Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5542

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO N 1414
RIO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2020.VISTO y CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el significado social y espiritual de la celebración de la Navidad y Fin de año, se estima procedente otorgar ASUETO ADMINISTRATIVO para todo el personal de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, para los días 23, 24, 30 y 31 de diciembre del año 2020;
Que durante estos días festivos y teniendo en cuenta la situación epidemiológica existente en las diversas localidades de la provincia, es necesario requerirle a la población en general y particularmente a todo el personal del sector público provincial respetar las medidas y recomendaciones sanitarias adoptadas para contener la propagación del virus SARS CoV-2;
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- DISPÓNESE ASUETO ADMINISTRATIVO para el ámbito de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, durante los días 23, 24, 30 y 31 de diciembre del año 2020.Artículo 2.- INSTRUYASE a los distintos Organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.Artículo 3.- INVÍTASE a las Municipalidades y Comisiones de Fomento, y demás poderes del Estado a disponer idéntica medida para sus dependientes.Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 5.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección Provincial de Recursos Humanos, Jefatura de Gabinete de Ministros, a los Ministerios de Gobierno, de Economía, Finanzas e Infraestructura, de Salud y Ambiente, de Desarrolla Social, de la Producción, Comercio e Industria, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y de Seguridad, Consejo Provincial de Educación, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos y Sociedades del Estado, dése al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO N 1415
RÍO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2020.VISTO:
El Expediente MS-N 780.283/20 elevado por el Ministerio de Seguridad y;
CONSIDERANDO:
Que por el presente actuado, se tramita la ratificación en todos sus términos del CONVENIO MARCO DE
COLABORACION Y COOPERACIÓN EN MATERIA
DE SEGURIDAD ENTRE EL PODER EJECUTIVO
Y EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE

SANTA CRUZ, suscripto el día 22 de septiembre del año 2020, entre el Poder Ejecutivo Provincial, representado en ese acto por la señora Gobernadora, Dra. Alicia Margarita KIRCHNER y el Poder Judicial Provincial, representado por la Presidenta del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia, Dra. Paula Ernestina LUDUENA CAMPOS, el que como ANEXO I forma parte integrante del presente;
Que en ese marco, el presente Convenio Marco tiene por objeto establecer bases de colaboración, cooperación y asistencia técnica recíproca, dirigida al intercambio de informaciones profesionales, académicas y tecnológicas, como así también, a la asistencia mutua en cuestiones de carácter científico, docente, técnico, administrativo-organizacional tendientes a fortalecer acciones de investigación y brindando herramientas de interés por ambas partes, capitalizando la experiencia, información y conocimientos adquiridos hasta el presente;
Que el trabajo en conjunto propende la mejora en la gestión de gobierno en aras de ampliar la calidad institucional y gobernabilidad en un Estado de Derecho, para el máximo rendimiento en la prestación de los servicios brindados por los Poderes Ejecutivo y Judicial, logrando así que los mismos se mantengan en contacto permanente con los ciudadanos;
Que de acuerdo a la Cláusula Segunda del presente, el Poder Ejecutivo autoriza a1 titular del Ministerio de Seguridad a efectuar la suscripción de convenios específicos adreferéndum del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el mismo tendrá una vigencia a partir del día de su suscripción de DOS 2 años prorrogable automáticamente a su vencimiento;
Que en la Provincia de Santa Cruz, la Ley Provincial N 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública, en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que por Ley Provincial N 3680 se sustituyó el artículo 1 de la Ley Orgánica de Ministerios N 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial;
Que a su vez, mediante el citado cuerpo normativo, se incorpora el artículo 10 Ter, por el cual se especifican las competencias asignadas al Ministerio de Seguridad;
Que compete al Ministerio de Seguridad, asistir al Poder
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5542 DE 14 PAGINAS

RÍO GALLEGOS, 23 de Marzo de 2021.Ejecutivo Provincial en todo lo concerniente a la seguridad pública provincial, a la preservación de la libertad, la vida el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de instituciones del sistema democrático;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes SAJ-N 245/20, emitido por la Subsecretaría Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante fojas 25/26 y SLyT-GOBN 931/20. emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 35;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE, en todas sus partes del CONVENIO MARCO DE COLABORACION Y
COOPERACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD
ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, suscripto el día 22 de septiembre del año 2020, entre el Poder Ejecutivo Provincial, representado en ese acto por la señora Gobernadora, Dra. Alicia Margarita KIRCHNER y el Poder Judicial Provincial, representado por la Presidenta del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia, Dra. Paula Ernestina LUDUEÑA CAMPOS, el que como ANEXO
I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 3.- PASE al Ministerio de Seguridad quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda, a sus efectos, tome conocimiento Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Dr. Lisandro Gabriel de la Torre _________
DECRETO N 1417
RÍO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2020.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 202.541/20, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia autorizar a la titular del Ministerio de Desarrollo Social, a suscribir los Contratos de Locación de Servicios con varios agentes, quienes se detallan en el Anexo I el cual forma parte integrante del presente, y que se desempeñaran en la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social SAF: 15, a partir del día 1º de noviembre y hasta el día 31
de diciembre del año 2020, bajo los términos de la Ley Nº 813 y sus modificatoria Ley Nº 1084, del Escalafón para el personal de la Administración Pública Provincial;
Que dicho trámite se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que por lo tanto no existe impedimento para concretar la presente gestión por cuanto no supera el número de cargos asignados para el personal Contratado y Transitorio, conforme a lo establecido en la Ley de Presupuesto Nº 3681
del Ejercicio 2020;
Que el presente trámite se encuadra en las excepciones establecidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 1260/18 y su Decreto modificatorio Nº 709/20, en relación a la designa-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date23/03/2021

Page count14

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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