Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 20 de abril de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXI - Nº 72
CORDOBA, R.A. LUNES 20 DE ABRIL DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Mejoramiento y mantenimiento de redes viales sin pavimentar Autorizan la ejecución de los trabajos de la obra al Consorcio Caminero Regional Nº 17 Dpto. Gral. Roca y Nº 13 Dpto. Calamuchita.

RESOLUCION Nº 5

Córdoba, 18 de Febrero de 2009

RESOLUCIÓN INTERNA Nº 3187
Córdoba, 03 de Abril de 2009
VISTO las Resoluciones N 40 de fecha 09 de Marzo de 2009 y su modificatoria N 44 de fecha 17 de Marzo de 2009, del Ministerio de Finanzas, en las que se establecen las condiciones que deberán cumplir los agentes para la percepción Fondo para Incentivo del Personal F.I.P.;
Y CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 8

MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO

Córdoba, 18 de Febrero de 2009

Expediente Nº 0045-014627/08.-

Expediente Nº 0045-014623/08

VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00977/08 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO
Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN
DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 17 DEPARTAMENTO: GENERAL ROCA y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 17, por la suma de $ 1.432.950,77.

VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 01000/08 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO
Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN
DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 13 DEPARTAMENTO: CALAMUCHITA y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 13, por la suma de $ 2.039.910,60.

QUE la Resolución N 13/09 de la Secretaría de Ingresos Públicos reglamentaria de la Resolución N 40/09, en sus arts. 2 y 3 delega en los Responsables de cada Repartición la fijación de las Tareas Especiales, facultando al Director a establecer la carga horaria adicional, a verificar el cumplimiento de la misma y de los objetivos propuestos, y a fijar los criterios y pautas referidas a la participación de los agentes en las Jornadas de Capacitación, Comunicación y/o Planificación.QUE en virtud de lo manifestado, corresponde en esta instancia reglamentar los requisitos y demás aspectos atinentes al cumplimiento de las Tareas Especiales y asistencia a Jornadas de Capacitación, Comunicación y/o Planificación, por parte de los agentes de la Repartición;
Atento ello, lo dispuesto por la Ley N 9594, el Decreto 1813/08, las Resoluciones Ministeriales 40/09, 44/09 y 55/09, la Resolución N 13/09 de la Secretaría de Ingresos Públicos y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E:

Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.

Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.

Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 17, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.

Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 13, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los siguientes requisitos y circuito administrativo referidos al cumplimiento de las Tareas Especiales definidas en el artículo 2 de la Resolución N 13/09 de la S.I.P.:
I.- A los fines de la percepción del porcentaje correspondiente a este item 30%, los agentes deberán cumplir una carga horaria mínima de diez 10
horas mensuales, que se deberá hacer efectiva en una hora diaria como mínimo, salvo que a criterio de la Jefatura inmediata resulte necesario aplicar otra modalidad por razones de servicio, respetando siempre el tiempo mínimo previsto, y no pudiendo cumplirse en días sábados o feriados.II.- La Dirección General, con la intervención de las Direcciones y SubDirecciones de Jurisdicción, y las Jefaturas de Área de la Repartición tendrán a su cargo la definición y asignación de las Tareas Especiales, en función de las necesidades operativas de cada Sector.III.- Las mismas serán definidas, conforme se establece en el apartado anterior, del 01 al 15 de cada mes, tomando en cuenta las propuesta elevadas por las distintas oficinas y los proyectos específicos que se estén ejecutando en la
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Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data20/04/2009

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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