Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 2 de julio de 2010
MINISTERIO de JUSTICIA

RESOLUCION N 140
Córdoba, 25 de junio de 2010.VISTO: La convocatoria a Concurso Provincial formulada en la Resolución 0137/09 .
Y CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa "La Influencia del Pensamiento Jurídico Cordobés en la Ciencia del Derecho y la Legislación Nacional", se convocó a Concurso Provincial a fin de conceder el "Premio Dr. Agustín Díaz Bialet" a los mejores trabajos de investigación sobre los temas establecidos en las bases del Concurso, cuyos requisitos y modalidades se detallan en el Anexo Único de la citada Resolución.
Que originariamente se fijó como plazo de entrega de los trabajos, el día viernes 12 de Febrero de 2010 a las 18,00 hs., plazo éste que fue prorrogado mediante Resolución N 0266/09 de fecha 17 de Noviembre de 2009 hasta el 25 de Junio de 2010.
Que el Director de Política Judicial y Reforma Procesal solicita se disponga una nueva prórroga del plazo establecido fundándose en la "conveniencia de receptar mayor cantidad de trabajos" dada las numerosas consultas efectuadas por los interesados en los últimos días, los que hicieron saber que carecían del tiempo suficiente para la confección de sus trabajos.
Por ello, y las atribuciones conferidas por la Ley Nro. 9454,;
EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-PRORRÓGASE hasta el 10 de Diciembre de 2010 a las 18 hs. el plazo para la presentación de trabajos inéditos sobre los temas establecidos en las bases del Concurso Provincial a fin de conceder el "Premio Dr. Agustín Díaz Bialet", convocado en la Resolución 0137/09.
ARTICULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. LUIS E. ANGULO
MINISTRO DE JUSTICIA
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - ERSeP

RESOLUCIÓN N 1045
Córdoba, 15 de junio de 2010.Y VISTO: El Expediente Nº 0521-027236/2009/
R1, vinculado con la presentación promovida por la Cooperativa de Agua Corriente y Servicios Públicos de Villa General Belgrano Ltda. por la cual solicita, en forma conjunta con la Municipalidad de la misma localidad, la revisión de los valores de los cuadros tarifarios vigentes.Y CONSIDERANDO:
Que, en relación a lo antes mencionado, obran en las referidas actuaciones la solicitud promovida por la Cooperativa de Agua Corriente y Servicios Públicos de Villa General Belgrano LDTA Trámite Nº 457509 059 69 909 y ratificada con un pedido de la Municipalidad de la misma localidad.
Que, atento a la normativa vigente, corresponde al ERSeP el tratamiento de la cuestión planteada en virtud de ser un servicio regulado en virtud del artículo 22 de la Ley Nº 8835 Carta del Ciudadanoque dispone El ERSeP tendrá como cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el ámbito de un solo municipio o comuna Que, por su parte, el articulo 25 inciso h del cuerpo legal precitado establece que es competencia de este Organismo, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores -

Que, asimismo, resulta aplicable en los casos el marco normativo que rige la materia, esto es, el Decreto Nº 529/1994 -Marco Regulador de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en la Provincia de Córdobael que, en su articulo 2 Ámbito de Aplicaciónestablece: Se define como ámbito de aplicación a todo el territorio de la Provincia de Córdoba, y en su artículo 5 Alcances de la Normativadispone: Este Marco Regulador es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en el ámbito de aplicación definido en el Artículo 2 . Los decretos, reglamentos y ordenanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la promulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria; y el Decreto 4560 C 1955
Reglamentación de Servicios Sanitarios por ParticularesQue al respecto, el artículo 43 del Decreto 529/94
Modificaciones de Precios y Tarifasestablece Los precios y tarifas podrán sufrir ajustes derivados de cambios en las condiciones de prestación, Que en relación a las presentaciones promovidas por la prestadora arriba mencionada, luce agregada en autos, entre otros, la siguiente documentación: a En el marco de la Solicitud de actualización de la autorización para la prestación del servicio se requiere la fijación de tarifas; c Información relativa a la prestadora relacionada con la situación tarifaria; d Informe de la Unidad de Costos y tarifas y e Informe del Area Técnica..-

