Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/11/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1497

Aceptan donación
61,89 mts., linda con lote 24 del Plano; al S-O., 39,92 mts., 23, linda con Parcela 17, Lote 13 de José Ignacio López; y al N-O., 61,28 mts., 1-2, linda con calle Lavalle; totalizando:
2.452,74 mts.2. Expediente 00-33-56122/02, Plano: 126.573
mza. 6, inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N 923.428 del Departamento San Javier 29-01.
Nomenclatura Catastral: 29/01/23/01/01/006/025. Número de Cuenta 29-01-2344751/2.
ARTÍCULO 2º.- El inmueble descripto en el artículo anterior ingresará al dominio privado de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T.
N 30-70818712-3, con domicilio legal en calle Chacabuco N
1300, Barrio Nueva Córdoba de la ciudad de Córdoba, con destino a la construcción del Jardín de Infantes Emilio Felipe Olmos de dicha localidad y/o el destino que mejor convenga a los intereses de la comunidad.
ARTÍCULO 3º.- Por Escribanía General de Gobierno se procederá a labrar la escritura de aceptación de la donación del inmueble donado con fecha 04/06/2003.

Decreto Nº 839

Córdoba, 24 de Junio de 2009

VISTO: Los Expediente Nº 0104-087731/2009 y 0104087732/2009, del Registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la prórroga por el término de doce meses a partir del 1 de julio de 2009, de la contratación del los Servicios de Mantenimiento y Limpieza, de Establecimientos Educativos de Capital y del Interior Provincial, adjudicados mediante Decretos Nros 937/07
y 938/09 y sus ampliaciones, autorizadas mediante Resoluciones del Ministerio de Educación Nros. 35/09 y 36/
09, en los términos de los Pliegos aprobados por Decreto N
1726/06 y 1727/06 respectivamente.
Que las empresas adjudicatarias en cada caso, Sun City S.R.L., Mediterránea Clean S.R.L., Giussepe S.A. Guba S.A., Bepu S.A., Servicios de Alimentos S.A., Magic Clean S.R.L. y Clean &
Construction S.R.L., han aceptado la prórroga en los términos del artículo 1 de los Pliegos de Condiciones Generales en ambos casos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las Afectaciones Preventivas Nros 1118/09y 1119/09 confeccionadas por la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación y sus informes de fs. 125 y 111 respectivamente, lo prescripto por los artículos 1 del Pliego de Condiciones Generales y 4 del Pliego de Condiciones Particulares, punto 2.8.3 inciso b del Decreto N 1882/80 Anexo I, artículo 28 de la Ley N 9575, artículo 16 de la Ley N 5901 t.o. por Ley N 6300, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educación con los Nros. 65/2009 y 64/
2009 y por Fiscalía de Estado bajo los Nros 520/09 y 521/09
respectivamente;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE por el término doce 12
meses a partir del 1 de julio de 2009, el Servicio de Mantenimiento y Limpieza, de Establecimientos Educativos de Capital, adjudicados mediante Decreto N 937/07 y su ampliación, autorizada mediante Resolución del Ministerio de Educación N
35/09, en los términos de los Pliegos aprobados por Decreto N
1726/06.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, discriminado de la siguiente forma: la suma de Pesos Trece millones setecientos
ARTÍCULO 4º.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas para que cancele las deudas que existieran en concepto de impuesto inmobiliario, como así también recargos, intereses y multas, en proporción a la superficie donada, conforme con lo establecido por el artículo 145 del Código Tributario Provincial Ley Nº 6006 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Finanzas y por el Señor Fiscal de Estado, y firmado por el Señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa y nueve con cinco centavos $13.765.499,05 a Jurisdicción 1.35, Programa 350, Partidas: Principal 03, Parcial 12, Subparcial 01 Limpieza y Desinfecciones del Presupuesto Vigente y la suma de Pesos Doce millones seiscientos dieciocho mil trescientos setenta y cuatro con trece centavos $ 12.618.374,13, a la cuenta Preventivo Futuro 2010, conforme Programa y Partidas que determine el respectivo presupuesto.
ARTÍCULO 3º.- PRORRÓGASE por el término doce 12
meses a partir del 1 de julio de 2009, el Servicio de Mantenimiento y Limpieza, de Establecimientos Educativos del Interior Provincial, adjudicados mediante Decreto N 938/07 y su ampliación, autorizada mediante Resolución del Ministerio de Educación N
36/09, en los términos de los Pliegos aprobados por Decreto N
1727/06.
ARTÍCULO 4º.- IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, discriminado de la siguiente forma: la suma de Pesos Nueve millones quinientos setenta y dos mil setecientos setenta con veinte centavos $
9.572.770,20 a Jurisdicción 1.35, Programa 350, Partidas: Principal 03, Parcial 12, Subparcial 01 Limpieza y Desinfecciones del Presupuesto Vigente y la suma de Pesos Ocho millones setecientos setenta y cinco mil treinta y nueve con treinta y cinco centavos $ 8.775,039,35, a la cuenta Preventivo Futuro 2010, conforme Programa y Partidas que determine el respectivo presupuesto.
ARTÍCULO 5.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, a efectuar los ajustes contables que resulten necesarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

CÓRDOBA, 6 de noviembre de 2009

Decreto Nº 1507

Córdoba, 21 de Octubre de 2009

VISTO: El acuerdo solicitado a la Legislatura de la Provincia de Córdoba, para designar al señor Abogado José Antonio Sartori, en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en el ciudad de Jesús María.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo No. 16 del año 2007 el Consejo de la Magistratura, una vez cumplidos los trámites de rigor, confeccionó el orden de mérito correspondiente a los participantes del concurso para cubrir el cargo de Juez de Primera Instancia con Competencia Múltiple Interior Provincial, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N 2635/
99, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para designar al señor Abogado José Antonio Sartori, quien resultó en el séptimo lugar 7º en el orden de mérito remitido, habiendo sido designados con anterioridad quienes se ubicaron en los puestos anteriores.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 14 de octubre de 2009, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R2184/09, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentado los requisitos legales y constitucionales corresponde proceder a la designación del señor Abogado José Antonio Sartori en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N 8802 y modificatorias; y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE al señor Abogado José Antonio Sartori M.I. N 13.964.244 en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en el ciudad de Jesús María.
ARTÍCULO 2º.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 900, Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo 26, cargo 030, del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Justicia y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
DR. LUIS EUGENIO ANGULO
MINISTRO DE JUSTICIA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

ARTÍCULO 6.- EL presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.

Decreto Nº 1224

ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

VISTO: El Expediente Nº 0435-058604/09 del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos.

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Córdoba, 27 de Agosto de 2009

Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la señora Diana Pertile, en su carácter de Presidente de la Cooperativa de Productores de Hierbas Aromáticas y Exóticas Limitada, solicita el otorgamiento de una ayuda económica para ser afectada a solventar los gastos de organización de las Segundas Jornadas de Productores de Azafrán, llevadas a cabo en el Hotel Quórum de la ciudad de Córdoba, el día 8 de Mayo del corriente año.
Que la ayuda económica consiste en la suma de Pesos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/11/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha06/11/2009

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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