Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/08/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 5 de agosto de 2010

concurren al mismo en demanda del servicio de administración de justicia. Así como todos los sistemas, instalaciones y elementos informáticos; en especial, los que administran y registran los datos de las distintas causas de los justiciables, a fin de impedir la producción de perjuicios mayores en los bienes tanto del Estado como de terceros.
Que a tal fin y como medida excepcional con miras a encontrar las soluciones de los referidos inconvenientes o mejoren las condiciones de baja temperatura en la ciudad, este Tribunal Superior entiende necesario disponer para los días miércoles 03, jueves 04 y viernes 05 de agosto próximos la declaración de días inhábiles a todos los fines procesales sólo para, los fueros y en las causas que se tramiten por ante los tribunales, organismos y dependencias jurisdiccionales que funcionen en el Palacio de Justicia I, así como el respectivo asueto para magistrados, funcionarios y empleados de los mismos, quienes permanecerán en estado de guardia pasiva y podrán ser convocados ante necesidades urgentes del servicio.
Que se encontrarán exceptuadas del asueto a disponer para quienes se desempeñen en el edificio de este Palacio de Justicia I, las Secretarías, Relatorías y Oficinas de Apoyo Oficiales de justicia, Notificadores, Medicina forense, entre otras de este Tribunal Superior, así como todas las Áreas administrativas que en el mismo funcionen.
Que a fin de salvaguardar los derechos de los justiciables, se deberán receptar las solicitudes que requieran urgente atención, las que deberán presentarse por ante la respectiva Secretaría del Tribunal Superior de Justicia del fuero al que corresponda la causa.
La Secretaría actuante, comunicará al titular del tribunal u órgano jurisdiccional que corresponda sobre el requerimiento articulado, a fin de que el mismo concurra a su despacho para atender la solicitud presentada; llevando a cabo los actos procesales pertinentes, para lo cual deberá declarar día y hora hábil.
En razón de las medidas a adoptar, se autorizará también excepcionalmente el uso de medios eléctricos de calefacción por parte de quienes deban desempeñar funciones en el edifico afectado, durante los días del asueto a disponer; no rigiendo al respecto las disposiciones del Acuerdo Nº 334/07-Serie A en este caso.
Por todo ello y lo dispuesto por los arts. 166, inc. 2º de la Constitución Provincial y art. 12, incs. 1 y 32º de la Ley nº 8435 Orgánica del Poder Judicial, RESUELVE: Art. 1º DECLARAR inhábil a los fines procesales los días 04, 05 y 06 de agosto de 2010, para todos los tribunales y demás órganos y dependencias jurisdiccionales que funcionan en el ámbito del Edificio del Palacio de Justicia I.
Art. 2º DECLARAR asueto para los magistrados, funcionarios y empleados en los días indicados en el artículo precedente, y que se desempeñen en el edificio del Palacio de Justicia I;
quedando los comprendidos en el mismo en guardia pasiva y podrán ser convocados ante necesidades urgentes del servicio.
Art. 3º LAS solicitudes y medidas que requieran urgente atención deberán presentarse por ante la respectiva Secretaría del Tribunal Superior de Justicia del fuero al que corresponda la causa, la que comunicará al titular del tribunal u órgano jurisdiccional que corresponda sobre el requerimiento articulado, a fin de que el mismo concurra a su despacho para atender la solicitud presentada; llevando a cabo los actos procesales pertinentes, para lo cual deberá declarar día y hora hábil.
Art. 4º QUEDAN exceptuadas del asueto dispuesto en el artículo precedente las Secretarías, Relatorías y Oficinas de Apoyo del Tribunal Superior de Justicia , así como todas las Áreas administrativas que en el mismo funcionen.
Art. 5º SE autoriza excepcional y temporariamente, mientras se mantengan las condiciones que originan las disposiciones del presente Acuerdo, el uso de medios eléctricos de calefacción por parte de quienes deban desempeñar funciones en el edifico afectado, durante los días del asueto a disponer; no rigiendo al respecto las disposiciones del Acuerdo Nº 334/07-Serie A en este caso.
Art. 6º LAS disposiciones que se adoptan en el presente instrumento legal mantendrán vigencia en el caso de persistir ambas causas que determinan su adopción y quedarán sin efecto en el supuesto de modificación de dichos motivos originantes.
Art. 7º PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y en el Portal de Aplicaciones Intranet. Comuníquese los tribunales y demás organismos y dependencias jurisdiccionales del Palacio de Justicia I, oficinas de apoyo del Tribunal Superior de Justicia,
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BOLETÍN OFICIAL
Secretaría Legal y Técnica, Áreas administrativas, delegaciones de la Administración General en los Tribunales II, III, de Familia, Cámaras en lo Contencioso Administrativo, Fiscalías de Cámara Civil y Comercial y Fiscalía Contencioso Administrativa; al Colegio de Abogados de Córdoba a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial y dése debida difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Sra. Presidenta y los Sres. Vocales, con la asistencia del Administrador General del Poder Judicial, Dr.
Gustavo Argentino Porcel de Peralta.
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC DE ARABEL
PRESIDENTE
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET H
VOCAL
DR. GUSTAVO ARGENTINO PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL
3 dias - 09/08/2010 - s/c
DECRETOS SINTETIZADOS

