y de ordenar el cese definitivo del vertido en forma inmediata. NOTIFICAR a la Municipalidad de MORTEROS que a los efectos de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO
HA CUMPLIMENTADO con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente. S/expediente Nº 0416-041563/05
RESOLUCION Nº 582 - 19/11/08 APROBAR para la Obra: ACUEDUCTO
PARA LA PROVISIÓN DE AGUA POTABLE
A LA LOCALIDAD DE MARULL, cuya contratista es la MUNICIPALIDAD DE
MARULL, una ampliación de CUARENTA
Y SEIS 46 días corridos en el plazo de ejecución de la citada obra, como así también otra prórroga de DOSCIENTOS
VEINTIUN 221 días corridos, quedando como nueva fecha de finalización de los trabajos el 22 de febrero de 2008. LIBERAR
al Contratista de las sanciones que le pudieren corresponder, en virtud de la prórroga que se aprueba por la presente.
DEJAR ESTABLECIDO que las prórrogas que se aprueban por el Art. 1º de la presente no da derecho a la Contratista a efectuar reclamo alguno. S/ Expediente nº 0416040694/05
RESOLUCION Nº 583 - 20/11/08 APROBAR para la Obra: CONTROL DE
CAUDALES Y ALTEO DE CAMINO LAGUNA TIGRE MUERTO - OBRAS
COMPLEMENTARIAS, cuya Contratista es la Empresa DECAVIAL S.A.I.C.A.C., una ampliación de CIENTO VEINTIDOS 122
días en el plazo de ejecución de la citada obra, quedando como nueva fecha de finalización de los trabajos el 30 de noviembre de 2008. LIBERAR al Contratista de las sanciones que le pudieren corresponder, en virtud de la prórroga que se aprueba por la presente. APROBAR el Plan de Trabajos y Curva de Inversiones de la obra de referencia obrante a fs. 23 de estas actuaciones, presentado por la Empresa DECAVIAL S.A.I.C.A.C. DEJAR
ESTABLECIDO que la prórroga que se aprueba por el Art. 1º de la presente no da derecho a la Contratista a efectuar reclamo alguno. S/ Expediente nº 0416-043459/05
RESOLUCION Nº 584 - 20/11/08 RECHAZAR, por extemporáneo, el pedido de suspensión de términos formulado por el Dr. Mario Mangiante, MP 1-27397, en su carácter de apoderado de la firma Las Higuerillas S.R.L.- S/expediente nº 0416041097/05

RESOLUCIÓN Nº 589 - 20/11/08 DENEGAR la solicitud formulada por el Sr.
EZIO GIACHINI, DNI nº 23.520.920, de prórroga de la autorización para extraer material árido del cauce del río Jesús María a la altura de la Cotita, atento las razones antes expresadas.-S/Expediente Nº 0416039126/04
RESOLUCION Nº 590 - 20/11/08 APLICAR al al Establecimiento LACTEOS
EL ROCIO, de propiedad del Sr. Héctor Hugo Musso y/o quien resulte responsable legal del mismo, sito en Ruta Provincial nº 13 Km. 111, zona rural de la localidad de El Arañado, una multa de PESOS CINCO MIL
OCHOCIENTOS $ 5.800,00, por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Repartición para regularizar la descarga de sus efluentes líquidos conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial. EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de DIEZ 10 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaría toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley nº 5589 y de ordenar el cese definitivo del vertido en forma inmediata. NOTIFICAR a la Municipalidad de el Arañado que a los efectos de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO
HA CUMPLIMENTADO con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente. s/ expediente Nº 0416-048038/06
RESOLUCION Nº 591 - 20/11/08 APLICAR al Establecimiento LACTEOS TIO
PUJIO, y/o a quien resulte responsable legal del mismo, sito en Ruta Nacional nº 9
km. 579,8 zona rural de la localidad de Tío Pujio, una multa de PESOS DOS MIL
NOVECIENTOS $ 2.900,00, por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Repartición para regularizar la descarga de sus efluentes líquidos conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial. EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de DIEZ 10 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaría toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar
3 mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley nº 5589 y de ordenar el cese definitivo del vertido en forma inmediata. NOTIFICAR a la MUNICIPALIDAD DE TIO PUJIO que a los efectos de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO HA CUMPLIMENTADO
con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente.s/ expediente Nº 0416048601/07
RESOLUCIÓN Nº 592 - 20/11/08 APLICAR a la firma JOINER S.A. una multa de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS $
2.900,00, prevista en el Art. 275º del Código de Aguas de la Provincia, por incumplimiento de la normativa contenida en el Art. 173º de la citada Ley y Resolución nº 375/06. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y que de persistir en la omisión de la colocación del dispositivo de medición se aplicará el Art. 276º del mismo cuerpo legal y se procederá a la suspensión del uso del agua, mediante el precintado de la perforación. s/ expediente Nº 0416039761/05
RESOLUCIÓN Nº 594 - 20/11/08 APLICAR a la firma IECSA S.A., una multa de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS $
2.900,00, prevista en el Art. 275º del Código de Aguas de la Provincia Ley 5589, por incumplimiento de la normativa contenida en el Art. 173º de la cita Ley y Resolución nº 375/06. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y que de persistir en la omisión de la colocación del dispositivo de medición se aplicará el Art. 276º del mismo cuerpo legal y se procederá a la suspensión del uso del agua, mediante el precintado de la perforación.s/ expediente Nº 0416048384/07
RESOLUCIÓN Nº 593 - 20/11/08 APLICAR al Sr. JUAN CARLOS SAQUI una multa de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS
$ 2.900,00, prevista en el Art. 275º del Código de Aguas de la Provincia Ley 5589, por incumplimiento de la normativa contenida en el Art. 173º de la cita Ley y Resolución nº 375/06. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ
l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y que de persistir en la omisión de la colocación del dispositivo de medición se aplicará el Art. 276º del mismo cuerpo legal y se procederá a la suspensión del uso del agua, mediante el precintado de la perforación. S/expediente Nº 0416047331/06

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/03/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data12/03/2009

Conteggio pagine5

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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