Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 269

liar y social al que pertenecen.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial N 118/2006;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el Programa Educativo de Paseo por el Buen Pastor, el que organizado por las autoridades del Paseo del Buen Pastor, se viene llevando a cabo desde el mes de marzo del corriente año, en la ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE EDUCACIÓN

MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS

disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N
8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901 T.O. Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 687/08 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES
VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 7 - DEPARTAMENTOS: SAN JUSTO - RÍO PRIMERO y consecuentemente ADJUDICAR en forma directa los mismos al Consorcio Caminero Regional Nº 7, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS
VEINTIDÓS MIL CIENTO DIECINUEVE CON CUARENTA Y
UN CENTAVOS $ 822.119,41, con una duración del contrato de trescientos sesenta y cinco 365 días calendario.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma
CÓRDOBA, 17 de abril de 2009

de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO
DIECINUEVE CON CUARENTA Y UN CENTAVOS $
822.119,41, conforme lo indica la Dirección de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 1015/09, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50
Sub-Programa 504/6 - Proyecto 2386
Partidas: Principal 12 - Parcial 06
Obra 238601del P.V. $ 572.373,20
Preventivo Futuro Año 2010
Afectación Futura Nº 56 $ 249.746,21
ARTÍCULO 3º. FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Pro-vincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCION Nº 09
Córdoba, 18 de Febrero de 2009
Expediente Nº 0045-014617/08
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 01016/08 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA
Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 7 DEPARTAMENTOS: SAN JUSTO - RÍO PRIMERO y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 7, por la suma de $
822.119,41.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 7, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.
Que se ha efectuado la correspondiente Afectación Presupuestaria del gasto artículo N 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION Nº 38
Córdoba, 25 de Marzo de 2009
VISTO: el Expediente N 0423-032979/2009 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio ALBERDI de la Localidad de Río Cuarto, Departamento Río Cuarto , Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 13 de Noviembre de 2008, por vecinos e instituciones de Barrio Alberdi de la Localidad de Río Cuarto.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 5, punto III, 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio de Gobierno N 03/09.
Que cabe destacar que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación Ciudadana, como Auxiliar del Sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y 6316 y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.
Que la adjudicación de que se trata encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 9191, ya que la obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos, considerando que las erogaciones corresponden con la naturaleza del recurso.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9441 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las
la Prevención Integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales, enmarcadas en el irrestricto respeto por los derechos humanos y el estado de derecho.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Dirección de Jurisdicción Delegaciones Regionales - Interior , en el Registro creado al efecto.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el N 083/09;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio ALBERDI de la Localidad de Río Cuarto, Departamento Río Cuarto, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS el señor Javier David PONCE DE LEON M.I.N 22.843.341 y la señora Paola Teresa PAVON M.I.Nº 31.705.204 como Coordinadores.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 123
Córdoba, 22 de Diciembre de 2009
Expediente Nº 0045-014622/08.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00985/08 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL
Nº 12 - DEPARTAMENTOS: JUAREZ CELMAN - GENERAL
SAN MARTÍN y consecuentemente se adjudiquen los mismos
en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 12, por la suma de $ 1.408.731,89.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data17/04/2009

Conteggio pagine5

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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