Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/10/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

Decreto Nº 791

Córdoba, 21 de setiembre de 2010

VISTO: Las actuaciones mediante las cuales se gestiona la designación de los profesionales Coordinadores del Programa Provincial de Detección Auditiva Temprana.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N 9564, la Provincia de Córdoba adhiere al Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de Hipoacusia, como así también, incluye en sus alcances y efectos al Programa de Detección Auditiva Temprana vigente en el ámbito de esta Cartera.
Que a tal efecto es menester proceder al dictado del instrumento legal pertinente en orden al requerimiento formulado.
Por ello en uso de atribuciones, EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1.- DESIGNANSE a partir de la fecha del presente instrumento legal, como Coordinadores en las Areas de Fonoaudiología y Otorrinolaringología del Programa Provincial de Detección Auditiva Temprana, dependientes de esta Jurisdicción Ministerial a los profesionales que se detallan a continuación:
Lic. Gladys Etel FERNÁNDEZ DE SOTO, M.I. N 12.244.030, cargo 72-511-35 del Hospital Materno Neonatal.
Dr. Fernando ROMERO ORELLANO, M.I. N 21.397.437, cargo 71-601-35 del Hospital de Niños de la Santísima Trinidad.
2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO DE SALUD

CÓRDOBA, 1º de octubre de 2010

DIRECCIÓN de INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS

Resolución Nº 388
Córdoba, 16 de Septiembre de 2010
VISTO: El Expediente Nº 0640-000087/2010 en el cual constan actuaciones referidas a la Entidad CLUB ATLETICO Y
BIBLIOTECA DEFENSORES DE BELGRANO, con asiento en la Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:
Que se presentan un grupo de personas, quienes manifiestan ser socios de la Entidad, CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA
DEFENSORES DE BELGRANO, con asiento en Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba y solicitan se designe una Comisión Normalizadora, denunciando una situación de acefalía e irregularidad institucional.Que conforme lo manifiesta el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones en el Informe Técnico la Entidad posee Personería Jurídica otorgada por Decreto N 45219 A de fecha 22 de Noviembre de 1940.Que de nuestros registros surge que la fecha de cierre del ejercicio económico opera el 31 de Diciembre de cada año, adeudándose asimismo se advierte que el último acto social realizado por dicha entidad, es una asamblea ordinaria de fecha 14 de Julio de 2005. A la fecha las autoridades de la entidad de marras se encuentran con los mandatos vencidos y adeudándose los balances correspondientes a los cierres de ejercicios correspondientes a los años 31/12/2005 al 31/12/2009 inclusive, por lo tanto la Institución se encuentra en la situación prevista en el Inc. j, Apartado 2 del Art. 10 de la Ley Nº 8652.Que se estiman cumplidos los requisitos formales y legales con
relación a la solicitud de designación de Comisión Normalizadora de la Entidad CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA DEFENSORES
DE BELGRANO.En consecuencia y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 2 y 10 y concordantes de la Ley Nº 8652, EL DIRECTOR DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA
DEFENSORES DE BELGRANO, con sede legal en la Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba, a los Señores: Osvaldo Enrique MORONI, D.N.I. Nº 5.074.474, Walter Javier PEPICELLI, D.N.I.
Nº 25.426.368 y José Luis LERDA D.N.I. Nº 12.923.540, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones para la anotación de la medida en el registro pertinente y archívese.DR. RUBÉN OMAR DI FIORE
DIRECTOR DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Acuerdo Reglamentario Nº 134.
Villa María, a veintiun días de septiembre de dos mil diez Y VISTOS: Estos autos caratulados INSCRIPCIONES Y CONFECCIÓN DE LISTAS DE
SÍNDICOS, CO-ADMINISTRADORES, ESTIMADORES Y ENAJENADORES - LEY 24.522
Expte. letra I; Nº 02; 1995.Y CONSIDERANDO:
1 Que mediante Acuerdo Reglamentario Nº 958, Serie A, del 9/12/2008, dictado por el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, se fijaron pautas uniformes para la confección de los listados de categorías de sindicaturas concursales para todas las Circunscripciones Judiciales, en el marco de las previsiones establecidas por la Ley de Concursos y Quiebras Nº 24.522 Reglamento Único. En su mérito, esta Cámara dictó el Auto Nº 55, del 31 de marzo de 2009 fs. 5473/5474
