Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/6/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 29 de junio de 2011
ción Escuela Nº 95 Santa María - Distrito Chiqueros, Departamento Nogoyá, para cubrir la atención de los certificados de obra Nº 12 bis primera redeterminación al 15 R.P. bis primera redeterminación, emitidos como consecuencia del convenio de redeterminación de precios celebrado el 22 de diciembre de 2009 y aprobado mediante Resolución Nº 015/10 SPeI, como así también a la atención del convenio de redeterminación de precios aprobados mediante Resolución Nº 865/10 SPeI, y el cuadro comparativo Nº 2 de obra aprobado mediante Resolución Nº 583/10 SSAyC.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y Decreto Nº 4.693/91 MGJOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la formalización y/o actualización del convenio con la asociación cooperadora Escuela Nº 95 Santa María de Nogoyá, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría antes mencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por Decreto Nº 6.440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del libramiento correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora Escuela Nº 95 Santa María de Nogoyá, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
DECRETO Nº 6046 MPIyS
Paraná, 29 de diciembre de 2010
Aprobando una partida de $ 55.983,22, con destino a la obra Reparación Sanitarios Escuela Normal República Oriental del Uruguay Colón, Departamento Colón.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartados 2º y 4º y artículo 12º, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y Decreto Nº 4.693/91 MGJOySP, así como también artículo 3º, inciso B, apartado 4º del Decreto Nº 7.738/08 MGJEOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del convenio con la asociación cooperadora de la Escuela Normal República Oriental del Uruguay Colón, del Departamento Colón, la cual deberá obrar en poder de la subsecretaría previo a efectuar la entrega de los cheques pertinentes debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, para que mediante sistema de libramiento, entregue a la Dirección General del
BOLETIN OFICIAL
Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora de la Escuela Normal República Oriental del Uruguay Colón, del Departamento Colón, efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
DECRETO Nº 6047 MPIyS
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2010
VISTO:
La Resolución 018/10 DGIyS, norma ratificada por la Resolución Nº 102/10 MPIyS; y, CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 18 DGIyS, de fecha 28.5.2010, se autoriza la adscripción de la señora Dora Judit Urrutia, legajo Nº 58.942, categoría 3, DNI Nº 16.166.100, agente de planta permanente perteneciente de la Dirección General de Intendencias y Servicios de la Gobernación, hoy con dependencia de este Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a la Dirección de Sumarios Administrativa - Fiscalía de Estado de la Gobernación, a partir del 28 de mayo de 2010 y se la desafecta de las funciones de jefa de Responsabilidad Actividad Correspondencia, dispuesta por Decreto Nº 498/10 GOB;
Que a fin de no obstaculizar la función de la agente Dora Urrutia en la Dirección de Sumarios, la Resolución Nº 018 DGIyS fue ratificada por la Resolución Nº 102/10 MPIyS;
Que han tomado intervención la Dirección General de Personal y la Fiscalía de Estado en Dictamen Nº 1.660, de fecha 6.12.10 manifestando: El acto administrativo que ponga fin al presente deberá instrumentarse mediante decreto del Poder Ejecutivo, por ser competencia del Gobernador de la Provincia, en tanto la autoridad de nombramiento de la agente. En función de lo argumentado y encontrándose cumplidos en autos los recaudos legales sustanciales y adjetivos requeridos por la Ley Nº 9.755 artículos 39 y 42, los que se terminara de satisfacer en la instancia, sirviendo el presente de instrumentación de la conformidad de este organismo
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase en todos sus términos la Resolución Nº 102/10 MPIyS, norma que ratifica la Resolución Nº 018/10 DGIyS, normas que como anexos forman parte del presente decreto, por la cual se resolvió autorizar la adscripción de la señora Dora Judit Urrutia, legajo Nº 58.942, categoría 3, DNI Nº 16.166.100, agente de planta permanente perteneciente de la Dirección General de Intendencias y Servicios de la Gobernación, hoy con dependencia de este Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, a la Dirección de Sumarios Administrativa - Fiscalía de Estado de la Gobernación, a partir del 28 de mayo de 2010 y, por consiguiente, desaféctase de las funciones asignadas a la citada agente por Decreto Nº 498/10 GOB, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuádrase el presente trámite en las disposiciones de la Ley Nº 9.755, artículos
7 39º y 42º, Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese y pase a la Dirección General de Intendencias y Servicios para notificación. Fecho, a la Dirección de Sumarios - Fiscalía de Estado.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo L. Federik
MINISTERIO DE SALUD
Y ACCION SOCIAL
RESOLUCION Nº 2197 MSAS
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 17 de junio de 2008
VISTO:
La Resolución Nº 5311/04 MSAS por la cual se dispuso la instrucción de una información sumaria en el ámbito del Hospital San Martín de Paraná, a los efectos de investigar el supuesto accidente sufrido el día 30/06/04, por el agente Juan José Lescano, Legajo Nº 100.731; y CONSIDERANDO:
Que por la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, se cumplimentaron todas las instancias de la información sumaria, efectuando su dictamen final Nº 241/07, el Sr.
Asesor Legal;
Que analizadas las constancias reunidas en autos se constata que el accidente se produjo en oportunidad que el agente se encontraba cumpliendo con sus tareas de chofer y más precisamente en circunstancias en que se dirigía en la ambulancia con el Sr. Alfredo Ortiz, a retirar otra que se encontraba en el taller, en un badén saltó y al estar la banqueta despegada de la parte trasera del rodado se aplastó el dedo anular de la mano izquierda con una chapa y el borde del asiento, sufriendo traumatismo de dedo anular mano izquierda, y por ende encuadrable en el artículo 6º.-punto 1- de la Ley 24557, inasistiendo a su lugar de trabajo desde el 30/06/04 al 03/07/04, curando sin secuelas;
Que este Ministerio comparte en un todo lo aconsejado por la dirección supra citada, conforme lo actuado a fs. 43 y vta. de autos;
Por ello;
El Ministro de Salud y Acción Social R E S U E L V E :
Art. 1º - Aprobar y dar por finalizada la información sumaria dispuesta instruir mediante Resolución Nº 5311/04 MSAS, encuadrando la presente gestión 7en lo prescripto por el artículo 6º, punto 1, de la Ley 24.557.Art. 2º - Dejar aclarado que de acuerdo al dictamen médico efectuado por la Comisión Médica Unica dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, obrante a fs. 40 de autos, la lesión producida como consecuencia del accidente ocurrido el día 30/06/04, le produjo al agente Juan José Lescano, Legajo Nº 100.731, incapacidad laboral total y transitoria desde el 30/06/04 al 03/07/04, debiendo reconocerse los días inasistidos en virtud a lo dispuesto por el artículo 10º, última parte del Decreto Nº 5703/93 MGJE, cuerpo único y ordenado de la Ley 3289 y modificatorias, aplicable por remisión del artículo 14º de la Ley 9811, que modificó el artículo 121º de la Ley 9755, curando sin secuelas, manifestando el mismo que no tuvo gastos que afrontar de su peculio, por lo que no corresponde reintegro alguno.
Art. 3º - Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Angel F. Giano
RESOLUCION Nº 2198 MSAS
Paraná, 17 de junio de 2008
Reconociendo la Licencia sin goce de haberes usada por el agente Jorge Manuel Manfre-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/6/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date29/06/2011

Page count28

Edition count4805

First edition01/12/2003

Last issue08/08/2024

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