Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/04/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 23 de abril de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLIII - Nº 77
CORDOBA, R.A. VIERNES 23 DE ABRIL DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

PODER LEGISLATIVO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Modifican Radio Municipal y Comunal de las localidades de Embalse y Rincón Departamento Calamuchita
Departamento Río Segundo
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Ley: 9767

Ley: 9764

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Radio Municipal de la localidad de Embalse, ubicada en el Departamento Calamuchita de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano confeccionado por la citada Municipalidad, el que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción del polígono definido por los siguientes lados:
Lado 1-2: de un mil cuatrocientos dieciocho metros con noventa centímetros 1.418,90 m que se extiende por el eje del Arroyo Las Vacas con rumbo Noroeste desde el Vértice Nº 1 X=6441616,40 - Y=4365100,06, punto de inicio del polígono, definido por la desembocadura de mencionado arroyo en el Embalse Río Tercero, hasta llegar al Vértice Nº 2 X=6442158,29 - Y=4364611,03, ubicado en la intersección de la proyección del límite Norte de la Parcela 2633-4131 con el eje del citado arroyo.
Lado 2-3: de dos mil quinientos setenta y cinco metros 2.575,00 m que se prolonga con rumbo Este hasta encontrar el Vértice Nº 3 X=6442161,11 Y=4367185,98, ubicado sobre el límite Sur de la Parcela 2633-4232.
Lado 3-4: de un mil ciento setenta y nueve metros con noventa centímetros 1.179,90 m que se desarrolla en general hacia el Sur hasta arribar al Vértice Nº 4
X=6440996,52 - Y=4367173,90, ubicado en el vértice Noreste del Loteo La Sierrita.
Lado 4-5: de un mil quinientos sesenta y un metros con diez centímetros 1.561,10 m que corre con dirección Sudeste, cruzando el Río Tercero Ctalamochita en el punto donde desemboca en el Embalse Segunda Usina y atravesando las Parcelas 2633-3737, 2633-3638, 2633-3838, 2633-3538 y 2633-3639, hasta alcanzar el
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Radio Comunal de la localidad de Rincón, ubicada en el Departamento Río Segundo de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano confeccionado por la citada Comuna, el que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción del polígono definido por los siguientes lados:
Lado 1-2: de treinta y seis metros con setenta y ocho centímetros 36,78 m que se extiende con rumbo Este desde el Vértice Nº 1 X=6506517,06 - Y=4439584,76, materializado con una estaca de hierro situada en la esquina Noroeste de la Parcela Rural 214-3770 hasta llegar al Vértice Nº 2
X=6506518,93 - Y=4439621,49, materializado con una estaca de hierro en correspondencia con la esquina Noreste de la Parcela Rural 214-3770.
Lado 2-3: de ciento ochenta y tres metros con setenta y tres centímetros 183,73 m que se extiende con orientación Sudeste hasta llegar al Vértice Nº 3 X=6506337,74 - Y=4439651,95.
Lado 3-4: de quinientos cincuenta metros con tres centímetros 550,03 m que se prolonga con trayectoria Sudeste hasta llegar al Vértice Nº 4 X=6505905,64 - Y=4439992,29.
Lado 4-5: de trescientos sesenta y siete metros con nueve centímetros 367,09 m que se despliega con sentido Sudeste hasta encontrar el Vértice Nº 5 X=6505662,62 Y=4440267,42.
Lado 5-6: de ciento treinta y tres metros con setenta y tres centímetros 133,73 m que se desarrolla con dirección Sudeste hasta arribar al Vértice Nº 6 X=6505601,34 - Y=4440386,28.
Lado 6-7: de doscientos metros con sesenta y ocho centímetros 200,68 m que corre con rumbo Sudeste hasta llegar al Vértice Nº 7 X=6505445,71 - Y=4440512,97.
Lado 7-8: de doscientos noventa y siete metros con ochenta y seis centímetros 297,86 m que se extiende con orientación Sudeste hasta alcanzar el Vértice Nº 8 X=6505239,63 -

CONTINÚA EN PÁGINA 2

CONTINÚA EN PÁGINAS 2 Y 3

Acuerdo Reglamentario Nº 1001 - Serie A. En la ciudad de Córdoba, a 22 días del mes de marzo del año dos mil diez, con la Presidencia de su Titular Dra. María de las M. BLANC G. de ARABEL se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Ester CAFURE DE BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO, Armando Segundo ANDRUET h, y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO, y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: La difusión de la actividad jurisdiccional del año 2009 y las proyecciones de productividad para el año 2010 del Tribunal Superior de Justicia, en continuidad de los objetivos de mejorar la transparencia y eficacia del Poder Judicial, reducir los plazos de la resolución de los procesos y promover certidumbres a los justiciables y litigantes, expresados en el Acuerdo Reglamentario Nº 980, Serie A, de 4-5-2010.
Y CONSIDERANDO: I. Contribuye con los señalados objetivos que el Tribunal Superior de Justicia difunda la actividad desarrollada en la función jurisdiccional durante el año 2009 en lo que concierne a la cantidad de los recursos y causas de competencia originaria ingresadas como así también las resoluciones dictadas y la información atinente acerca de si se alcanzaron o no las proyecciones de productividad fijadas para ese período. Asimismo y para orientar las proyecciones necesarias, resulta importante explicitar los estándares de productividad para el año en curso.
II. A través de las distintas Salas de diferentes competencias en lo Civil y Comercial, Contencioso-Administrativa, Laboral, Penal y Electoral y de Competencia Originaria, durante el año 2009, ingresaron al Tribunal Superior de Justicia 2599 causas y se dictaron 3208 resoluciones con un porcentaje positivo del 123,43 % se computan como tales sólo las sentencias y los autos interlocutorios que resuelven recursos o causas de competencia originaria.
En tal sentido, a fin de una mayor especificidad se distinguirá entre los recursos ingresados en cada una de las Salas del Tribunal Superior en 2009
y las resoluciones dictadas en ese mismo año con la aclaración que ellas comprenden a recursos ingresados también en años anteriores.
a Sala en lo Civil y Comercial Recursos Ingresados: 582
Resoluciones dictadas: 831
b Sala en lo Contencioso-Administrativa Recursos Ingresados: 309
Resoluciones dictadas: 292
c Sala Laboral Recursos Ingresados: 882
Resoluciones dictadas:1315
d Sala Penal Recursos Ingresados: 584
Resoluciones dictadas: 689
f Sala Electoral y de Competencia Originaria Causas Ingresadas: 242
Resoluciones dictadas: 81
III. En relación a las proyecciones de productividad fijadas en el Acuerdo Nº 980/2009 para ese año y lo efectivamente logrado se efectuará una información por cada Sala.
a En la Sala en lo Civil y Comercial, conforme las pautas planificadas a comienzo del año 2009, se ha cumplido con el estudio y proyección de las causas ingresadas en el año 2006 y 2007, con excepción de 8 causas que se CONTINÚA EN PÁGINA 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/04/2010 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date23/04/2010

Page count6

Edition count4192

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Dernière édition02/08/2024

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