Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/04/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 76
CORDOBA, R.A., LUNES 18 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 174/16,
de Crédito Presupuestario Compensación Interinstitucional N 12 de la Secretaría General de la Gobernación el que como Anexo I con una 1 foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modificación
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

ANEXO: http goo.gl/DTOjdn
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS

ERSeP

Resolución General N 15
Córdoba, 13 de Abril de 2016.Ref: Expediente Nº 0521-050147/2016.
Y VISTO: El expediente N 0521-050147/2016, por el que tramita la aprobación de la Memoria Anual y el Balance General del ERSeP correspondientes al período dos mil quince, elaborados a tenor del artículo 28 inciso b de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano-.
Y CONSIDERANDO:
I Que la Ley N 8835 -Carta del Ciudadanoprevé la creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos, con carácter de ente autárquico, personería jurídica de derecho público, con capacidad para actuar pública y privadamente, individualidad financiera y patrimonio propio, dentro del ámbito del Poder ejecutivo.
Que en este sentido el artículo 28 del plexo normativo citado, establece dentro de las atribuciones del Directorio del ERSeP, a saber, Atribuciones. El Directorio del ERSeP tendrá las siguientes atribuciones: b Elaborar anualmente la memoria y balance..
Que en esta inteligencia la Orden de Servicio ERSeP N 07/2001 establece en su artículo 1 a saber, El ejercicio económico-financiero del ERSeP cerrará el 31 de diciembre de cada año, debiendo el Directorio elaborar la memoria y balance correspondientes dentro de los noventa 90 días corridos de la fecha de cierre del ejercicio. La memoria y balance serán publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, Juntamente con la resolución del Directorio que los apruebe.
Dichos instrumentos serán comunicados al Tribunal de Cuentas de la Provincia a sus efectos, poniéndose a su disposición los comprobantes que respalden sus constancias..
II Que del expediente de referencia surgen; las presentaciones correspondientes a cada uno de los sectores del ERSeP expresando las actividades que desarrollaron durante el curso del año 2015, Memo 001/2016 donde se eleva el Balance General al 31 de diciembre de 2015 emitido por el Departamento de Administración y Economía, y el informe del Departamento de Asuntos Legales emitiendo opinión al respecto.

Que conforme las constancias de autos, se observa un acabado cumplimiento de todas las normativas aplicables a la temática expuesta, resultando correcto la valoración de la Memoria Anual y el Balance General del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP a los efectos de su aprobación.
III Que en virtud del art. 1 de la Resolución General ERSeP Número Uno de fecha 8/05/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/04, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, el Informe del Departamento de Asuntos Legales incorporados al expediente de la referencia, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS E.R.Se.P., R E S U E LV E :
Artículo 1º: APRUÉBASE la Memoria Anual y el Balance General del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP correspondientes al periodo transcurrido entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre del año dos mil quince, instrumentos que, como Anexos A y B se incorporan a la presente resolución.
Articulo 2: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia con sus anexos y comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia a sus efectos, poniéndose a su disposición los comprobantes que respaldan sus constancias. Dése copias y archívese.
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ, VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO, DIRECTOR / DRA. MARÍA FERNANDA LEIVA, DIRECTOR

ANEXO: http goo.gl/L6NaaX

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. 0351 4342126 / 27
BOE - TEL. 0351 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
SUBDIRECTOR DE JURISDICCIÓN: CR. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/04/2016 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data18/04/2016

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4187

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione26/07/2024

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