Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/08/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Resolución Nº 259

Córdoba, 7 de julio de 2010

VISTO: El expediente N 0620-044353/2010, por el cual tramita la construcción de Dos Aulas en el establecimiento educativo donde funciona la Escuela Cosme Argerich, de la localidad de Villa Santa Cruz del Lago, departamento Punilla, en el Marco del Programa Construcción de Aulas Nuevas Ley 9702.
Y CONSIDERANDO:

Resolución Nº 258

Córdoba, 7 de julio de 2010

VISTO: El expediente N 0620-044349/2010, por el cual tramita la obra Finalización de construcción paralizada en el establecimiento educativo donde funciona la Escuela Manuel Belgrano de la localidad de Laboulaye, departamento Presidente Roque Sáenz Peña, en el Marco del Programa Construcción de Aulas Nuevas Ley 9702.
Y CONSIDERANDO:

Que en base al relevamiento edilicio efectuado por la Dirección de Infraestructura Escolar, organismo técnico competente, resulta de imperiosa necesidad ampliar los espacios físicos para el correcto funcionamiento del Establecimiento Educativo Escuela Cosme Argerich, de la Localidad de Villa Santa Cruz del Lago, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba, a cuyo fin, ha confeccionado la documentación técnica para proceder a la ejecución del Proyecto mencionado, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos Ciento Ochenta Mil $180.000,00.

Que en base al relevamiento edilicio efectuado por la Dirección de Infraestructura Escolar, organismo técnico competente, resulta necesario ampliar los espacios físicos para el correcto funcionamiento del Establecimiento Educativo Escuela Manuel Belgrano de la localidad de Laboulaye, departamento Presidente Roque Sáenz Peña, Provincia de Córdoba, a cuyo fin, ha confeccionado la documentación técnica para concluir la construcción actualmente paralizada y elaborado el Proyecto pertinente, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos Ciento Diecisiete Mil Trescientos Treinta y Cuatro $117.334,00.

Que mediante Resolución N 26 de fecha 16 de junio de 2010, la Comisión Comunal de Villa Santa Cruz del Lago, aprueba el convenio suscripto entre el Ministerio de Educación y el Presidente de la Comuna de Villa Santa Cruz del Lago para la ejecución de la obra que se trata, de conformidad al Proyecto elaborado por la Dirección de Infraestructura Escolar de este Ministerio.

Que mediante Ordenanza N 3884 de fecha 10 de junio de 2010, el Consejo Deliberante de Laboulaye, ratifica el Convenio suscripto entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad de Laboulaye para la ejecución de la obra que se trata, de conformidad al Proyecto elaborado por la Dirección de Infraestructura Escolar de este Ministerio.

Que resulta conveniente encomendar la ejecución de la obra en cuestión a la Comuna de Villa Santa Cruz del Lago, por el referido importe, conforme el contrato de obra suscripto.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el articulo 28 de la Ley N 9702; articulo 6 de la Ley N 9191; articulo 7 inciso e de la Ley N 8614 y Decretos Reglamentarios;
Resolución de esta Cartera de Estado N 69/2010, Documento Contable de Reserva de Crédito Nota de Pedido N 2010/
000855 confeccionada por la Jefatura del Área Contrataciones de la Dirección General de Administración de este Ministerio y su informe de fs. 68, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo el N 95 /10;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 20 de agosto de 2010

Que resulta conveniente encomendar la ejecución de la obra en cuestión a la Municipalidad de Laboulaye, por el referido importe, conforme el contrato de obra suscripto.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el articulo 28
de la Ley N 9702; articulo 6 de la Ley N 9191, articulo 7
inciso e de la Ley N 8614 y Decretos Reglamentarios;
Resolución de esta Cartera de Estado N 69/2010, Documento Contable de Reserva de Crédito Nota de Pedido N 2010/000857
confeccionada por la Jefatura del Área Contrataciones de las Dirección General de Administración de este Ministerio y su informe de fs. 67 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo el N 93/10;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- CONTRATAR en forma directa con la Comuna de Villa Santa Cruz del Lago, para la Ejecución de la Obra Primera Etapa construcción de dos aulas en el establecimiento educativo Escuela Cosme Argerich, dependiente de este Ministerio, por la suma de Pesos Ciento Ochenta Mil $180.000,00, de conformidad al Presupuesto Oficial, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y de Especificaciones Técnicas y demás documentación Técnica, elaborada por la Dirección de Infraestructura Escolar obrante a fs. 3/57 de estas actuaciones y al Contrato de Obra, que como Anexo I, en dos 2 fojas útiles, integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 1.- CONTRATAR en forma directa con la Municipalidad de Laboulaye, para la ejecución de la Obra Finalización de la construcción actualmente paralizada en el Establecimiento Educativo Escuela Manuel Belgrano de la localidad de Laboulaye, departamento Presidente Roque Sáenz Peña, dependiente de este Ministerio, por la suma de Pesos Ciento Diecisiete Mil Trescientos Treinta y Cuatro $117.334,00, de conformidad al Proyecto y Presupuesto Oficial, Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y de Especificaciones Técnicas y demás documentación Técnica, elaborada por la Dirección de Infraestructura Escolar obrante a fs. 3/53 de estas actuaciones y al Contrato de Obra, que como Anexo I, en dos 2 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2.- IMPUTASE el egreso que demande el cumplimiento del articulo anterior a Jurisdicción 1.35 -Área Ministerio de EducaciónPrograma 376-000, Partida 12.06.00.00 Obras -Ejecución por Terceros del Presupuesto Vigente.

