Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/08/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
LEY Nº 9810

VIENE DE TAPA
LEY Nº 9813

ángulo de 89 51 20", en parte sobre una línea imaginaria prolongación del alambrado límite Sur de la Parcela 0344-5160, que atraviesa dicha parcela, y en parte sobre dicho alambrado, hasta alcanzar el Vértice A, sito en la intersección con el alambrado límite Este de la Parcela 0344-5160, cerrando así el Polígono I
Área Urbana, que ocupa una superficie de ciento cuarenta y cuatro hectáreas, ocho mil novecientos sesenta y ocho metros cuadrados con noventa y un decímetros cuadrados 144 has, 8.968,91m.
Polígono II Cementerio Municipal: se encuentra ubicado al Sudeste de la localidad, a una distancia de ochocientos noventa y un metros con noventa y seis centímetros 891,96 m desde el Vértice C del Polígono I Área Urbana siguiendo el alambrado existente que es límite Sur de las Parcelas 0344-5163 y 03445363. Sus tres vértices se encuentran materializados con postes de madera, su superficie delimitada por alambrados perimetrales y está formado por los siguientes lados:
Lado M-N: de trescientos sesenta y tres metros con treinta y siete centímetros 363,37 m que corre con dirección Sudeste, en parte sobre el alambrado límite Sur de la Parcela 0344-5363 y en parte por el límite Sur de la parcela 0344-5367, desde el Vértice M
X=6346122,08 - Y=4438881,76, punto de inicio del polígono, sito en la intersección con el alambrado límite Este de la Parcela 03445063 hasta arribar al Vértice N X=6346048,65 - Y=4439237,63, situado sobre el poste esquinero ubicado en la intersección con el alambrado límite Norte de la zona de vías del Ferrocarril Nuevo Central Argentino.
Lado N-O: de trescientos setenta y dos metros con ochenta y siete centímetros 372,87 m que se proyecta con sentido Oeste formando un ángulo de 13 49 56" hasta localizar el Vértice O X=6346034,51
- Y=4438865,03, situado en la intersección con el alambrado límite Este de la Parcela 0344-5063.
Lado O-M: de ochenta y nueve metros con quince centímetros 89,15 m que se desarrolla con trayectoria Noreste formando un ángulo de 77 00 41" sobre el alambrado límite Este de la Parcela 0344-5063, hasta arribar al Vértice M, cerrando así el Polígono II
Cementerio Municipal, que ocupa una superficie de una hectárea, seis mil ciento noventa y seis metros cuadrados con veintiséis decímetros cuadrados 1 ha, 6.196,26 m.
La superficie total del Radio Municipal de la localidad de Bengolea es de ciento cuarenta y seis hectáreas, cinco mil ciento sesenta y cinco metros cuadrados con diecisiete decímetros cuadrados 146
has, 5.165,17 m.

ARTÍCULO 3º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

HÉCTOR OSCAR CAMPANA
VICEGOBERNADOR
PRESIDENTE
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

PODER EJECUTIVO

Decreto Nº 1178

Córdoba, 6 de agosto de 2010

Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9810 cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese, en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
ALFONSO F. MOSQUERA
PROCURADOR DEL TESORO
A/C. FISCALÍA DE ESTADO

CÓRDOBA, 18 de agosto de 2010

de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por Ley de la Provincia Nº 9813 CÚMPLASE.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE
JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

HÉCTOR OSCAR CAMPANA
VICEGOBERNADOR
PRESIDENTE
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECUTIVO

Decreto Nº 1181

Córdoba, 6 de agosto de 2010

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 144

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a la Dirección General de Administración del Ministerio de Finanzas, en caso de corresponder, a realizar la transferencia de los fondos que resulten necesarios para disponer la consignación autorizada por el articulo 20 de la Ley Nº 6394.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
ALFONSO F. MOSQUERA
PROCURADOR DEL TESORO
A/C. FISCALÍA DE ESTADO

MINISTERIO de FINANZAS

Resolución Nº 191

Ministerio al N 381/10, Córdoba, 30 de junio de 2010

VISTO: El expediente Nº 0045-015322/2010 en que la Dirección Provincial de Vialidad, propicia ajustes en la distribución de los Recursos Financieros por transferencias realizadas por la Nación en concepto de Obras Públicas con Financiamiento Nacional.

EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- INCREMENTAR las Contribuciones y las Erogaciones Figurativas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, en la suma de PESOS
CINCUENTA MILLONES $ 50.000.000:

Y CONSIDERANDO:
Que es necesario dar reflejo presupuestario al Convenio firmado el 10 de Junio de 2010, con la Dirección Nacional de Vialidad a los fines de imputar la obra: Pavimentación de la Ruta Provincial N 34 Camino de las Altas Cumbres -Tramo:
A Empalme Ruta Provincial E-96 - Empalme Ruta Provincial C-45 y B Accesos a la Ruta Provincial N 34 desde San Antonio de Arredondo y Las Jarillas.
Que asimismo el Decreto N 150/04 modificado por su similar N 541/08 faculta a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas a efectuar las adecuaciones de montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda, en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en virtud de ello por la presente Resolución, se propicia una modificación del Presupuesto General en vigencia, incrementando el total de las Contribuciones como las Erogaciones Figurativas y adecuando el Plan de Inversiones Públicas del presente ejercicio.

ARTÍCULO 2º.- ADECUAR el Plan de Inversiones Públicas previsto en el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Anexo I, el que con una 1 foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.

Que la modificación propuesta se encuadra en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con los artículos 27, 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la Provincia, al Ministerio de Obras y Servicios Públicos Dirección de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/08/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha18/08/2010

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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