Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 70
CORDOBA, R.A., VIERNES 8 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de la firma interviniente, deviene procedente 7c/ convalidación de lo actuado y su reconocimiento, declarándolos de legítimo abono y autorizando el pago del importe adeudado por la suma de $3.821.345,00 a favor del señor ORELLANA ARMANDO JOSÉ DEL VALLE, debiéndose efectuar su pago a través de la Secretaría General de la Gobernación.

Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N
2016/000045 que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado demanda.

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por la Ley Provincial N 10.267, por Decreto 82/2015, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales del entonces Ministerio de Infraestructura con el N 546/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 1101/2015y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA
Articulo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad; RECONOCENSE los trabajos ejecutados en la zona de Sierras Chicas como consecuencia de las inundaciones que sufriera la región en el mes de febrero del año 2015, efectuados por ORELLANA
ARMANDO JOSÉ DEL VALLE CUIT N 20- 23963171-2, DECLÁRASE de legitimo abono la suma de Pesos Tres Millones Ochocientos Veintiún Mil Trescientos Cuarenta y Cinco $3.821.345,00, adeudada por dicho concepto y AUTORÍZASE el pago cancelatorio de la Factura
Decreto N 291
Córdoba, 1 de abril de 2016
VISTO: El expediente Nº 0719-060305/2016 del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra incorporado CONVENIO DE
COMISIONES POR SERVICIO DE PAGO DE HABERES A AGENTES ACTIVOS Y PASIVOS ENTRE EL MINISTERIO DE FINANZAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA Y EL BANCO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
S.A., el cual fuera suscripto en la ciudad de Córdoba a 7 días del mes de marzo de 2016, ad referéndum del Poder Ejecutivo por el Banco de la Provincia de Córdoba, representado por el Señor Director Titular de la citada entidad y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, representada por el Señor Ministro de Finanzas.

Que por el citado Convenio las partes convienen que por el servicio de pago de haberes a jubilados y pensionados y a los agentes de la Administración Pública Provincial, centralizada, descentralizada, entes autárquicos, agencias, sociedades y empresas del Estado, se abonará al Banco la suma de pesos diez $ 10.- por cada acreditación en la cuenta caja de ahorros del jubilado, pensionado y/o agente, con más el monto correspondiente al Impuesto al Valor Agregado IVA o aquél que en el futuro lo sustituya.

Que asimismo, las partes acuerdan abonar mensualmente al Banco la BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

B N 0003- / 00000009 de fecha 9 de septiembre de 2015, la que como Anexo I, compuesto de una 1 foja útil, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2.- IMPÚTASE el egreso por la suma total de Pesos Tres Millones Ochocientos Veintiún Mil Trescientos Cuarenta y Cinco $
3.821.345,00, con cargo a Jurisdicción 1.20, Programa 201-002, Partida 12.06.00.00 del P. V, conforme lo indica Documento Contable Nota de Pedido N 2016/000045.

Artículo 3o.- FACULTASE a la señora Secretaria General de la Gobernación, a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes, a los fines afrontar las erogaciones que por el presente acto administrativo se legitiman, en un lodo de acuerdo con las previsiones de la Ley Provincial N 10.267.

Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por, el señor Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y por el señor Fiscal de Estado y será firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 5o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial pase a la Secretaría General de la Gobernación a sus efectos y archívese. Fdo: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR.
JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO: http goo.gl/BAJbhr
suma de pesos diez $ 10.- por cada acreditación al establecimiento educativo privado de la Provincia de Córdoba en concepto del aporte estatal en el marco de las Leyes N 9870 y 10012.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 144 inciso 1º y 147 de la Constitución Provincial y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales del Ministerio de Finanzas al Nº 123/16 y por Fiscalía de Estado al Nº 0136/16
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1.- APRUÉBASE en todas sus partes el Convenio celebrado entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Ministro de Finanzas y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. representado por el Señor Director Titular, el que como Anexo I con tres 3 fojas útiles, forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3.-PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo: Juan Schiaretti, Gobernador / Lic. Osvaldo E. Giordano, Ministro de Finanzas / Dr. Jorge Eduardo Córdoba, Fiscal de Estado ANEXO http goo.gl/JB9xsE

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2016 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data08/04/2016

Conteggio pagine8

Numero di edizioni4187

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione26/07/2024

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