Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2012 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 11

Modifican
b En el caso de tratarse de Cuentas Especiales y/o Recursos Afectados, además se deberá controlar:
a. Que se adjunte al expediente copia del extracto bancario actualizado de la/s cuenta/s que alimentan el Fondo Permanente.
Dicha copia deberá estar debidamente suscripta por autoridad competente, donde se acredite disponibilidad de fondos.
b. Que exista saldo en el libro Banco respectivo que se emite mediante el SUAF.
c. Que la/s cuenta/s del extracto bancario coincida/n con la/s cuenta/s asociadas a la Orden de Entrega.
c Que la Orden de Entrega de Reposición se encuentre asociada a una o varias rendiciones de cuentas, y éstas últimas estén asociadas a una Intervención tipo Rendición de Cuentas del mismo DUEE y en estado enviado a visar en el SUAF.
d Que obre en el expediente constancia de presentación y recepción de la Rendición de Cuentas correspondiente por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Dicha constancia deberá ser original o copia debidamente certificada y contener como mínimo los siguientes datos: Jurisdicción, Unidad Administrativa, número de Rendición de Cuentas, letra del Fondo Permanente a la que pertenece, Número de DUEE, número de Intervención e importe.
e Que el monto de la Orden de Entrega no supere el saldo del monto total a reponer en la/s rendición/es que tenga asociadas.

CÓRDOBA, 31 de mayo de 2012

b. Que exista saldo en el libro Banco respectivo que se emite mediante el SUAF.
c. Que la/s cuenta/s del extracto bancario coincida/n con la/s cuenta/s asociadas a la Orden de Entrega.

b. Que exista saldo en el libro Banco respectivo que se emite mediante el SUAF.
c. Que la/s cuenta/s del extracto bancario coincida/n con la/s cuenta/s asociadas a la Orden de Entrega.

4 ORDEN DE ENTREGA DE TRANSFERENCIA: Se deberá controlar:

6 ORDEN DE ENTREGA DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS: Se deberá controlar:

a Que sea la primera o segunda Orden de Entrega del Ejercicio y que se encuentre asociada a la primera o segunda Intervención del DUEE.
b Que la Intervención a la que está asociada este tipo de Orden de Entrega se incorpore al expediente de Cierre de Ejercicio que se remite al área de Ejecución de Presupuesto.
c Que en el expediente de Cierre de Ejercicio obre constancia de presentación y recepción de la última rendición y Cierre anual del Fondo Permanente ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dicha constancia deberá ser original o copia debidamente certificada y contener como mínimo los siguientes datos: Jurisdicción, Unidad Administrativa, número de Rendición de Cuentas, letra del Fondo Permanente a la que pertenece, Número de DUEE, número de Intervención e importe.
d Que obre en el expediente de Cierre de Ejercicio reporte del Balance 3TC de la última Rendición de Cuentas obtenido mediante SUAF 4 copias, y que el monto del saldo contable del mismo coincida con el monto de la Orden de Entrega de Transferencia.

a Que exista Resolución Fundada por el Director de Administración en donde se expliquen los motivos de la misma.
b Que el monto de la Orden de Entrega sea igual a la diferencia entre el monto total del Fondo Permanente y la suma de la Orden de Entrega de Anticipo más la Orden de Entrega de Transferencia.
c En los casos que se use este tipo de Orden de Entrega para el cierre definitivo del Fondo Permanente, se deberá controlar que el saldo contable del mismo sea igual a cero.

3 ORDEN DE ENTREGA DE ANTICIPO: Se deberá controlar:

5 ORDEN DE ENTREGA DE INTEGRACIÓN: Se deberá controlar:

a Que se trate de la primera y única Orden de Entrega de Anticipo del Ejercicio y que se encuentre asociada a la primera Intervención del DUEE.
b Que el monto de la Orden de Entrega no supere el 50 % del monto total asignado al respectivo Fondo Permanente.
c Corroborar que el saldo contable del ejercicio anterior sumado a la Orden de Entrega de Anticipo, no supere el monto total asignado al Fondo Permanente. En caso de verificarse dicho supuesto, deberá obrar en el expediente nota suscripta por parte del Director de Administración donde informe las causas y su correspondiente regularización.
d En el caso de tratarse de Cuentas Especiales y/o Recursos Afectados, además se deberá controlar:
a. Que se adjunte al expediente copia del extracto bancario actualizado de la/s cuenta/s que alimentan el Fondo Permanente.
Dicha copia deberá estar debidamente suscripta por autoridad competente, donde se acredite disponibilidad de fondos.

a Que la Orden de Entrega de Transferencia mas la Orden de Entrega de Anticipo mas la Orden de Entrega de Integración, no superen el monto total asignado al Fondo Permanente.
b En caso que la Orden de Entrega de Integración sea utilizada para ampliar el monto total del Fondo Permanente, se deberá controlar que se encuentre emitida la Resolución o Acto Administrativo de ampliación del Fondo Permanente en cuestión, la que deberá estar publicada en la página Web http legales.cba.gov.ar/ o la que en el futuro la reemplace. Si la publicación aun no ha sido realizada, deberá adjuntarse copia del Acto Administrativo para la autorización de la Orden de Entrega.
c En el caso de tratarse de Cuentas Especiales y/o Recursos Afectados, además se deberá controlar:
a. Que se adjunte al expediente copia del extracto bancario actualizado de la/s cuenta/s que alimentan el Fondo Permanente.
Dicha copia deberá estar debidamente suscripta por autoridad competente, donde se acredite disponibilidad de fondos.

