Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/04/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 14 de abril de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXI - Nº 68
CORDOBA, R.A. MARTES 14 DE ABRIL DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

LEYES
PODER LEGISLATIVO

Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral LA CALERA DPTO. COLÓN

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 18

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

CORONEL MOLDES DPTO. RÍO CUARTO

VILLA DE LAS ROSAS DPTO. SAN JAVIER

MINISTERIO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCION Nº 36

RESOLUCION Nº 37

Córdoba, 12 de Marzo de 2009

Córdoba, 25 de marzo de 2009

Córdoba, 25 de Marzo de 2009

VISTO: el Expediente N 0423-032775/2008
en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de LA CALERA, Departamento Colón, Provincia de Córdoba.

VISTO: el Expediente N 0423-032968/
2009 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Coronel Moldes, Departamento Río Cuarto.

VISTO: el Expediente N 0423-032945/2009
en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de VILLA DE
LAS ROSAS, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba.

Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:

Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana suscripta por vecinos e instituciones de la Localidad de La Calera.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución N 03/09 del Ministerio de Gobierno.
Que cabe destacar que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación Ciudadana, como Auxiliar del Sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la Prevención Integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales, enmarcadas en el irrestricto respeto por los derechos humanos y el estado de derecho.

Y CONSIDERANDO:

Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 13
de Noviembre de 2008, por vecinos e instituciones de la Localidad de Coronel Moldes.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio Gobierno N 03/09.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales Interior -, en el Registro creado al efecto.

Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 26 de Noviembre de 2008, por vecinos e instituciones de la Localidad de Villa de Las Rosas.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 5, punto III, 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del entonces Ministerio de Gobierno N 03/09.

Que por lo expuesto y la normativa citada,
Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación, como auxiliar del sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y
Que cabe destacar que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación Ciudadana, como Auxiliar del Sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la Prevención Integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales, enmarcadas en el irrestricto respeto por los derechos humanos y el estado de derecho.

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LEY: 9610
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la adhesión de la Provincia de Córdoba a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 206/09, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, por el que se crea el Fondo Federal Solidario destinado a financiar, en las provincias y municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial, en ámbitos urbanos o rurales, establecida por Decreto Nº 369 de fecha 31 de marzo de 2009 el que, como Anexo Único compuesto de dos 2 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Ley.
ARTÍCULO 2º.- LA presente Ley entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE
LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA
CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS OCHO
DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL NUEVE.

FRANCISCO FORTUNA
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/04/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data14/04/2009

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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