Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2010 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 16 de marzo de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLII - Nº 52
CORDOBA, R.A. MARTES 16 DE MARZO DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

PODER LEGISLATIVO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
SECRETARÍA GENERAL de la GOBERNACIÓN

Modifican Radio Municipal de Río Segundo y Ucacha Departamento Río Segundo
Departamento Juárez Celman
Resolución Nº 76

Córdoba, 1º de marzo de 2010

VISTO: Los Expedientes N 0129-65948/2009, N 0129-65750/2009, N 0129-66132/2009 y N 0129-64047/2009 del Registro de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Ley: 9751

Ley: 9747

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Radio Municipal de la ciudad de Río Segundo, ubicada en el Departamento Río Segundo de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano confeccionado por la citada Municipalidad, el que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción del polígono definido por los siguientes lados:
Lado 1-2: de dos mil seiscientos dieciséis metros con ochenta y nueve centímetros 2.616,89 m que se extiende con rumbo Sudeste en forma coincidente con el alambrado Sudoeste de la Autopista Córdoba - Villa María que define el límite Noreste de las Parcelas Rurales 3020, 2920, 2821
y 2722, desde el Vértice Nº 1 X=6503266,19 Y=4414984,85, adyacente al muro blanco sostén de tranquera de madera en el lado Sudoeste de la citada autopista, próximo a su intersección con el alambrado que materializa el límite entre la Parcela Rural 3215 y el Camino Vecinal Nº 6 del Consorcio Caminero Nº 73, hasta llegar al Vértice Nº 2 X=6501178,32 - Y=4416562,47, adyacente al poste del alambrado que es límite Sudoeste de la Autopista Córdoba - Villa María, próximo a la doble columna de hormigón sostén del transformador de la red eléctrica y al inicio de la curva del acceso Sudoeste a la ciudad de Río Segundo por Ruta Provincial C-45, hoy denominada Malvinas Argentinas en el tramo urbano.
Lado 2-3: de seiscientos ochenta y ocho metros con ochenta y seis centímetros 688,86 m que corre hacia el Sudeste por una línea imaginaria que cruza el camino de acceso a la ciudad de Río Segundo por Ruta Provincial C-45, hoy denominada Malvinas Argentinas en el tramo urbano, hasta arribar al Vértice Nº 3 X=6500634,68 Y=4416985,54, adyacente al poste del alambrado Sudoeste de la Autopista Córdoba - Villa María.

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Radio Municipal de la localidad de Ucacha, ubicada en el Departamento Juárez Celman de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano confeccionado por la citada Municipalidad, el que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción del polígono definido por los siguientes lados:
Lado A-B: de doscientos cuarenta metros con cuatro centímetros 240,04 m que se extiende con rumbo Noreste desde el Vértice A X=6346655,66 - Y=4451602,87, punto de inicio del polígono, en parte sobre el alambrado límite Este de la Parcela 0344-5391 y en parte sobre una línea imaginaria que es prolongación de dicho alambrado, atravesando la parcela citada, hasta llegar al Vértice B X=6346891,05 - Y=4451649,91.
Lado B-C: de dos mil seiscientos dieciséis metros con dieciséis centímetros 2.616,16 m que corre con dirección Sudeste formando un ángulo de 88 55 36", atravesando las Parcelas 0344-5391, 0344-5101 Aeroclub Ucacha y 0353-5202 por una línea imaginaria paralela a doscientos cuarenta metros 240,00 m al Norte de la línea municipal Norte de calle Juana Azurduy, hasta arribar al Vértice C
X=6346330,28 - Y=4454205,79, situado en la intersección de la línea imaginaria paralela a doscientos cuarenta metros 240,00 m al Norte de la línea municipal Norte de calle Juana Azurduy con la prolongación del alambrado límite Oeste de la Parcela 0353-4903.
Lado C-D: de un mil doscientos cuarenta y tres metros con cincuenta y dos centímetros 1.243,52 m que se prolonga hacia el Sudoeste formando un ángulo de 90 03 14", en parte por una línea imaginaria que es prolongación del alambrado límite Oeste de la Parcela 0353-4903 hasta llegar a su intersección con el alambrado límite Sur de la Parcela 0353-4703, donde se sitúa el Vértice D X=6345115,40 Y=4453940,44.

Que la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor eleva para su aprobación propuestas de acuerdos extrajudiciales que como Anexo I, compuesto de cuatro 4 fojas útiles forman parte integrante de la presente Resolución.
Que obra propuesta efectuada por la señora DIAZ, Diana Belén, D.N.I.
N 31.056.472, en el siniestro N 0129-65948, de fecha 30 de septiembre de 2009, con la intervención del señor DIAZ, Gerardo Daniel, D.N.I. N
14.293.723 conduciendo el vehículo particular y el señor Britos, Emanuel Germán, D.N.I. N 30.030.309 al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por la señora BENITO HUSOSKY, María Angélica, D.N.I. N 3.633.655, en el siniestro N 0129-65750, de fecha 10
de agosto de 2009, con la intervención de la reclamante conduciendo el vehículo particular y el señor Montoya, Jorge Alberto, D.N.I. N 32.475.071
al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por la señora SMITH, María Daniela, D.N.I. N 21.395.923, en el siniestro N 0129-66132, de fecha 20 de agosto de 2009, con la intervención de la reclamante conduciendo el vehículo particular y el señor Garbino Saravia, Fernando, D.N.I. N
25.203.208 al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por el señor HERRERA, Fernando Rey, D.N.I. N 13.922.258, en el siniestro N 0129-64047, de fecha 66 de febrero de 2009, con la intervención del señor Díaz Carlos Ceferino, D.N.I. N 25.139.296 al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que a resultas de la evaluación técnica practicada por la División Inspecciones y Siniestros del Seguro de Vida y Resguardo del Automotor, se estima oportuno acceder al reclamo interpuesto.
Que el Departamento Jurídico de la nombrada dependencia ha emitido opinión respecto a la conveniencia de la propuesta de arreglo extrajudicial para los intereses de la Provincia.
Que se encuentran incorporados los Documentos de Contabilidad - Nota de Pedido N 2010/000121, N 2010/000122, N 2010/000120 y N
2010/000119 para atender a la erogación.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inc. 24
de la Ley N 9454 y por el artículo 3 del Decreto N 1431/2006, modificado por Decreto N 1065/2008, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo de Automotores bajo los N 07/2010, N 09/2010, N 08/2010 y N 10/2010 y por la Subsecretaría
CONTINÚA EN PÁGINA 2 Y 3

CONTINÚA EN PÁGINA 3 Y 4

CONTINÚA EN PÁGINA 4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date16/03/2010

Page count4

Edition count4193

First edition01/02/2006

Last issue05/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2010>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031