Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 30

obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos, considerando que las erogaciones corresponden con la naturaleza del recurso.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N
7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N 8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901 T.O. Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 068/2010
y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06,
VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 225

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por designados a la señora Cecilia Elizabeth MARTINEZ M.I. Nº 25.903.026, con domicilio en calle Facundo Castillo N 153 y el señor Fernando Emilio IRALA
M.I. N 8.617.471, con domicilio en calle Juan B. Bustos N 555, ambos de la Localidad de Santa María de Punilla, como Coordinadora y Coordinador Suplente de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Santa María de Punilla, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba, reconocida mediante Resolución N 125/08, emitida por el señor Ministro de Gobierno.

CÓRDOBA, 24 de agosto de 2010

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 144

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 146

las específicas problemáticas locales y/o regionales.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N 154/
2010,
atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :

Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N 199/
2010, EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Alicia, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS
al señor Cristian Fernando RACCA M.I.
Nº 21.400.430 y al señor Iván César RACCA M.I. Nº 18.121.402 como Coordinadores.

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Quisquisacate, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a las señoras Constanza STURNIOLO
M.I. Nº 27.014.585 y María Luisa ARANCIBIA M.I.
Nº 9.282.951 como Coordinadores.

ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese y archívese.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

ARTÍCULO 2º.- ADJUNTESE copia de la presente Resolución en el Registro de Juntas de Participación Ciudadana para la Prevención Integral, obrante bajo la órbita de la Dirección Jurisdicción de Delegaciones Regionales de este Ministerio de Gobierno.

EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN
DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL
Nº 04 - DEPARTAMENTOS: COLÓN - CAPITAL - RÍO PRIMERO - TOTORAL E ISCHILÍN - FIV N 8 y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 04, por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL UNO, CON SETENTA CENTAVOS $
1.954.001,70, con una duración del contrato de nueve 9 meses.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a a suma de PESOS UN MILLÓN
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MIL UNO, CON SETENTA CENTAVOS $
1.954.001,70, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 000024/2010, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida 12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución Nº 39
Córdoba, 26 de marzo de 2010
Expediente Nº 0045-014597/08.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00141/10 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO DE
LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 7 - DEPARTAMENTOS: SAN
JUSTO - RÍO PRIMERO - FIV Nº 8 y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 7, por la suma de $ 1.954.001,70.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar el Proyecto, Pliegos y Cómputo Métrico de la obra de que se trata, así como su Presupuesto Oficial, el que asciende a la suma de $ 1.954.001,70.
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 7, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 82.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y sus modificatorias y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.
Que la adjudicación de que se trata encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 9191, ya que la obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9702 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y
que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza del recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, Orgánica de Contabilidad, Presupuesto General de Administración, Ley N 8614 de Obras Públicas y la Ley N 5901 T.O.
Ley N 6300 y sus modificatorias esta última respecto del procedimiento a implementar en la contratación.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 116/10 caso similar, su proveído de fecha 23-03-10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 165/06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la ejecución de los trabajos de la obra:
MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 7 DEPARTAMENTOS: SAN JUSTO - RÍO PRIMERO - FIV Nº 8 y consecuentemente ADJUDICAR los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 7, por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL UNO CON SETENTA CENTAVOS
$ 1.954.001,70, con una duración del contrato de nueve 9 meses.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS
UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL UNO CON
SETENTA CENTAVOS $ 1.954.001,70, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000037, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 238801 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha24/08/2010

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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