vta., efectuando la convocatoria a partir del 20/04/2009 hasta el 15/05/2009, luego prorrogado hasta el 19/06/2009 -auto Nº 83 del 07/05/2009, fs. 5522/5522 vta. para la inscripción de aspirantes a integrar las Listas de Síndicos, diez 10 Titulares y siete 7 Suplentes, con diferentes listados para cada uno de los cuatro Juzgados Concursales de la Sede, sólo Categoría B, y por el período de cuatro 4 años art. 253, LCQ.. A fs. 5916, obra la presentación por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, acompañando los legajos y solicitudes de inscripción 60 de los profesionales en Ciencias Económicas, aspirantes a integrar las listas de Síndicos Concursales para la Cuarta Circunscripción Judicial fs.5541/5915, que fueran oportunamente remitidos al Área de Servicios judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia fs. 5917/5919. Que, confeccionado el orden mérito de los postulantes a Síndicos correspondientes a la categoría B, por el Área de Recursos Humanos Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones fs, 5983, y remitida que fuera a esta Cámara por el responsable del Área de Servicios Judiciales, junto a los legajos individuales de cada profesional; debe procederse a la formación de los Agrupamientos a los fines de la formación de las listas.
2 Previo a ello es necesario efectuar algunas precisiones en orden al Reglamento Único y las sugerencias efectuadas desde el Área de Servicios Judiciales. a El Tribunal había dispuesto la integración de dos agrupamientos 40 titulares y 28 suplentes -en atención a las necesidades de los cuatro juzgados con competencia comercial existentes en la sede que hacían un total de sesenta y ocho Síndicos a designar. b Los inscriptos y calificados totalizan la cantidad de sesenta 60 postulantes, entre los cuales cincuenta y nueve 59 han acreditado antigedad y especialidad,
con excepción de la Cra. Fabiana Elizabeth CAMINOS, quien acreditó la antigedad requerida, mas no la Especialidad y domicilio en la circunscripción fs. 5981. c De los cincuenta y nueve restantes veintinueve, han acreditado domicilio real y profesional en la circunscripción, mientras que los demás declararon domicilio real y profesional en otras circunscripciones de la Provincia d Así, a tenor del art. 10 del Ac. Regl., la LISTA CATEGORÍA B s/ se resolviera oportunamente en nuestra circunscripción: fs. 5473/5474 vta., quedará conformada como sigue: TITULARES: la integrarán la totalidad de aspirantes con domicilio real y profesional en la circunscripción, esto es los primeros veintinueve 29, y como dicho número resulta insuficiente, tal agrupación se completará con los primeros once 11 siguientes N30 al N40 inclusive, que cuentan con especialidad y domicilio en otras circunscripciones de la provincia art. 11, Ac. Regl., todo conforme el Orden de Mérito que se transcribe infra, confeccionado al efecto en base al remitido por la Oficina de Concursos fs. 5982/5983. SUPLENTES: Este grupo tal como dispusiera esta Cámara en su oportunidad fs. 5473/5474 vta., necesitaba de veintiocho 28 postulantes; pero ante la insuficiencia de inscriptos, quedará conformado con los veinte 20 restantes N 41 al 60 inclusive; a distribuir proporcionalmente entre los cuatro Juzgados 5 suplentes para c/u; todo según el Orden de Mérito que sigue:
N 01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
21
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Nombre Avedano, Alejandro Marcelino Bachiochi, Daniel Eduardo Balduzzi, Víctor Raúl Brusa, Nelbi Sandra Caballero, Javier Alberto Chiavassa, Roberto Omar Conci, María Cecilia Ana Datta, Alberto Enrique García, Carola Andrea Giraudo, Norberto Emilio Gómez, Jorge Raúl Grasso, Jorge Carlos Kohan, Ariel Héctor Mainero, Valeria Elisa Martinetti, Alfredo Lalo Masciotta, Marcelo Oscar Mugica, Juan Carlos
Matrícula 10.05785.2
10.05281.9
10.03162.3
10.08518.7
10.12781.8
10.04295.5
10.05504.7
10.02213.7
10.10890.1
10.02730.9
10.09121.6
10.04023.2
10.11667.8
10.12586.7
10.08791.6
10.05832.9
10.02330.7

Domicilio Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María Villa María
Puntaje 2,000
2,000

10,050
4,000

50,050

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/10/2010 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data01/10/2010

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4196

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione08/08/2024

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