Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/05/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 21 de mayo de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLIV - Nº 97
CORDOBA, R.A. VIERNES 21 DE MAYO DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA de CULTURA

DEPARTAMENTOS RÍO SECO Y TULUMBA

Pavimentación Ruta Provincial Nº 32
Tramo: Sebastián Elcano - Las Arrias.
Decreto Nº 429
5 de abril de 2010
VISTO: El expediente Nº 0045014692/08 Cuerpos 1 al 19 en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos propone por Resolución Nº 00856/09 se adjudique la ejecución de los trabajos de la obra:
PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL
Nº 32 - TRAMO: SEBASTIÁN ELCANO
- LAS ARRIAS - DEPARTAMENTO: RÍO
SECO - TULUMBA, a la Empresa MICHELOTTI E HIJOS S.R.L. - PASCHINI
CONSTRUCCIONES S.R.L. - A.M.G.
OBRAS CIVILES S.A. - U.T.E., por la suma de $ 56.481.788,57.
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el pertinente llamado se realiza el acto de apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, todo lo cual quedó documentado mediante acta labrada al efecto, que obra a fs. 235238 de autos.
Que analizadas las ofertas se produce el informe de fs. 3885/3888 de autos, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del Decreto Nº 4758/
77, aprobatorio del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas y artículo 29 de la Ley Nº 8614.
Que a fs. 3897/3898 el Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad, aconseja adjudicar la obra de que se trata a la Empresa mencionada conforme lo
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
propiciado por la Comisión de Estudio de las Ofertas, por resultar conveniente en los términos de los artículos 29 de la Ley de Obras Públicas N 8614 y 31 del Decreto 4757/77.
Que se ha realizado la afectación del gasto según lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras, en cumplimiento de la normativa vigente último párrafo del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 - T.O. Ley Nº 6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 612/2009 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 84/2010, EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos de la obra:
PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL
Nº 32 - TRAMO: SEBASTIÁN ELCANO LAS ARRIAS - DEPARTAMENTO: RÍO
SECO - TULUMBA a la Empresa MICHELOTTI E HIJOS S.R.L. - PASCHINI
CONSTRUCCIONES S.R.L. - A.M.G.
OBRAS CIVILES S.A. - U.T.E por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA
Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y

OCHO CON CINCUENTA Y SIETE
CENTAVOS $ 56.481.788,57.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de PESOS
CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO
CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS
$ 56.481.788,57, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 000156/
2010, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002
Partida Principal 12 Parcial 06
235505 $ 500.000,00

Resolución Nº 249

Córdoba, 29 de abril de 2010

VISTO: Las actuaciones contenidas en el Expte. N 0385-020623/2010.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2, el Director de Promoción Cultural para el Desarrollo Social, solicita el dictado del instrumento legal que le otorgue continuidad para el transcurso del año 2010, al Programa Cultura con Sentidos, cuyos objetivos son: propiciar el desarrollo de una Cultura Comunitaria, rescatando los saberes de la comunidad, para mejorar la convivencia y la calidad de vida e ir incorporando nuevos hábitos socio-culturales a fin de recrear el tejido social dando la posibilidad de mejorar la inclusión social que fortalezca la identidad, la solidaridad y la participación.Que a fs. 4/18, obran objetivos del Programa, detalle de subprogramas con sus respectivas actividades, y montos necesarios para su ejecución, ascendiendo el mismo a un total de pesos Seiscientos Ochenta y Seis Mil Novecientos $ 686.900,00.-

Asignación Futura Año 2011 $ 20.000.000,00
Asignación Futura Año 2012 $ 35.981.788,57

ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra, previa constitución de las garantías correspondientes.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

Que resulta necesario contar con programas concretos y específicos para posibilitar el logro de los objetivos enunciados en la Ley 9454.Que es necesario generar políticas culturales de estado que atiendan de una manera integral la inclusión social, desarrollando diferentes actividades, donde las disciplinas artísticas puedan servir como herramientas productivas para el aprendizaje de nuevos hábitos sociales, así como también valores de participación y solidaridad en la diversidad para la reconstrucción del tejido social, interactuando con cada uno de los ministerios, secretarias y direcciones que integran el gabinete social, que permitan incluir a los sectores más vulnerables y desprotegidos.Que conforme las competencias asignadas a esta Secretaría de Cultura contempladas en el Artículo 35, del Anexo I, de la Ley N 9454, y en particular lo establecido en el inc. 17 del mismo, este Organismo es competente para establecer programas de premios, becas, subsidios y créditos para el fomento de las actividades culturales y artísticas.Por ello, la Ley 9454, 9702, y lo dictaminado por la Subdirección de Legales y Despacho bajo el Nº 139/2010, y en uso de las atribuciones que le son propias;

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE:

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 1º.- CREASE para el año 2010 el Programa CULTURA
CON SENTIDO, con el propósito de:
- Promover talleres culturales y seminarios de capacitación, a través de capacitadores, monitores y docentes en las distintas disciplinas artísticas;
- Organizar y realizar actividades culturales que fortalezcan la identidad,
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/05/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/05/2010

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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