Para todos los casos establecidos en la presente Resolución se deberá considerar:
1 Que al momento de autorizar una Intervención tipo Orden de Entrega, deberá controlarse la correlatividad de las Órdenes de Entrega, debiendo el Servicio Administrativo incorporar al expediente aquellas que se encuentren en estado Anulado por triplicado en formato A5 o ecológico, a fines de corroborar que la numeración sea la correcta.
2 Que el DUEE tipo Fondo Permanente Intervención Orden de Entrega, se encuentre en estado enviado a visar en el SUAF.
3 Que en el expediente administrativo respectivo, obren cuatro 4 copias de la Intervención en cuestión en formato A5 o ecológico.
4 Que inmediatamente de autorizada la Intervención, se comunique dicha aprobación y los datos relevantes al Tribunal de Cuentas de la Provincia. La mencionada comunicación se efectuará vía mail a la dirección de correo oetribunal@tcpcordoba.gov.ar o a la que en el futuro el Tribunal de Cuentas establezca, sin perjuicio de la elevación formal del expediente respectivo con los antecedentes del caso.
Todo otro control que la Contaduría General de la Provincia estime pertinente.
ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a todos los Servicios Administrativos que componen la Administración General Centralizada y al Tribunal de Cuentas de la Provincia; publíquese y archívese.
CRA. MIRIAM B. FRONTERA
CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE

Resolución Nº 50

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
RESUELVE:

Córdoba, 23 de mayo de 2012
VISTO: El Expediente Nº 0423-090978/2012
del Registro del Ministerio Jefatura de Gabinete.
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones se tramita la renuncia presentada por el señor Carlos Alberto PARINI, a su cargo de planta permanente Administrativo A-4 16-004, dependiente del Ministerio Jefatura de Gabinete.
Que a fojas 3 de autos obra la renuncia referida.
Que de la situación de revista elaborada por la Dirección de Recursos Humanos, surge que el agente ha prestado servicios bajo la órbita del Ministerio Jefatura de Gabinete, en el cargo Administrativo A-4 16-004, de la planta permanente, con ingreso fechado el 15 de abril de 2003, que no registra suspensiones, sumarios ni traba de medidas cautelares sobre sus salarios y que ha hecho uso de licencias sin goce de haberes.
Por ello, lo prescripto por el art. 61 ss. y cc. de la Ley 7233, y el art. 1 inc. 1 del Decreto N 2689/
2011, y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio Jefatura de Gabinete bajo el Nro. 77/12;

ARTÍCULO 1.- ACEPTASE la renuncia presentada por el señor Carlos Alberto PARINI
D.N.I. Nº 21.101.368, al cargo de Planta
Permanente Administrativo A-4 16-004 del Ministerio Jefatura de Gabinete, a partir del 13 de abril de 2012.

Humanos del Ministerio Jefatura de Gabinete, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección de Jurisdicción de Recursos
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE

TRANSITORIA DE EMPRESAS,adjudicataria de la Licitación Pública Internacional Nº 01/2008, para la contratación del Proyecto Ejecutivo, Provisión de Materiales y Construcción de las Obras de Infraestructura para la Gasificación por Ductos de los Sistemas Regionales Centro, Sur y Ruta 2 de la Provincia de Córdoba.
Que el llamado a Licitación Pública Internacional fue autorizado por Decreto Nº 1256/08 y convocada por Resolución Nº 286/08, de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento SEM
ACIF, para la ejecución de la obra de referencia.
Que mediante Decreto Nº 740/09 se aprobó el financiamiento ofrecido por CONSTRUTORA
ANDRADE GUTIERREZ S.A IECSA S.A.
BRITOS S.A U.T.E. en formación, y se instruyo a la ACIF-SEM para adjudicar a dicho agrupamiento
empresarial la contratación de los trabajos del proyecto, lo que se concretó a través de la Resolución ACIF Nº 199/09.
Que el Gerente de Proyectos de la UTE, solicita la aprobación respecto de la cesión de participación en CONSTRUTORA ANDRADE GUTIERREZ
S.A. BRITOS S.A. e IECSA S.A Unión Transitoria de Empresas, de BRITOS S.A. favor de las restantes empresas, acompañándose la documentación social pertinente, aclarando asimismo que la cesión no importa modificación alguna en la Dirección Técnica de la Obra.Que analizada la solicitud efectuada, no se encuentran impedimentos para autorizar la cesión, ello teniendo en cuenta el porcentaje de participación de BRITOS S.A. en la UTE 3% y encontrándose debidamente acreditado de conformidad con el
PODER EJECUTIVO

Decreto N 192
Córdoba, 26 de marzo de 2012
VISTO: El expediente Nº 0334-076794/200/R5
del registro de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento - Sociedad de Economía Mixta ACIF.
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones se gestiona la autorización de la cesión de la participación de la Empresa Britos S.A. a favor de las empresas CONSTRUTORA
ANDRADE GUTIERREZ S.A. e IECSA S.A.,que conforman la Unión Transitoria de empresas CONSTRUTORA ANDRADE GUTIERREZ S.A.
BRITOS S.A. IECSA S.A.-UNION

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2012 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data31/05/2012

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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