Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/6/2011

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Nº 24.756 - 104/11

PARANA, martes 7 de junio de 2011

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 5617 MEHF
DISPOSICION
Paraná, 28 de diciembre de 2010
VISTO:
La necesidad de asegurar la prestación de servicios en reparticiones del ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas durante el ejercicio 2011; y CONSIDERANDO:
Que en determinadas reparticiones resulta necesario disponer la ejecución de servicios que no pueden ser cumplidas por el personal de planta permanente, y para cuyo cumplimiento se ha dispuesto de agentes cuya situación de revista es la de contrato bajo el régimen de locación de servicios;
Que los organismos involucrados, en función de las necesidades operativas mantienen las causales que motivaron su contratación solicitando su renovación para el año 2011;
Que la jurisdicción cuenta con previsiones de cupos y créditos presupuestarios para atender este tipo de contrataciones;
Que por todo ello se entiende procedente disponer la renovación a partir del 1º de enero de 2011 de los contratos de locación de servicios vigentes al 31 de diciembre de 2010;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la renovación de los contratos de locación de servicios, por el plazo de un 1 año desde el 1 de enero de 2011
hasta el 31 de diciembre de 2011, para desempeñar funciones en organismos del ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y en las mismas condiciones, conforme la nómina de agentes enunciada en el anexo I, el que agregado forma parte integrante del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
EDICION: 36 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri Dr. D. José Eduardo Lauritto Cr. D. Adán Humberto Bahl Cr. D. Diego Enrique Valiero D. José Orlando Cáceres Dr. D. Angel Francisco Giano Arq. D. Guillermo Luis Federik Cr. D. Roberto Emilio Schunk
DECRETO Nº 5618 MEHF
DISPOSICION
Paraná, 28 de diciembre de 2010
VISTO:
La necesidad de asegurar la prestación de servicios en reparticiones del ámbito de la Dirección General de Rentas durante el ejercicio 2011; y CONSIDERANDO:
Que en la citada repartición resulta necesario disponer la ejecución de servicios que no pueden ser cumplidas por el personal de planta permanente, y para cuyo cumplimiento se ha dispuesto de agentes cuya situación de revista es la de contrato bajo el régimen de locación de servicios;
Que el organismo, en función de las necesidades operativas, mantiene las causales que motivaron su contratación solicitando su renovación para el año 2011;
Que la Dirección General de Rentas, cuenta con previsiones de cupos y créditos presupuestarios para atender este tipo de contrataciones;
Que por todo ello se entiende procedente disponer la renovación a partir del l de enero de 2011 de los contratos de locación de servicios vigentes al 31 de diciembre de 2010;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la renovación de los contratos de locación de servicios, por el plazo de un 1 año desde el 1 de enero de 2011
hasta el 31 de diciembre de 2011, para desempeñar funciones en la Dirección General de Rentas y en las mismas condiciones, conforme la nómina de agentes enunciada en el anexo I, el que agregado forma parte integrante del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General de Rentas a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 5619 MEHF
APROBANDO CONVENIO
Paraná, 28 de diciembre de 2010
VISTO:
El Convenio de Asistencia Financiera entre
la Provincia de Entre Ríos y el Gobierno Nacional, celebrado en fecha 21 de diciembre de 2010, siendo representado el Gobierno Nacional por el señor Jefe de Gabinete de Ministros doctor Aníbal Domingo Fernández, el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas licenciado Amado Boudou y el señor Ministro del Interior, contador Aníbal Florencio Randazzo y la Provincia de Entre Ríos por el señor Gobernador Dn. Sergio Daniel Urribarri; y CONSIDERANDO:
Que por el referido convenio el Estado Nacional se compromete a entregar en calidad de préstamo a la Provincia, hasta la suma máxima de pesos trescientos cincuenta y siete millones $ 357.000.000, que será aplicado a atender atrasos de tesorería y/o servicios de la de la deuda;
Que el préstamo mencionado precedentemente, será reembolsado por la Provincia en doscientos veintiocho 228 cuotas mensuales y consecutivas a partir del mes de enero de 2012, devengado un interés a la tasa nominal anual del seis por ciento 6%;
Que además incluye una reducción del monto de la deuda, mediante la aplicación de un aporte proveniente del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, artículo 3 inciso d de la Ley N 23548, que el Estado Nacional se compromete a otorgar en el mes de enero de 2011 por un monto de pesos ciento treinta y ocho millones cuatrocientos mil $ 138.400.000;
Que el convenio se celebra en el marco del artículo 26 de la Ley N 25.917 a la que la Provincia ha adherido mediante Ley N 9592;
Que la operatoria comprendida en el convenio encuadra en las disposiciones del artículo 40 de la Ley N 5140 t.o. 404/95 el que establece que Toda operación de crédito público deberá estar prevista en la Ley de Presupuesto del año respectivo o ser dispuesta por una ley especial, las que deberán contener como mínimo, monto máximo de la operación, destino del financiamiento
Que el artículo 6 de la Ley N 9948 autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a concretar operaciones de crédito público por hasta la suma de pesos quinientos ochenta millones $
580.000.000 para el financiamiento del déficit acumulado y consolidado de las rentas generales, a través del Programa de Asistencia Financiera que implemente el Gobierno Nacional, o a través de cualquier otra entidad;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/6/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/06/2011

Page count36

Edition count4779

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Last issue02/07/2024

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