Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/03/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 30 de marzo de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXX - Nº 60
CORDOBA, R.A. LUNES 30 DE MARZO DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS
DEPARTAMENTO PUNILLA

PODER EJECUTIVO

Construyen Jardín de Infantes Rosario Vera Peñaloza En lote de terreno donado por la Municipalidad de Cosquín.

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 263
Córdoba, 2 de Marzo de 2009
VISTO: El expediente N 0047-011742/2003 del Registro de la entonces Dirección Provincial de Arquitectura.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Municipal N 2298/2002 y su rectificatoria N 3038/2008 emanada del Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de Cosquín con sus respectivos Decretos Promulgatorios Nros. 002/2002
y 0677/2008, el citado municipio dona un lote con destino a la construcción del Jardín de Infantes Rosario Vera Peñaloza, dentro del Plan 100 Escuelas Nuevas.
Que el lote de terreno que se dona se encuentra ubicado en la localidad de Cosquín, Pedanía Rosario, Departamento Punilla de esta Provincia de Córdoba y se designa como Lote Seis de la Manzana Once, inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N 613.725, cuya copia se encuentra agregada en las presentes actuaciones.
Que ha tomado intervención la Unidad de Coordinación de Programas U.CO.PRO, haciendo lo propio la entonces Dirección Provincial de Arquitectura.
Que el Registro General de la Provincia informa que el inmueble cuya donación se propicia es de propiedad de la donante, que no reconoce gravámenes y no figura anotada inhibición.
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su competencia, como así también el área Patrimonial de la entonces Dirección General de Asuntos Jurídicos de la entonces Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión, y la Escribanía General de Gobierno.

Por ello, lo prescripto por el artículo 144 de la Constitución Provincial, los artículos 1789, 1792, 1810, correlativos y concordantes del Código Civil, el artículo 124 de la Ley N
7631, artículo 135 in fine del Decreto Reglamentario N
525/95, lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación con el N 695/08 y por Fiscalía de Estado bajo el N 4/09;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- ACÉPTASE y AGRADÉCESE la donación efectuada por la Municipalidad de Cosquín, C.U.I.T. N 30-99901370-4, con domicilio legal en calle Presidente Perón N 559 de dicha localidad, mediante Ordenanza N 2298/2002, rectificada por Ordenanza N 3038/2008 del inmueble que se describe como: Lote de Terreno con todo lo edificado, clavado y plantado ubicado en calles Onofre Marimón, Palemón Carranza y San Luis, en el B Alto Mieres de la ciudad de Cosquín, Pedanía Rosario, Departamento Punilla, de esta Provincia de Córdoba, que según plano de mensura y posesión realizado por el Agrimensor Alberto Oscar Gómez López, se designa como Lote Seis de la Manzana Once que mide y linda: 20,93 ms. en el costado NE, con calle San Luis línea 1-2; el costado E., es una línea quebrada de 14 tramos a saber: 1línea 2-3 mide 15,91
ms.; el 2 línea 3-4 8,14 ms.; el 3 línea 4-5 12,34
ms.; el 4 línea 5-6 6,25 ms.; el 5 línea 6-7 6,48 ms.;
el 6 línea 7-8 19,16 ms.; el 7 línea 8-9 8,48 ms.; el 8 línea 9-10 11,86 ms.; el 9 línea 10-11 13,14 ms.;
el 10 línea 11-12 4,02 ms. con rumbo E. a O.; el 11 línea 12-13 2,03 ms.; todos lindan con zona de vías del Ferrocarril Gral. Belgrano; el 12 línea 1314 7,63 ms.; el 13 línea 14-15 29,94 ms.; y el 14
línea 15-16 12,49 ms. lindan con la calle Onofre CONTINÚA EN PÁGINA 2

DECRETO Nº 309
Córdoba, 12 de Marzo de 2009
VISTO: El Expediente Nº 0494043549/2009, en que se gestiona la autorización al señor Director General de Educación Técnica y Formación Profesional dependiente del Ministerio de Educación, para viajar a la Ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela.
Y CONSIDERANDO:
Que la autorización propiciada tiene por efecto que el titular del citado organismo acompañe, en carácter de Representante Jurisdiccional de la Comisión Federal de Educación Técnico Profesional, al grupo de docentes y alumnos cordobeses que formará parte de la Delegación Argentina que participará en las II
JORNADAS DE EDUCACIÓN
PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA
DEL MERCOSUR a realizarse en la capital venezolana entre los días 17 y 20 de marzo de 2009, en virtud de la invitación cursada por la señora Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Educación Tecnológica I.N.E.T., dependiente del Ministerio de Educación de la Nación.
Que corresponde la autorización del mencionado viaje, toda vez que el mismo debe ser realizado en cumplimiento de las funciones específicas del cargo que ejerce el citado funcionario.
Que de acuerdo con lo informado por la mencionada funcionaria nacional, la coordinación general de la Delegación Argentina estará a cargo del I.N.E.T.,
siendo Brasil y Venezuela -promotores principales de la iniciativaquienes cubrirán los costos de pasajes, alojamiento, traslados, comidas y refrigerios, mientras que los gastos de movilidad y estadía -en caso de ser necesarioen la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también las tasas de embarque, correrán por cuenta de la jurisdicción provincial.
Por ello, lo dispuesto por Ley N 6197
y Decreto N 1534/06, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Educación al Nº 0222/09
y por Fiscalía de Estado en casos análogos, EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE al señor Director General de Educación Técnica y Formación Profesional Ing.
Domingo Horacio ARINGOLI, D.N.I. N
11.135.154, dependiente del Ministerio de Educación, a viajar a Caracas, República Bolivariana de Venezuela, entre los días 13 y 24 de marzo de 2009, para concurrir, en cumplimiento de funciones inherentes a su cargo, a las II JORNADAS DE EDUCACIÓN
PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA
DEL MERCOSUR que se llevarán a cabo en la capital venezolana entre los días 17 y 20 de marzo de 2009.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación a anticipar los gastos que le incumbiere solventar a esta jurisdicción con motivo del viaje aludido en el artículo anterior, con cargo de oportuna rendición de cuentas, e imputar los mismos a los programas y CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/03/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data30/03/2009

Conteggio pagine5

Numero di edizioni4191

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Ultima edizione01/08/2024

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