Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 11 de Marzo de 2021.-

lote 25 de la Fracción A de la Colonia Presidente Manuel Quintana, donde funciona el establecimiento ganadero La Porfía;
Por ello y atento a los Dictámenes DAL-CAP-Nº 063/19, emitido por la Dirección de Asesoría Legal del Consejo Agrario Provincial, obrante a fojas 348 y SLyT-GOBNº 867/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 367/371.LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- SUSCRÍBASE el Título de Propiedad a favor del señor Carlos Alberto HERMOSO D.N.I
Nº 7.615.108, sobre la superficie de 4.016 has., 38 as., 39 cas., ubicadas en parte mitad E legua a, Centro mitad O y E.
legua b del lote 24, Centro parte O.S. y ángulo N.E. legua a, parte N. legua d del lote 25 de la Fracción A de la Colonia Presidente Manuel Quintana, donde funciona el establecimiento ganadero La Porfía.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 3º.- PASE al Consejo Agrario Provincial a sus efectos, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO Nº 1344
RÍO GALLEGOS, 27 Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente MTEySS N 524.769/20, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 22/24 obra Resolución Ministerial N 650/
MTEySS/20 de fecha 27 de noviembre del corriente año mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado en reuniones virtuales con fecha 24 y 26 de noviembre del 2020 mediante la plataforma denominada ZOOM entre el PODER EJECUTIVO representado en este acto por la señora Claudia Alejandra MARTÍNEZ en carácter de Ministra Secretaria General de la Gobernación, la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO
A.T.E. representada en este acto por el señor José NAVARRO y la ASOCIACIÓN PERSONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN PUBLICA A.P.A.P. representada en este acto por la señora Mirta SANDOVAL, la cual se adjunta como Anexo al presente;
Que, en dicho acuerdo se pactó un incremento en un cinco por ciento 5% al básico a partir del mes de octubre para el personal activo y pasivo de la Administración Pública Central Ley N 591, Ley N 1200, Ley N 1795
y C.P.S., tomando como base los haberes del mes de septiembre del año 2020 y asimismo se acordó incrementar un cuatro por ciento 4% al básico para el personal activo y pasivo de la Administración Pública Central Ley N 591, Ley N 1200, Ley N 1795 y C.P.S., tomando como base los haberes del mes de octubre del 2020 a percibir con los haberes correspondientes al mes de enero del año 2021;
Que, en cuanto a las recategorizaciones, se acordó una 1 categoría cada tres 3 años desde la última recategorización para los agentes que se encuentran bajo la Ley N 591 con fecha de corte al 31 de diciembre del año 2020;
Que, se pactó el pase a planta permanente de los agentes que prestan servicios en el ámbito de la Administración Pública Provincial y que se encuentren bajo modalidad de contrato según el Decreto N 2996/03 pertenecientes a las Leyes N 591, N 1200 y N 1795 que al día 31 de diciembre del 2019 detenten una antigedad de seis 6
meses o más de contrato;
Que, se acordó la exclusión de los códigos N 228 y N 229 para los topes de la asignación familiar por hijo a partir del 1º de octubre del 2020;
Que, se incrementó el veinte por ciento 20% en el código 223 Dedicación Exclusiva para los agentes que se desempeñen bajo el régimen horario de cuarenta y cuatro; 44 horas semanales - Full Timea partir del 1º de octubre del corriente año;
Que, así también se acordó modificar la base de cálculo que se toma para la liquidación del código 229 - Reestructuración funcional de la siguiente manera: Ley N 1200 y Ley N 1795 en todos sus agrupamientos a cincuenta y cinco por ciento 55% del básico de la Categoría 17 a partir del 1º de octubre del año 2020; Incorpo-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5539 DE 10 PAGINAS

