Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.172 1 Sección Por ello,
RESOLUCIONES

Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 367/2003
Apruébase y regístrase el Estatuto de la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal de la República Argentina.

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1 Apruébase y regístrase el Estatuto de la OBRA SOCIAL DE LA ACTIVIDAD DE
SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION Y
AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA
R.N.O.S. 0-0090-1, cuyo texto ordenado obra a fojas 231/241 del Expediente N 22.027/01-SSSalud.
Art. 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. Rubén H. Torres.

Bs. As., 10/6/2003
VISTO el Expediente N 45943/03-SSSALUD-y Superintendencia de Servicios de Salud CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL
DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA
Y HORIZONTAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA R.N.O.S. 1-0640-0, a los efectos de solicitar la aprobación y registración del estatuto de la entidad.
Que a fs. 2/5 luce el Estatuto con las respectivas modificaciones introducidas por el agente.

OBRAS SOCIALES
Resolución 376/2003
Apruébase la modificación del Estatuto de la Obra Social de la Asociación Civil Pro Sindicato de Amas de Casa de la República Argentina.
Bs. As., 10/6/2003
VISTO el Expediente N 44.676/03-SSSALUD y CONSIDERANDO:

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N
1615/96 y 145/03.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase y regístrase el Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE
EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL DE REPUBLICA ARGENTINA R.N.O.S. 1-0640-0 cuyo texto ordenado obra a fojas 2/5 del Expediente N
45943/03-SSSalud-.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. Rubén H. Torres.

Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 372/2003
Apruébase y regístrase el Estatuto de la Obra Social de la Actividad de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda.
Bs. As., 10/6/2003
VISTO el Expediente N 22.027/01-SSSALUD-y CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL
DE LA ACTIVIDAD DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION Y AHORRO Y
PRESTAMO PARA LA VIVIENDA R.N.O.S.
0-0090-1, a los efectos de solicitar la aprobación y registración del estatuto de la entidad.
Que a fs. 231/241 luce el Estatuto con las respectivas modificaciones dispuestas por este organismo.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N 1615/96 y N 145/03 P.E.N.

Que en el expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL
DE LA ASOCIACION CIVIL PRO SINDICATO DE AMAS DE CASA DE LA REPUBLICA
ARGENTINA RNOS N 0-0150-8, a efectos de solicitar se apruebe la reforma introducida en los artículos 13 y 20 del Estatuto de la entidad.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 145//03-PEN.
Por ello EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1 Apruébase la modificación introducida en el Estatuto de la OBRA SOCIAL DE LA
ASOCIACION CIVIL PRO SINDICATO DE AMAS
DE CASA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
RNOS N 0-0150-8, incorporando al artículo 13
el siguiente texto: La Obra Social tendrá la facultad de conformar Consorcios de Obras Sociales en los términos de la Resolución N 320/00 de la Superintendencia de Servicios de Salud y/o normas que en el futuro se dicten y al artículo 20 los incisos k y I que a continuación se transcriben:
k Conformar un Consorcio de Obras Sociales en los términos de la Resolución 320/00 de la Superintendencia de Servicios de Salud y/o normas que en el futuro se dicten, I Designar a las personas que integrarán el Organo Directivo del Consorcio de Obras Sociales de acuerdo a la Resolución N 320/00 de la Superintendencia de Servicios de Salud y/o normas que en el futuro se dicten.
Art. 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales para que proceda a su inscripción y, oportunamente, archívese. Rubén H. Torres.

Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 377/2003
Apruébase el Plan de Beneficiarios Adherentes presentado por la Obra Social para Pilotos de Líneas Aéreas Comerciales y Regulares.

CONSIDERANDO:
Que en el expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL
PARA PILOTOS DE LINEAS AEREAS COMERCIALES Y REGULARES R N.O.S. N 11570-6 a efectos de solicitar la aprobación del Plan de Adherentes, elaborado por la entidad, para incorporar a los pilotos de la actividad que hayan sido desafectados de las diferentes empresas aéreas.
Que, respecto al Plan Médico Asistencial implementado para dichos beneficiarios, la Gerencia de Control Prestacional ha emitido opinión a fs. 97 de la referida actuación, mediante Providencia N 1493/03.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, propiciando la aprobación del Modelo de Convenio fs. 122/124 y Régimen de Incorporación de Adherentes fs. 125/131 propuesto por el mencionado Agente del Seguro de Salud.
Que esta Superintendencia comparte el criterio sustentado por las áreas técnicas pertinentes.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N 1615/96 y 145/03 -P.E.N.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

