Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, viernes 13 de junio de 2003

Nº 30.171

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LEGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
DECRETOS
CONDONACION DE DEUDAS
Decreto 195/2003
Dispónese la condonación de las deudas que en concepto de saldo de precio e intereses pertinentes, adeuden a la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales Programa Arraigo los adquirentes de las tierras fiscales nacionales sitas en el territorio de la Provincia de Santa Fe, sobre las que se asienta el Barrio Las Lomas transferidas en el marco del mencionado Programa, con anterioridad al presente, y que se encuentran afectadas por las inundaciones ocurridas en el mes de abril de 2003.
Bs. As., 12/6/2003
VISTO las actuaciones tramitadas ante la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales - Programa Arraigo - relativas a la situación existente en el asentamiento Barrio Las Lomas, ubicado en la jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, y CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de la Ley Nº 23.967 y sus modificaciones se han adjudicado en venta a sus ocupantes tierras de propiedad del Estado Nacional, sus empresas, entes descentralizados y entes con participación total o mayoritaria del Estado Nacional en su capital o en la formación de las decisiones societarias.
Que la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales - Programa Arraigo ha implementado operatorias tendientes a regularizar la situación dominial de las tierras fiscales nacionales sitas en la Provincia de Santa Fe, a través de la transferencia de las mismas a las familias de escasos recursos que las ocupan con destino a vivienda única y permanente.
Que en el marco de dichas operatorias se han concedido a los adquirentes de las tierras, facilidades y financiamiento en el pago del precio de las transferencias, de acuerdo a las posibilidades económicas de aquéllos.
Que es de público conocimiento la situación de emergencia en la que se encuentra la Provincia de Santa Fe como consecuencia de las inundaciones ocurridas en el mes de abril del corriente año provocadas por el desborde del Río Salado, que causara daños permanentes en las viviendas y en los terrenos donde éstos se asientan.
Que en virtud de los efectos de dicho fenómeno, el HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION sancionó la Ley Nº 25.735, median-

PRESIDENCIA
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

te la cual se declaró zona de desastre por el plazo de CIENTO OCHENTA 180 días prorrogables por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a diversos departamentos de la Provincia de SANTA FE, adoptándose medidas excepcionales a fin de atender la situación de emergencia declarada.
Que mediante el Decreto Nº 971/03, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe ha dispuesto la condonación de los saldos de precio de todos los barrios construidos o administrados en el marco de Programas Provinciales, afectados por la emergencia hídrica.
Que resulta apropiado disponer la condonación de las deudas que en concepto de saldo de precio e intereses pertinentes, adeuden a la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales - Programa Arraigo - los adquirentes de las tierras fiscales nacionales sitas en el territorio de la Provincia de Santa Fe, sobre las que se asienta el Barrio Las Lomas, transferidas en el marco del Programa Arraigo con anterioridad al presente y que se encuentran afectadas por las referidas inundaciones.
Que, asimismo, resulta necesario facultar a la MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL a determinar los beneficiarios de la presente medida, individualizando parcela, manzana, sector, lote y superficie de los inmuebles afectados.
Que la crítica situación descripta, hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes, resultando de toda urgencia y necesidad el dictado del presente.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º Condónanse las deudas que en concepto de saldo de precio adeuden a la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales - Programa Arraigo - los adquirentes de las tierras fiscales nacionales sitas en el territorio de la Provincia de Santa Fe, sobre las que se asienta el Barrio Las Lomas, transferidas en el marco del Programa Arraigo con anterioridad a la presente y que se encuentran afectadas por las inundaciones ocurridas en el mes de abril de 2003 como consecuencia del desborde del Río Salado.
Art. 2º Quedan comprendidos en la condonación que establece la presente, los importes en
DE LA

NACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

JORGE EDUARDO FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENT
OS, ALIMENT
OS Y
MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
TECNOLOGIA MEDICA
Disposición 3154/2003-ANMAT
Adecuación del fondo rotatorio en la Jurisdicción 80 - Ministerio de Salud y Acción Social - Servicio Administrativo Financiero 904.

14

ASIGNA
CIONES FFAMILIARES
AMILIARES
ASIGNACIONES
Decreto 197/2003
Duplícase por el término de noventa 90 días el monto de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, que corresponde abonar a los trabajadores en relación de dependencia y a los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y del Seguro por Desempleo, con domicilio en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe previstos en la zona de desastre declarada por el artículo 1º de la Ley Nº 25.735.
COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES
Decreto 189/2003
Asígnase al Interventor del mencionado organismo descentralizado las funciones y facultades del Directorio. Modificación del Decreto Nº 167/2003.

2

4

CONDONA
CION DE DEUD
AS
CONDONACION
DEUDAS
Decreto 195/2003
Dispónese la condonación de las deudas que en concepto de saldo de precio e intereses pertinentes, adeuden a la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales Programa Arraigo los adquirentes de las tierras fiscales nacionales sitas en el territorio de la Provincia de Santa Fe, sobre las que se asienta el Barrio Las Lomas transferidas en el marco del mencionado Programa, con anterioridad al presente, y que se encuentran afectadas por las
concepto de intereses compensatorios, moratorios y punitorios así como cualquier otra suma que pudiera adeudarse a la fecha, originada en las operatorias de transferencia de las tierras afectadas por las mencionadas inundaciones.
Art. 3º Como consecuencia de la condonación dispuesta, considéranse abonados íntegramente los precios de las transferencias mencionadas en el artículo 1º del presente.
Art. 4º Facúltase a la MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL a determinar los beneficiarios de la presente medida, individualizando parcela,
DOMICILIO LEGAL Suipacha 767
1008 Capital Federal
Pág.
inundaciones ocurridas en el mes de abril de 2003.

1

EMERGENCIA OCUP
ACIONAL
OCUPA
Decreto 198/2003
Facúltase al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que establezca el pago de la prestación prevista en los artículos 118 y 119 de la Ley Nº 24.013 a los trabajadores dependientes de empresas ubicadas en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe declarados zona de desastre, que hubieran sido suspendidos por fuerza mayor y vieran interrumpido el pago de sus remuneraciones por causa de dicha situación. Plazo.

2

FERR
OCARRILES METR
OPOLIT
ANOS
FERROCARRILES
METROPOLIT
OPOLITANOS
Decreto 179/2003
Modifícase el Decreto Nº 242/2003, estableciéndose que la mencionada Sociedad Anónima en liquidación atenderá con cargo a las partidas específicas de sus créditos presupuestarios los emolumentos correspondientes al Liquidador.

3

MINISTERIO DE DESARR
OLLO SOCIAL
DESARROLLO
Decreto 200/2003
Considérase incluida a la titular del citado Departamento de Estado, en los beneficios acordados por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios.

2

MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SER
VICIOS
SERVICIOS
Decreto 180/2003
Concédese a su titular la compensación creada por el Decreto Nº 1840/
86, sus modificatorios y complementarios.

4

Decreto 186/2003
Desígnase Subsecretario Legal.

4

Continúa en página 2

manzana, sector, lote y superficie de los inmuebles afectados.
Art. 5º Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Ginés M. González García. Daniel F.
Filmus. Rafael A. Bielsa. Gustavo O. Beliz.
Carlos A. Tomada. Julio M. De Vido.
Aníbal D. Fernández. José J. B. Pampuro.
Alicia M. Kirchner.

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/06/2003

Page count48

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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