rar a partir del 1º de octubre del corriente año al personal transfusionista THS de los hospitales provinciales al adicional Remunerativo Banco de Sangre que se abona bajo el código 270 y modificar la actual base de cálculo al veinticinco por ciento 25% del básico de la Categoría 17 para el Código Auxiliares de la Educación Código 285 a partir del 1º de noviembre del 2020;
Qué asimismo, el Poder Ejecutivo ante la solicitud de los gremios de fijar próxima fecha paritaria, el mismo propone que la próxima reunión paritaria sea fijada para el día 19 de febrero del 2021 en lugar y horario a confirmar destacando que la presencialidad estará supeditada a la situación epidemiológica y lo que sugieran las autoridades sanitarias al respecto por lo que los gremios aceptan la propuesta;
Que cabe mencionar que, en atención a la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud por la trasmisión del virus SARS CoV-2 se dictó mediante Resolución N 516/MTEySS/2020 de fecha 1º de octubre del corriente año, que esta autoridad laboral procederá a ratificar los acuerdos de partes salariales y/o laborales presentados a tal fin de manera excepcional, interviniendo únicamente en el proceso administrativo como la ley lo exige, la resolución mencionada precedentemente tendrá vigencia hasta el día 31 de diciembre del corriente año, siempre y cuando que la situación epidemiológica impida las reuniones presenciales A.S.P.O y que este Ministerio de Trabajo no cuente con los sistemas de gestión de documentación electrónica G.D.E y el sistema de trámites a distancia T.A.D;
Por ello y atento a la Resolución N 516/MTEySS/2020
y en concordancia con el Dictamen N 785/DGAJ/2020
emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 29 y vuelta y a Dictamen SLyT-GOBN 881/20 emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 37;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFICASE, en todas sus partes la Resolución Ministerial N650/MTEySS/20 de fecha 27
de noviembre del corriente año mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado en reuniones virtuales con fecha 24 y 26 de noviembre del 2020 mediante la plataforma denominada ZOOM entre el PODER EJECUTIVO
representado en este acto por la señora Claudia Alejandra MARTÍNEZ en carácter de Ministra Secretaria General de la Gobernación, la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO A.T.E. representada en este acto por el señor José NAVARRO y la ASOCIACIÓN
PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA A.P.A.P. representada en este acto por la señora Mirta SANDOVAL, el que como anexo forma parte integrante del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 3.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino ________
DECRETO N 1348
RÍO GALLEGOS, 30 de Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente MTEySS Nº 524.125/20, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 194/195 obra Resolución Ministerial Nº 656/
MTEySS/2020 de fecha 27 de noviembre del corriente año mediante la cual se ratifica en todas sus partes el acuerdo concertado en acta celebrada entre el CONSEJO
PROVINCIAL DE EDUCACIÓN representado por el señor Enrique ISMAEL en calidad de Vicepresidente, la SOCIACIÓN DOCENTES DE SANTA CRUZ
ADOSAC representada por el señor Fernando ALARCÓN en calidad de paritario y la ASOCIACIÓN DEL
MAGISTERIO DE ENSEÑANZATÉCNICAAMET
representada por el señor Héctor REYES en calidad de paritario, la cual se adjunta como Anexo al presente;
Que, en dicho acuerdo las partes acordaron realizar
BOLETIN OFICIAL
un incremento en el valor punto llevando del actual 113,7779 a 120,4148 para ser percibidos con los haberes del mes de noviembre del corriente año;
Que, se pactó realizar un incremento en el valor punto llevándolo a 123,2592 lo que se percibirá con los haberes del mes de enero del año 2021;
Que, así mismo se acordó convocar a las entidades sindicales a una nueva reunión salarial con el objeto de comenzar las negociaciones salariales del año 2021 para el día 18 de febrero del 2021;
Que cabe mencionar que, en atención a la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud por la trasmisión del virus SARS CoV-2 se dictó mediante Resolución Nº 516/MTEySS/2020 de fecha 1º de octubre del corriente año, que esta autoridad laboral procederá a ratificar los acuerdos de partes salariales y/o laborales presentados a tal fin de manera excepcional, interviniendo únicamente en el proceso administrativo como la ley lo exige, la resolución mencionada precedentemente tendrá vigencia hasta el día 31 de diciembre del corriente año, siempre y cuando que la situación epidemiológica impida las reuniones presenciales A.S.P.O. y que este Ministerio de Trabajo no cuente con los sistemas de gestión de documentación electrónica G.D.E. y el sistema de tramites a distancia T.A.D.;
Por ello y atento a la Resolución Nº 516/MTEySS/2020
y en concordancia con los Dictámenes Nº 786/DGAJ/2020
emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 199/200 y SLyT-GOB-Nº 882/20 emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 207;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE, en todas sus partes, la Resolución Ministerial Nº 656/MTEySS/20 de fecha 27
de noviembre del corriente año mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado en acta celebrada entre el CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN representado por el señor Enrique ISMAEL en calidad de Vicepresidente, la ASOCIACIÓN DOCENTES DE SANTA CRUZ ADOSAC representada por el señor Fernando ALARCÓN en calidad de paritario y la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA
TÉCNICA AMET representada por el señor Héctor REYES en calidad de paritario, el que como anexo forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino ________
DECRETO Nº 1349
RÍO GALLEGOS, 30 Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente MEFI-N 408.933/20, iniciado por la Secretaría de Estado de Hacienda y Crédito Público y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante memorándum N 76 de fecha 10 de noviembre de 2020, el Secretario de Estado de Gobierno e Interior solicita el otorgamiento de Aportes No Reintegrables del Tesoro Provincial con destino a distintas Comisiones de Fomento por la suma total de PESOS
DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON DIECINUEVE CENTAVOS
$ 17.753.254,19 a los efectos de afrontar el pago de haberes correspondientes al mes de noviembre de 2020;
Que el otorgamiento de Aportes No Reintegrables a distintos Municipios y Comisiones de Fomento, se encuentra centralizado y debe ser dispuesto por el titular del Poder Ejecutivo Provincial de acuerdo a lo establecido por el Artículo 4º del Decreto N 1260 de fecha 28 de diciembre 2018;
Que por la Nota SEHyCP-MEFI-N 222 de fecha 12 de noviembre de 2020, el Secretario de Estado de Hacienda y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date11/03/2021

Page count10

Edition count1773

Première édition19/02/2002

Dernière édition01/08/2024

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