PODER EJECUTIVO
DECRETO N 1025 - 13/07/2010 - RATIFÍCASE
la Resolución N 0966/09 de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, ad referéndum de autoridad competente, la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial JUAN
FILLOY de esta Capital y de la docente María Lidia GAMBOA M.I. N 12.613.121, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una 1 foja. s/ Expte.
Nº 0109-076041/2006

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS
SUBSECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS
RESOLUCION N 135 - 09/04/2010 - APROBAR
el Acta de Recepción Provisional de la obra PROVISION DE AGUA POTABLE A LA LOCALIDAD DE
CHANCANI - DPTO. POCHO , cuya contratista es la Empresa CONSTRUCTORA EMPROS S.R.L., obrante a fs. 163 de autos, suscripta con fecha 10/
02/10 por el Ing. Javier Raffo por parte de la Contratista y por el Téc. Pedro Gamulín en representación de esta Repartición.AUTORIZAR la devolución de las Pólizas de Seguro de garantía de contrato y de anticipo financiero constituídas por la Contratista, conforme lo dispuesto por el Art. 108º inc. l del Dcto. 4758/77 y Art. 45º del Dcto. 4757/77.
s/ Expte. N0416-052563/08 Anexo 7.SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION N 02 - 27/04/2009 - APROBAR
el Acta Acuerdo de la Tercera Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: RAMAL DE APROXIMACIÓN PARA

ABASTECIMIENTO DE GAS NATURAL A LAS
LOCALIDADES DE COSQUÍN Y SANTA MARÍA DE
PUNILLA - EDIFICIOS PÚBLICOS: HOSPITAL
COLONIA SANTA MARÍA, CEPROCOR Y
COLONIA DE VACACIONES, por la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA
CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS $ 62.570,97, suscripta con fecha 10 de octubre del 2008 entre el señor Ricardo Luis OTTOGALLI, Subsecretario de Infraestructura y Programas dependiente de este Ministerio, en representación de la Provincia de Córdoba por una parte y el Ingeniero Héctor Osvaldo CARBONARI, en representación de la Empresa ACLADE S.R.L. contratista de la obra, por la otra, que como ANEXO I compuesto por CINCO
5 fojas, forma parte integrante de la presente Resolución. s/ Expte. N 0498-028361/04 Cuerpos 1 al 3.RESOLUCION N 02 - 27/04/2010 - MODIFICAR
el artículo 2º de la Resolución de esta Secretaría N 002 de fecha 9 de marzo de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2.IMPUTAR el egreso que asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
SETENTA CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS $
62.570,97, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000132, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 509003,Partida 12.06.00.00 del P.V. s/ Expte. N 0498028361/04 Cuerpos 1 al 3.MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION N 221 - 08/07/2010 -HAGASE
LUGAR a lo solicitado por la señora Andrea Viviana YBARRA, en su carácter de Titular y de Directora Técnica Responsable de la Empresa SEGUMELUnipersonal hasta diez dependientes, y en consecuencia, DISPONESE la baja de la Empresa mencionada como Prestadora Privada de Seguridad, de acuerdo a las razones vertidas en la presente Resolución. s/ Expte. N 0531-035900/
2010.RESOLUCION N 222 - 08/07/2010 AUTORIZASE el funcionamiento como Prestadora Privada de Seguridad de la firma SERVICIO INTEGRAL DE SEGURIDAD - S.I.S.- Unipersonal Sin Dependientes, CUIT 23-20783297-9, con domicilio en calle Urquiza Nº 170 B Alberdi de la Ciudad de Córdoba, sin la autorización para el uso de armas.
HABILITASE por el término de dos 2 años a los señores Pedro Gustavo ALFONSO M.I. N
20.783.297 y Héctor Ariel MUÑOZ M.I. N
18.101.288, como Directores Técnicos Responsable y Sustituto respectivamente, de la mencionada Entidad. Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad dependiente del Ministerio de Gobierno, extiéndase a ambos Directores Técnicos, Responsable y Sustituto respectivamente, credencial habilitante, sin autorización para el uso de armas.
s/ Expte. N 0531-035899/2010.RESOLUCION N 223 - 08/07/2010 - DISPÓNER
la habilitación por el término de dos 2 años del señor Daniel Osvaldo DAloisio M.I.N 18.565.492
como Director Técnico Sustituto de la Empresa SEARCH ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD S.A., con domicilio en calle Tristán Malbrán N 3694 de Barrio Cerro de las Rosas, Córdoba Capital. Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad dependiente del Ministerio de Gobierno, extiéndase al Director Técnico Sustituto, credencial habilitante, sin autorización para el uso de armas. s/ Expte. N0531036202/2010.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/08/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha05/08/2010

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4176

Primera edición01/02/2006

Ultima edición11/07/2024

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