Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/04/2016 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 82
CORDOBA, R.A., MARTES 26 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
Art. 1º.- DECLARAR de Interés Educativo al XII Congreso Internacional Cultura del trabajo. Listos para el futuroy para el presente?, el que organizado por la Fundación Inclusión Social, se llevará a cabo los días 11 y 12 de mayo de 2016, en la Ciudad de las Artes -Córdoba Capital-.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.FDO: PROF. DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
TRIBUANAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario Nº 150 C PAG. 5
PODER EJECUTIVO
Decreto N 362 PAG. 6
Decreto N 361 PAG. 6
Decreto N 1275 PAG. 7
Decreto N 1111 PAG. 7
Decreto N 1724 PAG. 8
MNISTERIO DE FINANZAS
Resolucion Nº 40
PAG. 10
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Resolucion Nº 11
Resolución N 74
Resolucion Nº 558 A
Resolucion Nº 512 A
Resolucion Nº 33 A
Resolucion Nº 32 A
Resolucion Nº 30 A
Resolucion Nº 29 A
Resolucion Nº 13 A
Córdoba, 14 de abril de 2016.
VISTOS: La ley N 10.342 que instituye el Subsidio al Cuarto Mes de Licencia por Maternidad para trabajadoras del sector privado.
CONSIDERANDO:
Que en la estructura orgánica del Poder Ejecutivo prevista en el Decreto N 1791/2015, modificado por Decreto N 39/16 y ambos ratificados por Ley N 10337, compete a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo asistir al Poder Ejecutivo en todo lo relativo a la consecución de la equidad social, la capacitación laboral, la promoción del empleo y el fortalecimiento de las asociaciones comunitarias.
Que asimismo, en el artículo 39 del Decreto N 1791/15 se establece como competencias específicas de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo las de impulsar políticas públicas con perspectiva de género que contribuyan a la equidad y a la superación de las diversas formas de discriminación contra las mujeres inc. 3; y, promover el desarrollo de las condiciones sociales adecuadas para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de todas las mujeres, en especial el derecho al trabajo, otorgando facilidades para atención de los hijos de las madres trabajadoras y la extensión de la licencia por maternidadinc. 4.
Que la Ley N 10.342 extiende la licencia ordinaria por maternidad por un periodo de un mes a las mujeres trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
Que la citada ley en su artículo 8 establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, a través de la Secretaría de Equidad.
Que a los fines de otorgar una mayor operatividad funcional corresponde proceder al dictado de normas de interpretación y complementarias.
Por todo ello, en el marco de las competencias y facultades previstas en el artículo 39 del Decreto N 1791/2015, modificado por Decreto N 39/16, ambos ratificados por Ley N 10.337 y artículos 8 y 9 de la Ley 10342;
PAG. 10
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
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por Maternidad para las mujeres trabajadoras del sector privado. Artículo 2.- APRUÉBASE el régimen de requisitos y condiciones necesarias para acogerse al Subsidio al Cuarto Mes de Licencia Por Maternidad previsto en la Ley 10342 que, como Anexo I, forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- CREASE el Programa Transitorio del Cuarto mes de licencia por maternidad destinado a las mujeres trabajadoras en relación de dependencia del sector privado -debidamente registradasque presten servicios de manera efectiva, en forma normal y habitual en la Provincia de Córdoba y que hayan comenzado a usufructuar su licencia por maternidad en el período que se extiende desde el 12 de febrero al 12 de abril del corriente año, de conformidad a las condiciones y requisitos dispuestos en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.-
LA SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
RESUELVE:
Artículo 1.- ENCOMIÉNDESE a la Secretaría de Equidad la ejecución de acciones de gestión, coordinación y supervisión que resulten necesarias para implementar el régimen del Subsidio al Cuarto Mes de Licencia BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.FDO: ALEJANDRA VIGO, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
ANEXO: http goo.gl/eRSEZU
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