Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/08/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 43

Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 1, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 87.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13
de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y sus modificatorias, y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.
Que la adjudicación de que se trata encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 9191, ya que la obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N
8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901 T.O.
Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 116/2010
caso similar y su proveído de fecha 22-03-10, y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06
EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y
MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES
SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA
Y TERCIARIA PERTENENCIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 1 - DEPARTAMENTOS:
CRUZ DEL EJE - PUNILLA - ISCHILÍN, y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 1, por la suma de PESOS DOS MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y
SEIS CENTAVOS $ 2.345.690,86, con una duración del contrato de trescientos sesenta y cinco 365 días.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y
SEIS CENTAVOS $ 2.345.690,86, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000014, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida 12.06.00.00
Centro de Costo 238601 del P.V. $ 2.000.000,00
Importe Futuro $ 345.690,86

BOLETÍN OFICIAL
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

CÓRDOBA, 26 de agosto de 2010

TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA Y
OCHO CENTAVOS $ 1.338.580,58, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000048, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida 12.06.00.00
Centro de Costo 238601 del P.V. $ 1.120.000,00
Importe Futuro $ 218.580,58

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 48

Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 18, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 88.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13
de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y sus modificatorias, y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.
Que la adjudicación de que se trata encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 9191, ya que la obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N
8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901 T.O.
Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 105/2010 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06
EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y
MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENENCIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 18 - DEPARTAMENTOS:
UNIÓN - MARCOS JUÁREZ - PRESIDENTE
ROQUE SAENZ PEÑA, y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 18, por la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS
TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS $
1.338.580,58, con una duración del contrato de trescientos sesenta y cinco 365 días calendario.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 36

Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 10, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 88.
Que se ha efectuado el correspondiente Documento Contable del gasto Nota de Pedido según lo establecido en el artículo N 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y sus modificatorias y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.
Que la adjudicación de que se trata encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 9191, ya que la obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N
9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N 8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901 T.O. Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 075/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06,
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO
REGIONAL Nº 10 - DEPARTAMENTOS:
TERCERO ARRIBA - RÍO SEGUNDO y consecuentemente ADJUDICAR en forma directa los mismos al Consorcio Caminero Regional Nº 10, por la suma de PESOS NOVECIENTOS
VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS
$ 924.541,98, con una duración del contrato de trescientos sesenta y cinco 365 días calendario.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS
VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA
Y UNO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS $
924.541,98, conforme lo indica la Dirección de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000052, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida 12.06.00.00
Centro de Costo 238601 del P.V. $ 780.000,00
Importe Futuro $ 144.541,98

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1068

EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1 - Convalídase lo actuado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, y en consecuencia Apruébase el Convenio suscripto el día 29 de Abril de 2010, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, representado por el señor Ministro Don Carlos Mario Gutiérrez y la Fundación Banco de la Provincia de Córdoba, representada por su presidente Prof. Alicia M. Giubergia, denominado Convenio de Asistencia Crediticia a Pequeños Productores Pecuarios - Frutihortícolas, que tiene por objeto la provisión, por parte del Ministerio a la Fundación, de los fondos necesarios para el otorgamiento de asistencia crediticia a pequeños productores pecuarios y frutihortícolas radicados o a radicarse en la provincia de Córdoba, con destino a la consecución de los proyectos enmarcados en el Programa de Asistencia Financiera a Pequeños Productos Pecuarios Frutihortícolas hasta el límite de la suma de pesos quinientos mil $ 500.000 el que como Anexo Unico, compuesto de tres 3
fojas útiles, forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y
MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES
SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA

ARTÍCULO 2 - Impútase la erogación que demande el cumplimiento del Convenio aprobado por el artículo anterior, por el monto total de pesos quinientos mil $ 500.000 a Jurisdicción 1.25, Ministerio de Agricultura,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/08/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha26/08/2010

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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