Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2016 - 1º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

MIERCOLES 20 DE ABRIL DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 78
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
a SECCION
SUMARIO

MINISTERIO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE GOBIERNO

Resolución N 78

PODER EJECUTIVO

Resolucion Nº 78 PAG. 1

Córdoba, 15 de abril de 2016
VISTO: Las disposiciones de la Ley 10.110, Grabado Indeleble de Dominio Múltiple de Automotores.

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

Y CONSIDERANDO:

Que en el marco del Plan General de Seguridad que lleva adelante el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través del Ministerio de Gobierno, y en atención a la problemática puntual que representa el sector automotor en todas sus facetas es que, junto a la Policía de la Provincia se ha establecido el marco de un Programa denominado AUTOMOTOR SEGURO que abarque las distintas modalidades de control y registración de los automotores en los términos de la Legislación vigente.
Que este Programa busca mejorar los sistemas y procesos para las Verificaciones Policiales, Grabado de Autopartes y Control de documentación automotor de los vehículos que forman parte del parque automotriz de la Provincia.

Que por su parte, la Policía de la Provincia de Córdoba procederá a arbitrar los medios técnicos para brindar, a través de sus Puestos de Verificación Automotor, la colaboración necesaria a los fines de dar cumplimiento con el servicio de Grabado Indeleble de Domino Múltiple de Automotores, Ciclomotores y Motocicletas registradas en el ámbito de la Provincia de Córdoba.
Que resulta necesario realizar distintas obras de adecuación de infraestructura en los inmuebles asignados para llevar a cabo la prestación del servicio mencionado precedentemente.
Que se suma a estos conceptos integrales, el Plan de Sistematización Vial contemplado en Resolución N 37, de fecha 28 de diciembre de 2009, emitida por la Dirección de Jurisdicción de Prevención de Accidentes de Tránsito.

Que se persigue el objetivo de proceder a un comercio automotor más ágil y seguro para los comerciantes del automotor así como para toda persona que adquiera un vehículo.
Que consecuentemente con lo expuesto, se ha previsto la factibilidad de suscribir con organizaciones intermedias legalmente habilitadas y otras que resulten vigentes o aplicables, cuyo objeto tenga vinculación con el sector automotor y en el marco de las competencias propias de esta Cartera, Convenios referentes a los distintos aspectos de colaboración, capacitación y concientización de los objetivos del presente Programa.
Por ello y en uso de sus atribuciones;

Decreto N 394 PAG. 2
Decreto N 2 PAG. 3
Decreto N 42 PAG. 3
Decreto N 1692 PAG. 4
Decreto N 1159 PAG. 5
Decreto N 1123 PAG. 6
PODER LEGISLATIVO

Decreto N 56 PAG. 6
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Acuerdo N 17
Convocatoria

PAG. 7
PAG. 8

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

Resolucion Nº 205

PAG. 8

MINISTERIO DE FINANZAS

Resolucion Nº 108 PAG. 9
Resolucion Nº 107 PAG. 9
PODER JUDICIAL

Resolucion Nº 40
Resolucion Nº 39

PAG. 10
PAG. 10

DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD

Resolucion Nº 214
Resolucion Nº 209
Resolucion Nº 233

PAG. 11
PAG. 11
PAG. 12

MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES

Resolucion Nº 187
Resolucion Nº 201
Resolucion Nº 178
Resolucion Nº 32

PAG. 13
PAG. 13
PAG. 14
PAG. 15

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

de verificación automotor y de grabado indeleble de dominio automotor, de los vehículos que forman parte del parque automotriz de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N 10.110, Grabado Indeleble de Dominio Múltiple de Automotores.

Artículo 1.- CRÉASE el PROGRAMA AUTOMOTOR SEGURO, el que tendrá por objeto dotar de mayor agilidad y eficacia a los procesos
Artículo 2.- DISPÓNESE que, la Policía de la Provincia de Córdoba deberá arbitrar los medios técnicos para brindar, a través de sus Puestos
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2016 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data20/04/2016

Conteggio pagine16

Numero di edizioni4175

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione10/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Abril 2016>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930