Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/04/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 82
CORDOBA, R.A., MARTES 26 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución General N 2079
Córdoba, 22 de Abril de 2016. VISTO: El nuevo diseño del Formulario F-346 REV. 00 CONSTANCIA
DECLARACIÓN DE CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS;

Y CONSIDERANDO:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:

QUE mediante la Resolución General N 2062 B.O. 26-01-2016 se aprobó el Formulario F-346 REV. 00 CONSTANCIA DECLARACIÓN DE
CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN IMPUESTO SOBRE
LOS INGRESOS BRUTOS para acreditar la condición de Contribuyente de Extraña Jurisdicción, con el objetivo de que los mismos no sufran percepciones por parte de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

QUE actualmente, la mencionada constancia es remitida a la casilla de correo informada, dentro de las setenta y dos 72 horas de declarada por la WEB su condición de Contribuyente de Extraña Jurisdicción. A efectos de agilizar y simplificar la solicitud de la CONSTANCIA DECLARACIÓN
DE CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, se consideró oportuno permitir al Contribuyente de Extraña Jurisdicción obtener la misma de forma automática e
Resolución Normativa N 16
Córdoba, 22 de Abril de 2016. VISTO: La Resolución Normativa N 9/2015 B.O. 26-01-2016 modificatoria de la Resolución Normativa N 1/2015 y modificatorias B.O. 04-122015;

inmediata.
QUE por lo expuesto y atento a que el trámite ha cambiado su comportamiento y la forma de obtenerlo, resulta necesario aprobar la nueva versión del prenombrado formulario, concordando el mismo con los requerimientos efectuados por el Sector Operativo respectivo.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y 19
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modificatoria;

Y CONSIDERANDO:

ARTÍCULO 1.-APROBAR el nuevo diseño del Formulario F-346 REV.
01 CONSTANCIA DECLARACIÓN DE CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA
JURISDICCIÓN IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS que se adjunta a la presente, y que tendrá el carácter de constancia de su condición de Contribuyente de Extraña Jurisdicción a efectos de no sufrir percepciones por parte de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
ARTÍCULO 2.-PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

ANEXO: http goo.gl/dhjdTd
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modificatoria;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.-MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modificatorias de la siguiente manera:
I.- SUSTITUIR el Artículo 554 1 por el siguiente:

QUE mediante la Resolución Normativa N 9/2015 se estableció que los Contribuyentes inscriptos como Locales de otras provincias y/o inscriptos bajo las normas del Convenio Multilateral sin poseer alta en la jurisdicción de Córdoba deberán, a efectos de no sufrir percepciones por parte de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, declarar su condición de Contribuyente de Extraña Jurisdicción, remitiendo esta Dirección General dentro de las setenta y dos 72 horas la constancia respectiva a la casilla de correo declarada.

QUE a efectos de agilizar y simplificar la solicitud de la CONSTANCIA

ARTÍCULO 554 1.- Establecer que los Contribuyentes inscriptos como Locales en otras provincias y/o inscriptos bajo normas del Convenio Multilateral sin poseer alta en la Jurisdicción de Córdoba deberán, a efectos de no sufrir percepciones por parte de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, declarar su condición de Contribuyente de Extraña Jurisdicción en el servicio habilitado en la página web de la Dirección General de Rentas www.rentasweb.gob.
ar. Se generará el Formulario F-346 Revisión Vigente Constancia
DECLARACIÓN DE CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, F-346 Revisión Vigente, se consideró oportuno permitir al Contribuyente de Extraña Jurisdicción obtener la misma de forma automática e inmediata.
QUE por todo lo expuesto precedentemente, resulta necesario modificar la Resolución Normativa N 1/2015 y modificatorias.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 19

Declaración de Contribuyente de Extraña Jurisdicción Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fin de ser presentado a los agentes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTÍCULO 2º.-PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/04/2016 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data26/04/2016

Conteggio pagine13

Numero di edizioni4187

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione26/07/2024

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