ARTÍCULO 2.- IMPUTASE el egreso que demande el cumplimiento del articulo anterior a Jurisdicción 1.35- Área Ministerio de EducaciónPrograma 376-000, Partida 12.06.00.00 ObrasEjecución por Terceros del Presupuesto Vigente.

ARTÍCULO 3.- FACULTASE al Señor Director de Infraestructura Escolar a suscribir la documentación indicada en el Articulo 6 del Pliego de Condiciones Particulares que rige la presente contratación y a designar el personal encargado de la Dirección Técnica de la Obra.

ARTÍCULO 3.- FACULTASE al Señor Director de Infraestructura Escolar a suscribir la documentación indicada en el Articulo 6 del Pliego de Condiciones Particulares que rige la presente contratación y a designar el personal encargado de la Dirección Técnica de la Obra.

ARTÍCULO 4.- PROTOCOLISECE, comuníquese, publíquese y archívese.

ARTÍCULO 4.- PROTOCOLISECE, comuníquese, publíquese y archívese.

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

SECRETARÍA de EDUCACIÓN

Resolución Nº 794

Córdoba, 2 de agosto de 2010

VISTO: Las actuaciones presentadas por la Presidenta de la Fundación Desafiarte en la Inclusión, en las que solicita se declare de Interés Educativo la Octava Edición Provincial y Segunda Edición Nacional del Festival DESAFIARTE 2010, el que organizado por la citada entidad, se llevará a cabo desde el 9 al 13 de agosto de 2010, en la ciudad de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que el encuentro viene desarrollándose desde el año 2003, convirtiéndose en un espacio de singular relevancia tanto por la convocatoria como por la calidad artística, en el que participan niños, jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales, de instituciones de capital e interior e invitados de otras provincias.
Que la iniciativa constituye una propuesta integradora que apunta principalmente a reforzar la pertenencia de todas las personas a la comunidad, sin ningún tipo de exclusión, por medio del lenguaje artístico en todas sus formas de expresión.
Que el evento se desarrollará en variados espacios públicos simbólicos de la ciudad tales como: Legislatura Provincial, Teatro Real, Patio y Explanada del Cabildo, Área Peatonal y Ciudad de las Artes, en los que se exhibirán diferentes propuestas artísticas.
Que es propósito de este Ministerio declarar el Festival de Interés Educativo, teniendo en cuenta que la entidad organizadora apunta a reforzar la construcción colectiva de una sociedad más inclusiva, a través de la participación expresiva de las personas con discapacidad.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Ministerial Nº 118/2006;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo la Octava Edición Provincial y Segunda Edición Nacional del Festival DESAFIARTE 2010, el que organizado por la Fundación Desafiarte en la Inclusión, se llevará a cabo desde el 9 al 13 de agosto de 2010, en la ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

MINISTERIO de FINANZAS

Resolución N 210
Córdoba, 14 de julio de 2010
VISTO: El expediente Nº 0180-15507/2009 del registro del Tribunal Superior de Justicia, en que se propicia la transferencia definitiva sin cargo de bienes muebles y equipamiento informático perteneciente al Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a favor de la Asociación Civil Fuerza Solidaria FU-SOL, Asociación Civil Integral LAZOS DE AMISTAD, Asociación Benéfica sin fines de lucro REMAR ARGENTINA rehabilitación de Marginados y Parroquia Jesucristo Salvador del Mundo.
Y CONSIDERANDO:
Que los bienes en cuestión, fueron declarados en estado de desuso y rezago a través del Acuerdo N
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/08/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha20/08/2010

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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