Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 27 de julio de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLVI - Nº 139
CORDOBA, R.A. MARTES 27 DE JULIO DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS

PODER EJECUTIVO

Mejoramiento de redes viales sin pavimentar CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 19
Departamento Marcos Juárez
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 5
Departamento Río Segundo
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 9
Departamento San Justo
Resolución Nº 50

Resolución Nº 53

Resolución Nº 52

Córdoba, 29 de marzo de 2010

Córdoba, 29 de marzo de 2010

Córdoba, 29 de marzo de 2010

Expediente Nº 0045-015149/09.-

Expediente Nº 0045-015135/09.-

Expediente Nº 0045-015139/09.-

VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00151/
10 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 19 - DEPARTAMENTO:
MARCOS JUÁREZ y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 19, por la suma de $ 952.095,15.

VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00129/
10 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN
DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 5 - DEPARTAMENTO: RÍO SEGUNDO, y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 5, por la suma de $ 1.669.667,72.

VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00119/10
se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 9 DEPARTAMENTO: SAN JUSTO y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 9, por la suma de $ 855.439,61.

Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar el Proyecto, Pliegos y Cómputo Métrico de la obra de que se trata, así como su Presupuesto Oficial, el que asciende a la suma de $ 952.095,15.
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 19, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 86.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N

Que la citada Dirección ha procedido a aprobar el Proyecto, Pliegos y Cómputo Métrico de la obra de que se trata, así como su Presupuesto Oficial, el que asciende a la suma de $
1.669.667,72.
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 5, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 90.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13
de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar el Proyecto, Pliegos y Cómputo Métrico de la obra de que se trata, así como su Presupuesto Oficial, el que asciende a la suma de $ 855.439,61.
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 9, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 89.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13
de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de
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Decreto Nº 854
Córdoba, 10 de junio de 2010
VISTO: El expediente Nº 0416-042145/
05 en el cual la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 579/09 y su rectificatoria Nº 0126/10, la aprobación del Contrato de Concesión del Servicio de Provisión de Agua Potable celebrado con fecha 23 de noviembre de 2009 entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba representado en ese acto por el entonces Subsecretario de Recursos Hídricos, y la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Cabana Limitada, representada por su Presidente y su Secretario .
Y CONSIDERANDO:
Que en el referido Contrato, se establece la modalidad de prestación del servicio, los derechos y obligaciones de las partes, el plazo de duración, la posibilidad de asesoramiento, de cobro de la tarifa por parte de la concesionaria y de inspección por parte del poder concedente en distintas materias, la rescisión en caso de incumplimiento, y el pago de canon a favor de la Subsecretaría por el uso de los recursos hídricos.
Que según constancias obrantes a fs. 243/
246 se encuentra acreditada la personería jurídica de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Cabana Limitada, como asimismo la de las autoridades que la presiden.
Que a fs. 271 de autos obra Acta Nº 367
en la que consta la ratificación de la autorización respectiva a los firmantes del Contrato.
Por ello, las previsiones de los artículos 21-inciso 2, 23 -inciso 6, 24 y 26 -inciso 1 de la Ley 7850 y sus decretos reglamentarios, Marco Regulador para la prestación del Servicio Público de Agua Potable, Decreto Nº 529/94, Ley Nº 8836, CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date27/07/2010

Page count4

Edition count4178

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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