Que a fs. 12/17 se incorpora informe de la Unidad de Costos y Tarifas, el cual concluye:
Desde un punto de vista económico, se puede observar el incremento sufrido por los indicadores más representativos de los costos de la Prestadora.
Si bien el análisis del Informe no determina con precisión la variación real de los costos sufridos por la Prestadora, pone en evidencia la distorsión de precios relativos que está atravesando la Cooperativa, todo ello sumado a que los valores actuales de la tarifa no han sido actualizados desde Junio de 2007.
En virtud de lo previamente expuesto, se considera pertinente llamar a Audiencia Pública con la finalidad de evaluar las modificaciones necesarias en la Estructura Tarifaria de las Prestaciones
Que por su parte el Área Técnica a fs.18/37
concluye en que: 4.1.- De acuerdo con los antecedentes obrantes en ésta Gerencia, el Sistema Operado por la Cooperativa de Aguas Corrientes y Servicio Públicos de Villa General Belgrano Limitada, es CONFORME a Normas Técnicas y Legales, y no se encuentran impedimentos Técnicos para el Tratamiento Tarifario.
Que, en otro orden de cosas, el artículo 20
de la Ley Nº 8835, según modificación introducida por la Ley Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá convocar a audiencia pública cuando el informe o tratamiento se relacione con la modificación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación.Que así las cosas, y sin que ello implique una valoración técnica de los informes precitados, lo cual resulta ajeno a la función de esta Unidad de Asesoramiento Legal en Agua y Saneamiento, no se advierten obstáculos para convocar a audiencia pública a los fines del tratamiento de la solicitud de revisión de los valores de los cuadros tarifarios de los referidos prestadores.
Respecto a lo anterior, el Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por Resolución General ERSeP Nº 10/2007, dispone que, por resolución del Directorio, se deberá convocar a Audiencia Pública con mención de su objeto, lugar y fecha de celebración, lugar en donde se puede recabar información, y plazo para la presentación de la solicitud de participación de los interesados.Que a mayor recaudo y de modo complementario a las previsiones contenidas en el artículo 7 del Reglamento General de Audiencia Pública, relativas a la publicidad de la convocatoria, y teniendo en cuenta la distribución geográfica de los prestadores del servicio en el ámbito territorial provincial, es opinión de esta Unidad de Asesoramiento Legal en Agua y Saneamiento que resulta conveniente se realice una amplia difusión de la misma por medios gráficos y otros medios de comunicación, con la finalidad de propender una amplia participación de usuarios e interesados.Que por todo ello, lo expuesto en el Informe Técnico de fecha 4/06/2010 y el Dictamen Nº 101/2010 de la Unidad de Asesoramiento Legal en Agua y Saneamiento de la Gerencia Legal y Técnica en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 21 y siguientes de la Ley N
8835 Carta del Ciudadano,
EL DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP;
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: CONVÓCASE a Audiencia Pública a los fines del tratamiento de la modificación de los valores del cuadro tarifario vigente correspondiente al Servicio de Agua Potable a cargo de la prestadora Cooperativa de Agua Corriente y Servicios Públicos de Villa General Belgrano Ltda, conforme al Anexo Único que en una foja útil se integra a la presente.
ARTÍCULO 2: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, hágase saber y dése copia.DR. RODY W. GUERREIRO
PRESIDENTE
DR. LUIS G. ARIAS
VICEPRESIDENTE
CR. ALBERTO L. CASTAGNO
DIRECTOR
DR. JUAN PABLO QUINTEROS
DIRECTOR
DR. ROBERTO A. ANDALUZ
DIRECTOR
Resolución Nº 1045/2010
ANEXO ÚNICO.OBJETO: Tratamiento de la solicitud de revisión de los valores de los cuadros tarifarios vigentes, correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable Cooperativa de Agua Corriente y Servicios Públicos de Villa General Belgrano Ltda.LUGAR Y FECHA: Centro de Jubilados, sito en calle San Vicente Pallotti Nº 24 de la Localidad de Villa General Belgrano Miércoles 21 de julio de 2010 - 10:30 hs.LUGARES EN DONDE SE PUEDE
RECABAR MAYOR INFORMACIÓN: ERSeP, Rosario de Santa Fe 238, Córdoba.PLAZO Y LUGAR PARA LA PRESENTACIÓN
DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y
PARA LA PRESENTACIÓN DE PRETENSIONES Y PRUEBA: Martes 20 de julio de 2010; ERSeP, Rosario de Santa Fe 238, Córdoba.PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA
PÚBLICA SEGÚN RESOLUCIÓN
GENERAL ERSeP Nº 10/2007:
1 Apertura de la Audiencia Pública y lectura de la convocatoria.2 Exposición sucesiva de cada participante a los fines de la ratificación, rectificación, fundamentación o ampliación de su presentación, incorporación de documental o informes no acompañados al momento de la inscripción.3 Cierre de la Audiencia Pública y firma del Acta respectiva.4 Elaboración de un Informe concerniente a lo actuado en la Audiencia Pública.5 Dictado del correspondiente acto administrativo dentro del plazo de treinta 30 días corridos de la clausura de la Audiencia Pública prorrogables por hasta quince 15 días más.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/07/2010

Page count10

Edition count4178

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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