Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5539

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO N 1340
RÍO GALLEGOS, 27 de Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente MSA-Nº 979.109/20, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia Autorizar al Ministerio de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente, se suscriban los Contratos de Locación de Servicios con varios profesionales, los cuales se encuentran detallados en Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente, quienes revistan bajo los términos de las Leyes Nros. 1200 ENFERMERÍA y OTRAS RAMAS AUXILIARES DE LA MEDICINA
y 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias, para cumplir funciones en el Hospital Regional Río Gallegos dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 141
Hospital Río Gallegos, a partir del día 1º de noviembre del año 2020 y hasta tanto finalice el Estado de Emergencia Sanitaria bajo los términos del Decreto Provincial Nº 0273/20, Artículo 2º - Inciso 4 prorrogado mediante Decreto Nº 1072/20;
Que por lo tanto dicho trámite se encuadra en las excepciones establecidas en el Artículo 9 de la Ley de Presupuesto Nº 3681 del Ejercicio 2020, en relación del Personal Contratado y Transitorio de las Jurisdicciones: Consejo Provincial de Educación, Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Desarrollo Social y las Fuerzas de Seguridad Pública;
Que el presente trámite se encuadra en lo previsto mediante Decreto Provincial Nº 0273/20, Declárese el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, por el término de ciento ochenta 180 días en virtud de la situación vinculada al COVID-19, y en las excepciones establecidas en el Artículo 2 Inciso 4 en relación a Efectuar la contratación de personal temporario, profesional médico y técnico de la salud bajo cualquier modalidad, exceptuándolos de todo régimen de incompatibilidad aplicable a la actividad TRÁMITE PREFERENCIAL - ATENCIÓN POR CORONAVIRUS COVID-19, prorrogado mediante Decreto Nº 1072/20;
Que la presente contratación establecida no deberá superar el Ejercicio Financiero del año 2020;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-Nº 2851/20, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 109 y SLyT-GOB-Nº 852/20, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 116;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente, se suscriban los Contratos de Locación de Servicios con varios profesionales, los cuales se encuentran detallados en Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente, quienes revistan bajo los términos de las Leyes Nros.

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5539 DE 10 PAGINAS

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
1200 ENFERMERÍA y OTRAS RAMAS AUXILIARES DE LA MEDICINA y 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias, para cumplir funciones en el Hospital Regional Río Gallegos dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 141 Hospital Río Gallegos, a partir del día 1º de noviembre del año 2020 y hasta tanto finalice el Estado de Emergencia Sanitaria bajo los términos del Decreto Provincial Nº 0273/20, Artículo 2º - Inciso 4
prorrogado mediante Decreto Nº 1072/20, de conformidad con las normas del Decreto Nº 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- FACÚLTASE al Ministerio de Salud y Ambiente para aprobar y adecuar las contrataciones, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir las imputaciones que demandarán la atención de los mismos, tomando la debida intervención las áreas competentes.Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO que las contrataciones efectuadas en el Artículo 1º no deberán superar el Ejercicio Financiero del año 2020.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNERDr. Claudio José García ________
DECRETO N 1343
RÍO GALLEGOS, 27 de Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente CAP-Nº 54.192/27, iniciado por el Consejo Agrario Provincial y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 18 obra Contrato de Arrendamiento entre la Dirección General de Tierras del Ministerio de Agricultura de la Nación y la Sucesión de Don José ROA por la
RÍO GALLEGOS, 11 de Marzo de 2021.superficie aproximada de 2.500 has., de la legua a, del lote 25, Fracción A en la Colonia Presidente Manuel Quintana;
Que por Acuerdo Nº 076 de fecha 13 de mayo de 1963, obrante a fs. 115/116, se deja sin efecto el contrato de arrendamiento con la Sucesión de José ROA y se difiere la adjudicación en venta a favor de la señora Elcira MENDOZA
de SANDOVAL;
Que por Acuerdo Nº 039 de fecha 12 de marzo de 1982, obrante a fs. 144 se adjudica en venta a favor de la señora Elcira MENDOZA Vda. de SANDOVAL, la superficie de 3.500 has., ubicada en los lotes 24 y 25 de la Fracción A de la Colonia Presidente Manuel Quintana, que fuera propiedad de su anterior ocupante José ROA fallecido;
Que por Resolución Nº 759 de fecha 11 de abril de 1984, obrante a fs. 179, se reconoce por fallecimiento de Elcira MENDOZA vda. de SANDOVAL, le suceden como únicos y universales herederos sus hijos, Primitivo de la CRUZ SANDOVAL, Catalina SANDOVAL, Leonardo Hilario SANDOVAL, Ponciano SANDOVAL y José Darío SANDOVAL;
Que por el mismo instrumento legal se aceptan las Escrituras públicas Nº 316, 415, 382 y 123 mediante las cuales los señores Primitivo, Catalina, Ponciano y José Darío todos de apellido SANDOVAL, le ceden, venden y transfieren las partes proporcionales del 80% que les corresponden, a favor del señor Pedro Armando ANTELO
y el señor Leonardo Hilario SANDOVAL cede, vende y transfiere la parte que le corresponde del 20% a favor del señor Héctor Raúl SANDIN, todo relacionado a las tierras donde funciona el establecimiento ganadero La Porfía;
Que por Resolución Nº 841 de fecha 24 de abril de 1984
obrante a fs. 190, se acepta la Escritura Pública Nº 5, mediante la cual el señor Raúl SANDIN le cede, vende y transfiere a favor del señor Pedro Armando ANTELO
la parte del 20% que le corresponde sobre la superficie donde funciona el establecimiento ganadero La Porfía, quedando como único titular de la adjudicación en venta el señor Pedro Armando ANTELO;
Que por Acuerdo Nº 029 de fecha 24 de junio de 1999
obrante a fs. 230/231, se autorizó al señor ANTELO a transferir los derechos y acciones que le corresponden sobre La Porfía a favor del señor Carlos Alberto HERMOSO;
Que por Acuerdo Nº 060 de fecha 11 de noviembre de 1999 obrante a fs. 257/258, se acepta la Escritura Pública Nº 181 por la cual el señor ANTELO cede, vende y transfiere a favor del señor Carlos Alberto HERMOSO
la superficie de 3.500has., ubicadas en parte de los lotes 24 y 25 de la Fracción A de la Colonia Presidente Manuel Quintana perteneciente al establecimiento ganadero La Porfía y la superficie de 3.517 has., 09as., 57ca., ubicadas en parte Centro y ángulo S.E. legua a, parte Centro y ángulo S.O. legua b, parte Centro y ángulo N.O. legua c, y parte Centro y ángulo N.E. legua d del lote 20, Fracción A
de la misma colonia, donde funciona el establecimiento ganadero El Colmillo;
Que a fs. 270 obra mensura M-7130 registrada ante la Dirección Provincial de Catastro con fecha 04 de octubre de 2001, del establecimiento ganadero La Porfía arrojando una superficie real de 4.016has., 38as., 39cas., y a fs.
327/329 obra factura por pago de excedente de la superficie, quedando cancelada la cuenta en su totalidad;
Que por Acuerdo Nº 037 de fecha 09 de noviembre de 2017, el Directorio del Consejo Agrario Provincial declara cumplidas las obligaciones impuestas por Ley al adjudicatario señor Carlos Alberto HERMOSO sobre la superficie de 4.016 has., 38as., 39ca., ubicadas en parte mitad E legua a, Centro mitad O y E. legua b del lote 24, Centro parte O.S. y ángulo N.E. legua a, parte N. legua d del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date11/03/2021

Page count10

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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