Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.172 1 Sección bre de 2002, el que quedará redactado de la siguiente forma:
5. SEPARATAS
Separatas de hasta 150 páginas: PESOS CINCO $ 5.-.
Separatas de hasta 250 páginas: PESOS SEIS
$ 6.-.

Separatas de más de 250 páginas: PESOS SIETE $ 7.-.
En la edición de cada Separata, la Dirección Nacional del Registro Oficial fijará su valor de acuerdo a la tarifa pautada.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos A. Zannini.

Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 1518
Impuesto a las Ganancias. Régimen de anticipos. Resolución General Nº 327, su modificatoria y sus complementarias. Norma complementaria.
Bs. As., 12/6/2003
VISTO el Decreto Nº 860 de fecha 29 de junio de 2001 y sus modificaciones y el régimen de anticipos del impuesto a las ganancias establecido por la Resolución General Nº 327, su modificatoria y sus complementarias, y
Martes 17 de junio de 2003

2. Deducciones:
Ganancias no imponibles Deducción especial.
Deducciones por cargas de familia.

$
$
$

3. Total de deducciones
$

4. Monto de reducción del total de deducciones art. incorporado a continuación del 23 de la ley del gravamen
$

5. Total de deducciones a computar 3 4

$

6. Ganancia neta sujeta a impuesto ajustada de acuerdo con las modif. del Decreto Nº 860/01 y sus modif.

$ ======

7. Impuesto determinado por aplicación de la escala del art. 90 de la ley del gravamen
$

8. Importe total de los conceptos deducibles son los detallados en los 6 puntos del inc. a del art. 3º de la R.G.
Nº 327, su modificatoria y sus compl.

$

9. Total a ingresar por anticipos del período fiscal 2003 7 8 dividido 5 cantidad de anticipos
$

4

Modificadas por el Decreto Nº 860/01 y sus modificaciones.

CONSIDERANDO:
Que la liquidación de los mencionados anticipos se efectúa, básicamente, en función del monto de impuesto determinado por el período fiscal inmediato anterior.
Que mediante el decreto del visto se incrementaron a partir del ejercicio fiscal 2003, los importes de las deducciones correspondientes a cargas de familia y deducción especial indicadas en el artículo 23 incisos b y c de la ley del gravamen.
Que consecuentemente, corresponde disponer el procedimiento de ajuste de la base imponible para el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias imputables al período fiscal 2003.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Técnica y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

DISPOSICIONES
Sintetizadas
Registro Comercialización: AL-30-828
Registro Fabricación: AF-02-374
Disposición 2576/2003-GI
Bs. As., 04/06/2003

MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE COMUNICACIONES GERENCIA DE INGENIERIA
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Otórgase la renovación de la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N 784 SC/87, al equipo cuyas características se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-64647964-5
Solicitante: Technology Bureau S.A.
Codificación: C - 1054
Tipo: Transceptor Marca: P-Com Modelo: TelLink 23 GHz 2 Mpbs
Disposición 2567/2003-Gl Por ello,
Bs. As., 04/06/2003

EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º Las personas físicas y las sucesiones indivisas responsables del impuesto a las ganancias, para la determinación de los anticipos correspondientes al período fiscal 2003, deberán aplicar las disposiciones de la Resolución General Nº 327, su modificatoria y sus complementarias y las que se establecen en la presente.
Art. 2º A tales fines, los sujetos indicados en el artículo anterior recalcularán la base para la liquidación de los anticipos imputables al período fiscal 2003, con arreglo al modelo de liquidación contenido en el Anexo de la presente, a efectos de contemplar la incidencia de las modificaciones dispuestas por el Decreto Nº 860/01 y sus modificaciones, en la determinación del impuesto a las ganancias de dicho período fiscal.
Asimismo, a efectos de exteriorizar la nueva base para el cálculo de los anticipos, deberán presentar en la dependencia en la que se encuentren inscritas, hasta el día de vencimiento fijado en el cronograma vigente para el ingreso del primer anticipo, una nota en los términos de la Resolución General Nº 1128 con el detalle de la aludida liquidación, acompañada del formulario de declaración jurada Nº 478, cubierto en todos sus rubros.
Art. 3º Los anticipos que se determinen, de acuerdo con lo establecido en la presente, se ingresarán en las formas y plazos que prevé la Resolución General Nº 327, su modificatoria y sus complementarias.
En el supuesto que se haya liquidado e ingresado el primer anticipo imputable al período fiscal 2003, sin considerar el procedimiento de liquidación dispuesto en el artículo anterior, se podrá computar el monto abonado en exceso a los anticipos siguientes, y de subsistir un remanente, al saldo resultante de la correspondiente declaración jurada del tributo.
Art. 4º Apruébase el Anexo que forma parte de la presente.
Art. 5º Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto R. Abad.

Otórgase la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a la solicitud cuyos pormenores se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-70778894-8
Solicitante: Newtech Solutions S.A.
Registro Comercialización: AL-30-1451
Disposición 2578/2003-GI
Bs. As., 04/06/2003
Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a la solicitud cuyos pormenores se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-62441865-0
Solicitante: Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S.A.
Registro Comercialización: AL-30-1283

Disposición 2579/2003-GI
Bs. As., 04/06/2003
Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a la solicitud cuyos pormenores se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-56963694-5
Solicitante: Ekon Empresa de Comunicaciones S.R.L.
Registro Comercialización: AL-30-1284

Disposición 2577/2003-GI
Bs. As., 04/06/2003
Otórgase la renovación de la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N 784 SC/87, al equipo cuyas características se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-64647964-5
Solicitante: Technology Bureau S.A.
Codificación: C - 1090
Tipo: Transceptor Marca: P-Com Modelo: Tel-Link Point To Multipoint Sector 38 GHz
Disposición 2581/2003-GI
Bs. As., 04/06/2003
Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones al equipo cuyas características se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-57378574-2
Solicitante: Multiradio S.A.
Homologación: 11-2156
Tipo: Transceptor Portátil Marca: Kenwood Modelo: TK-380 con teclado Disposición 2582/2003-GI
Bs. As., 04/06/2003

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 1518
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PERIODO FISCAL 2003.
PERSONAS FISICAS Y SUCESIONES INDIVISAS.
MODELO DE LIQUIDACION DE LOS ANTICIPOS
1. Ganancia neta del ejercicio fiscal 2002, antes de restar las deducciones personales art. 23 de la ley del gravamen.

Disposición 2580/2003-Gl Bs. As., 04/06/2003

$

Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a la solicitud cuyos pormenores se indican a continuación:
Documento: TMP 00-00000911-0
Solicitante: Galander S.R.L.

Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones al equipo cuyas características se indican a continuación:
Documento: CUIT 30-64927024-0
Solicitante: L.I.E. Laboratorio de Ingeniería Electrónica S.R.L.
Homologación: 32-407
Tipo: Transmisor Marca: I.A. Electrónica Modelo: FM 500

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/06/2003

Page count24

Edition count9395

First edition02/01/1989

Last issue13/07/2024

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