Martes 17 de junio de 2003

3

co del organismo se proyecte acto administrativo prorrogando el mandato del Sr. Administrador Provisorio hasta el 30 de junio de 2003.
Que se ha emitido el Dictamen N 1228/03, producido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, aconsejando hacer lugar a lo solicitado.
Que esta Superintendencia comparte el criterio expuesto en el aludido Dictamen, correspondiendo en virtud de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 23.660, el dictado del acto administrativo que así lo fundamente.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 1615/
96 y 145/03-PEN, Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE
Artículo 1 Prorrógase el mandato del Administrador Provisorio Sr. Luis José Daldini, en la OBRA SOCIAL DE YACIMIENTOS CARBONIFEROS RNOS N 1-2500-4 desde el 31 enero de 2003 hasta el 30 de junio de 2003.
Art. 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, notifíquese y hágase saber al Registro Nacional de Obras Sociales, y oportunamente archívese. Rubén H. Torres.

Artículo 1 Apruébase el Plan de Beneficiarios Adherentes presentado por la OBRA SOCIAL
PARA PILOTOS DE LINEAS AEREAS COMERCIALES Y REGULARES R N.O.S. N 1-1570-6, obrante a fs. 78/93 y 122/131 del Expediente citado en el Visto.

Secretaría Legal y Técnica
Art. 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese al Registro Nacional de Obras Sociales a sus efectos y, oportunamente, archívese.
Rubén H. Torres.

Modifícase el Cuadro Tarifario aprobado por la Resolución Nº 39/2002, en relación con el punto 5, Separatas.

Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 385/2003
Prorrógase el mandato del Administrador Provisorio en la Obra Social de Yacimientos Carboníferos.
Bs. As., 10/6/2003
VISTO la Resolución 574/02-SSSalud y;
CONSIDERANDO
Que por la Resolución citada en el Visto se prorrogó la inscripción provisoria de la OBRA
SOCIAL DE YACIMIENTOS CARBONIFEROS RNOS N 1-2500-4 hasta el 30 de junio de 2003.- Extendiéndose el mandato de su Administrador Provisorio Sr. Luis José Daldini hasta el 31 de enero de 2003.
Que la resolución citada se dictó en la Actuación N 30.808/93-ANSSALCpos. 1 y 2, que se encuentra en sede ministerial con proyecto de acto administrativo propiciando la intervención de Obra Social de Yacimientos Carboníferos.
Que el 4 de mayo de 2003 se presenta el Sr.
Luis José Daldini, poniendo en conocimiento de esta Superintendencia que le fue bloqueada la cuenta de la Caja de Ahorros, de la Obra Social de Yacimientos Carboníferos imposibilitando tal situación el normal desenvolvimiento de la entidad.
Que desde su inscripción provisoria hasta la actualidad esa Obra Social ha operado bajo la dirección del mismo Administrador.

Bs. As., 10/6/2003

Que razones de operatividad y funcionamiento de la obra social hacen necesario el dictado de un acto administrativo prorrogando el mandato de su Administrador Provisorio.

VISTO el Expediente N 36.443/02-SSSALUD y la Resolución N 490/90 INOS; y
Que la Gerencia General a través de Memorando N 033/2003, ordena al servicio jurídi-

DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL
Resolución 4/2003

Bs. As., 13/6/2003
VISTO la nueva edición de Separatas publicadas por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y la Resolución S.L. y T. Nº 39
del 3 de septiembre de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se establecieron los precios para los servicios que brinda la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Que dentro de los mismos se encuentra la edición de Separatas de textos legales oportunamente publicados en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.
Que tal servicio específicamente tiene por objeto intensificar la divulgación de los textos legales, permitiendo el acceso directo a los mismos por parte de toda la población del país.
Que en atención a ello el precio del mismo deberá poseer características de económicamente accesible a los ciudadanos.
Que conforme lo establecido en el Punto 5 SEPARATAS del Cuadro Tarifario que se aprobara como Anexo I a la citada Resolución y la cantidad de páginas con que cuentan los ejemplares de la nueva edición de separatas, el precio que correspondería a cada una de ellas resultaría muy elevado, frustrando en consecuencia el objeto expresado precedentemente.
Que resulta entonces necesario adecuar el procedimiento de fijación de precios de Separatas editadas.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros.
918 del 17 de julio de 2001 y 1272 del 11 de octubre de 2001.
Por ello, EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º Modificar el Punto 5 SEPARATAS del Cuadro Tarifario aprobado como Anexo I
de la Resolución S. L. y T. Nº 39 del 3 de septiem-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/06/2003

Page count24

Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue06/07/2024

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