Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/6/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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ANEXO 3- REGLAMENTACION DEL CONCURSO Y COMPOSICIÓN DEL JURADO
Cuerdas:
a. El Director de la OSER
b. Un director de orquesta de reconocida trayectoria nacional.
c. Un especialista instrumentista de cuerda de reconocida trayectoria nacional.
d. Un veedor de la Subsecretaría de Cultura sin voto.
e. Un veedor sindical sin voto.
Maderas:
a. El Director de la OSER
b. Un director de orquesta de reconocida trayectoria nacional.
c. Un especialista instrumentista de vientos maderas de reconocida trayectoria nacional.
d. Un veedor de la Subsecretaría de Cultura sin voto.
e. Un veedor sindical sin voto.
Bronces:
a. El Di rector de la OSER
b. Un director de orquesta de reconocida trayectoria nacional.
c. Un especialista instrumentista de vientos bronces de reconocida trayectoria nacional.
d. Un veedor de la Subsecretaría de Cultura sin voto.
e. Un veedor sindical sin voto.
Percusión:
a. El Director de la OSER
b. Un director de orquesta de reconocida trayectoria nacional.
c. Un especialista instrumentista de percusión de reconocida trayectoria nacional.
d. Un veedor de la Subsecretaría de Cultura sin voto.
e. Un veedor sindical sin voto.
1. Objeto del concurso El presente concurso tiene por objeto la titularización y cobertura de cargos en la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos, dependiente de la Subsecretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos.
2. Autoridad de aplicación La Subsecretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos, a través de la Dirección Artística de la Orquesta Sinfónica será la autoridad de aplicación del procedimiento concursal.
3. Requisitos para participar Serán similares a los requeridos para ingresar a la administración pública provincial.
4. Evaluación de los requisitos La Autoridad de Aplicación evaluará el cumplimiento de los requisitos por parte de los inscriptos, debiendo pronunciarse por la aceptación o rechazo mediante resolución fundada.
5. Cronograma Las fechas de apertura y cierre de la inscripción se establecerán mediante resolución de la Autoridad de Aplicación y será difundida por un mínimo de 30 días previos a la fecha de realización de las audiciones.
6. Inscripción Los postulantes a todos los concursos sin excepción deberán inscribirse personalmente o por envío de carta certificada en la Subsecretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos, Garay 245 3100, Paraná, ER.
En la inscripción deberá consignarse la siguiente información:
Nombre completo Fecha de nacimiento Nacionalidad Número de documento Dirección postal Dirección electrónica Teléfono Cargo al que postula Deberá adjuntarse un currículum vitae que no exceda dos páginas en formato A4.
Fotografía Fotocopia del documento de identidad o pasaporte Vencimiento de la Inscripción: 5 de agosto de 2011 a las 13 hs.

BOLETIN OFICIAL
7. Pruebas de oposición a. La Autoridad de Aplicación dará a conocer la fecha, hora y lugar de las pruebas de oposición con una anticipación de, al menos, dos semanas.
b. Se pondrá a disposición de los audicionantes un piano para el acompañamiento de las obras solísticas en caso que los participantes así lo deseen. Los participantes deberán hacerse cargo de cubrir los honorarios del pianista acompañante.
c. En el caso de los solos orquestales, los mismos se realizarán sin el acompañamiento de la orquesta.
d. El jurado podrá interrumpir las audiciones en el momento que así lo considere oportuno.
8. Veredicto El jurado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para emitir veredicto.
9. 0rdenamiento del desarrollo concursal La Autoridad de Aplicación podrá disponer de las medidas necesarias para el normal desarrollo del procedimiento concursal, que no hayan sido previstas en el presente reglamento.

Paraná, jueves 16 de junio de 2011
Por ello;
El Director General de Recursos Naturales R E S U E L V E :
Art. 1º: Modificar el artículo 1º de la Resolución Nº 263/08 DGRN, el que quedará redactado de la siguiente manera: Prohibir, a partir de la firma de la presente, la pesca comercial en aguas de jurisdicción provincial y el acopio de los productos de la pesca, a partir de la cero hora de los días sábados hasta las veinticuatro 24 horas de los días domingos, de acuerdo a los considerandos expuestos.
Art. 2º: Ratificar el contenido de la Resolución Nº 142/05 DGRNFyEA del 30 de diciembre del 2005 y su ratificatoria Nº 003/06
DGRNFyEA del 20 de enero de 2006.
Art. 3º: Convalidar los términos de la Resolución Nº 263/08 DGRN de fecha 15 de mayo de 2008, con excepción de aquello que se oponga a la presente.
Art. 4º: Registrar, comunicar a la Dirección General de Fiscalización Agroalimentaria y a la Dirección de Fiscalización de los Recursos Naturales, publicar, archivar. Conrado R. González

DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS NATURALES

SECRETARIA DE SALUD

RESOLUCION Nº 0023 DGRN
MODIFICANDO ARTICULO
Paraná, 2 de marzo de 2011
VISTO:
El expediente iniciado por la Dirección General de Fiscalización Agroalimentaria, dependiente del Ministerio de Producción, por el que se solicita, se modifique el artículo 1º de la Resolución Nº 263/08 DGRN, la cual prohíbe la pesca comercial en aguas de jurisdicción provincial, el transporte y la comercialización de los productos de la pesca, los días sábados y domingos, y CONSIDERANDO:
Que dicha normativa se dictó a los efectos de contribuir a un mejor y efectivo control de la actividad extractiva y comercial de los productos de la pesca;
Que de cuya aplicación, se evidencian buenos resultados en el funcionamiento del sistema, haciéndose necesario dejar sin efecto la restricción de los sábados y domingos, solo para la comercialización de los productos de la pesca, por parte de las plantas frigoríficas, radicadas y habilitadas en la Provincia;
Que es una atribución del Estado dictar las normas necesarias para el aprovechamiento sustentable de la fauna ictícola, permitiendo a su vez, el desarrollo de las distintas etapas en la cadena de agregado de valor como el procedimiento, elaboración y su posterior comercialización;
Que el seguimiento y evaluación de los efectos producidos por la aplicación de las regulaciones, permiten el dictado de tales medidas que tienen por objeto promover el manejo y uso sustentable de los recursos pesqueros a largo plazo, tendiendo al máximo beneficio de todos los actores sociales y productivos, involucrados en la actividad pesquera;
Que en consecuencia, las autoridades de control y fiscalización de la Provincia de Entre Ríos, en la búsqueda permanente de optimizar la tarea, ven necesaria la modificación solicitada en autos, poniendo especial énfasis en el cumplimiento de los acuerdos rubricados, a los efectos de fortalecer los criterios comunes de aprovechamiento, en beneficio de los recursos pesqueros y de los trabajadores del río;
Que además es menester ratificar el tamaño de las artes permitidas y talla mínima de captura autorizada, para las principales especies de valor comercial;
Que el artículo 29 de la Ley de Pesca Nº 4892, faculta a la Dirección General de Recursos Naturales, para tomar las medidas que considere necesarias a los fines de la protección y conservación de la fauna acuática;

RESOLUCION Nº 1964 SS
Paraná, 4 de junio de 2008
Ratificando la Disposición Interna Nº 146 de fecha 20 de noviembre de 2006 del Hospital Fidanza de Colonia Ensayo, Dpto. Diamante, por las que se le reconocen las funciones de supervisora de docencia e investigación a la agente Blanca Nieves Gómez, legajo 134.034, DNI Nº 12.064.482 en el mencionado nosocomio.
Asignando interinamente y hasta tanto se convoque a concurso las funciones de supervisora de docencia e investigación a la agente Blanca Nieves Gómez, legajo 134.034, DNI Nº 12.064.482, desde el 20/11/06 y mientras cumpla dichas funciones.
RESOLUCION Nº 1965 SS
DENEGANDO SOLICITUD DE PAGO
Paraná, 4 de junio de 2008
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita el pago del adicional por responsabilidad funcional, por desempeñarse como Responsable del Sector Depósito del Servicio Farmacia del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, a favor de la agente Mirta Haydeé Robaina, legajo Nº 144.869; y CONSIDERANDO:
Que la agente Robaina, revista en un cargo Categoría 10 -Carrera Administrativa, Escalafón General, en el nosocomio antes mencionado;
Que atento a la documentación reunida en autos, y a la intervención de las áreas técnicas competentes, surge que corresponde rechazar lo interesado en autos, en razón de que el Decreto Nº 2426/04 GOB, prevé el pago del adicional por responsabilidad funcional para las Jefaturas de División y Departamento no para Jefes de Sección como ostenta la reclamante;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional, ha emitido el dictamen pertinente;
Por ello;
El Secretario de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º: Denegar la solicitud de pago del adicional por responsabilidad funcional correspondiente a las funciones de Responsable del Sector Depósito del Servicio Farmacia del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, a favor de la agente Mirta Haydeé Robaina, legajo Nº 144.869, Categoría 10, Carrera Administrativa, Escalafón General, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º - Registrar, comunicar, notificar a la agente Robaina por intermedio del Departamento Mesa de Entradas Jurisdiccional, publicar y archivar.
Mario Elizalde

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/6/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date16/06/2011

Page count22

Edition count4784

First edition01/12/2003

Last issue10/07/2024

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