Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5543

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 0002
RÍO GALLEGOS, 08 de Enero de 2021.VISTO:
El Expediente JGM-Nº 904.017/20, elevado por la Jefatura de Gabinete de Ministros; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita autorizar al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros a renovar los Contratos de Locación de Servicios, vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2020, suscriptos con las personas que se detallan en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, por el período comprendido entre las fechas 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021;
Que la presente gestión se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que en consecuencia corresponde facultar a Jefatura de Gabinete de Ministros a suscribir los respectivos Contratos de Locación de Servicios en las mismas condiciones vigentes aprobando las imputaciones preventivas que demandará tal gasto de acuerdo con los créditos presupuestarios y cupos asignados para el personal contratado en dicho organismo con la debida intervención del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura;
Que nada obsta para proceder al dictado del respectivo Instrumento Legal;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 003/21, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante fojas 57;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- AUTORÍZASE al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros a renovar los Contratos de Locación de Servicios, vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2020, por el período comprendido entre las fechas 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, con los agentes que se detallan en el ANEXO I, dependientes de la JURISDICCIÓN: Jefatura de Gabinete de Ministros SAF: 13, quienes percibirán una remuneración equivalente a las categorías que se especifican en cada caso, en el marco del Decreto Nº 2996/03, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente, conforme a lo previsto en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección General de Personal a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Darío Álvarez ________
DECRETO N 0006
RÍO GALLEGOS, 08 de Enero de 2021.VISTO:
El Expediente CSS-Nº 275.861/2020, elevado por la Caja de Servicios Sociales; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Provincial Nº 1225/18 se auto-

rizó oportunamente a la Intervención de la Caja de Servicios Sociales a realizar asignaciones a favor de la Dirección Provincial de Administración de la delegación de la Caja de Servicios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por hasta la suma de PESOS DOS MILLONES
$ 2.000.000,00;
Que el destino de los mencionados fondos era para afrontar los gastos conexos y no comprendidos en el pedido de derivación original que devienen como consecuencia de la atención médico asistencial de pacientes que se encuentran en curso de atención o tratamiento en la ciudad de Buenos Aires;
Que dicha autorización debe entenderse o comprender las correspondientes y sucesivas asignaciones a dicho efecto en forma consecutiva y ser repuesto a su rendición a efectos de posibilitar la solución de dichas contingencias tales como requerimientos de estudios, provisión de prótesis, cambio de alojamientos por variar la situación del paciente por el transcurso de su derivación, cambio de prestador o efector por falta de plazas o turnos oportunos, y toda otra incidencia sobreviniente que posibilite una solución de continuidad a los efectos de la atención y tratamiento en tiempo adecuado del paciente;
Que en ese sentido y con el transcurso del tiempo las prestaciones que insumen la mayor parte de los gastos atendidos por dichos fondos han sufrido diversas actualizaciones en sus precios acorde con las variaciones de los costos afectando directamente el importe autorizado;
Que en función a ello el Director Provincial de Administración de la Caja de Servicios Sociales de la Delegación C.A.B.A solicitó un incremento en el monto original con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, haciendo hincapié en la situación de emergencia sanitaria vigente pronunciándose en igual sentido el Interventor de la Caja de Servicios Sociales;
Que resulta necesario extremar la disposición de fondos a afectos de otorgar oportuna respuesta a dichos requerimientos toda vez que su dilación obra en perjuicio de la fluidez que la materia requiere y en muchas ocasiones prolonga innecesariamente las estadías menoscabando arraigos y recursos patrimoniales;
Que a esos fines corresponde autorizar a la Intervención de la Caja de Servicios Sociales a realizar asignaciones de forma sucesiva a través de la Dirección Provincial de Administración a favor de la Dirección Provincial de Administración de la delegación de la Caja de Servicios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES $5.000.000,00, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión;
Que en consecuencia es pertinente dejar sin efecto en todas sus partes del Decreto Provincial Nº 1225/18;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-Nº 6796/20, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Letrada de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5543 DE 10 PAGINAS

RÍO GALLEGOS, 25 de Marzo de 2021.la Caja de Servicios Sociales, obrante a fojas 23 y vuelta y SLyT-GOBN 989/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 28;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE a partir del día 1º de diciembre del 2020, a la Intervención de la Caja de Servicios Sociales a realizar asignaciones en forma sucesivas a través de la Dirección Provincial de Administración a favor de la Dirección Provincial de Administración de la Delegación de la Caja de Servicios Sociales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por hasta la suma de PESOS CINCO
MILLONES $ 5.000.000, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, destinados a afrontar los gastos conexos y no comprendidos en el pedido de derivación original que devienen como consecuencia de la atención médico asistencial de pacientes que se encuentran en curso de atención o tratamiento en la ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2.- La presente autorización comprende las autorizaciones sucesivas que resulten como consecuencia o para la satisfacción de las situaciones señaladas en los considerandos del presente decreto.Artículo 3.- DÉJASE ESTABLECIDO que el servicio administrativo de la Caja de Servicios Sociales efectuará el seguimiento de la rendición de los fondos asignados conforme la normativa vigente.Artículo 4.- DÉJASE SIN EFECTO en todas sus partes el Decreto Provincial Nº 1225/18 de fecha 20 de diciembre del año 2018, de conformidad a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.Artículo 6º.- PASE a la Caja de Servicios Sociales a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Dr. Claudio José García ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO N 0003
RIO GALLEGOS, 08 de Enero de 2021.Expediente JGM-N 903.911/20.DESÍGNASE, a partir del día 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, como Auxiliar de Gabinete de la Subsecretaría de Cooperación Internacional para el Desarrollo dependiente de la JURISDICCIÓN: Jefatura de Gabinete de Ministros SAF: 13, a la señora Giuliana TRUCCO D.N.I. Nº 36.105.709, asignándole la cantidad de un mil 1.000 Unidades Retributivas mensuales, en el marco del Artículo 4º del Decreto Nº 2050/16, Resolución Reglamentaria JGM-Nº 001/17, Decreto ratificatorio Nº 0105/17 y Decreto modificatorio Nº 1097/19.________
DECRETO N 0004
RIO GALLEGOS, 08 de Enero de 2021.Expediente JGM-N 903.871/20.DESÍGNASE, a partir del día 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, como Auxiliar de Gabinete

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date25/03/2021

Page count10

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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