Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/08/2013 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 30 de agosto de 2013

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Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 148

SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS

AÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 148
CORDOBA, R.A., VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2013

Y

CONTRATACIONES

EN

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GENERAL

PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
POLICIA DE CORDOBA
CUERPO DE VIGILANCIA ESPECIAL
Visto: Considerando: .. Resuelve: I. Homologar, la colocación en situación de revista de Disponibilidad y Pasiva de la Agente Bustamante Priscila Belén M.I. N 35.090.557 todo ello por resultar legalmente procedente y por los períodos correspondientes, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 69 inc. c y 70 inc. d de la Ley N 9728, y hasta tanto se disponga la modificación de su situación medica laboral y de continuar hasta completar el plazo máxima de 06 meses. 4. Protocolícese. Jefatura de Policía, 10 de Junio de 2013.
Resolución N 55244/2013, Fdo.: Crio. Gral. Ramón Angel Frías Jefe de Policía de la Provincia de Córdoba.
5 días 20760 5/9/2013 - s/c.
POLICIA DE CORDOBA
CUERPO DE VIGILANCIA ESPECIAL
Visto: Considerando: .. Resuelve: I. Homologar, la colocación en situación de revista Pasiva de la Agente Bustamante Priscila Belén M.I. N 35.090.557 todo ello por resultar legalmente procedente y por los períodos correspondientes, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 70 inc. d de la Ley N 9728, y hasta tanto se disponga la modificación de su situación medica laboral y de continuar hasta completar el plazo máxima de 06 meses. 4.
Protocolícese. Jefatura de Policía, 10 de Junio de 2013. Resolución N 55248/2013, Fdo.: Crio.
Gral. Ramón Angel Frias Jefe de Policía de la Provincia de Córdoba.
5 días 20761 5/9/2013 - s/c.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
El Secretario de Actuaciones por Faltas Gravísimas del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, en el marco del Sumario Administrativo Expte. N 1003590, ha dictado la siguiente Resolución: Córdoba, 21 de Agosto de 2013. Cítese al Adjutor Principal Jorge Marcelo Ceballos, D.N.I. N 23.460.028, quien deberá comparecer en calidad Imputado, munido de su documento nacional de identidad, por ante esta Secretaría de Faltas Gravísimas de la Oficina de Investigaciones y Aplicación de Sanciones del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, sito en Av. Richieri esquina Gobernador Julio Roca B Rogelio Martínez Parque Sarmiento de Córdoba Capital, el día 25/9/13 a las 13,00 hs., a los fines de receptarle declaración del imputado en relación al actuado administativo S.A. 1003590 Servicio Penitenciario, haciéndole conocer que podrá defenderse por si mismo o concurrir con un abogado si fuese su intención ser asistido por un letrado en calidad de defensor. Bajo apercibimiento de continuar con las actuaciones en el estado en que se encuentren conforme al Art. 45 del Decreto 1753/03. Fdo.:
Dr. Lucas M. Savio Secretario.
5 días 20848 5/9/2013 - s/c.
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION DJRGDA-M 0090/2013 - Córdoba, 01-JUL-2013 - VISTO, este expediente Nº SF 6522330/ 13, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma contribuyente AUTOMOTORES CERRO SA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 9042443060, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 30-70943023-4, con domicilio en calle Av. Dr Juan Bautista Justo Nº 4915-BºPanamericano de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 15-05-13, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida
la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 82 del C.T.P. Ley 6006
t.o. 2012 decreto 574 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna;
Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 45 Primer Párrafo del CTP. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art. 45 inc. 2 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente al periodo Enero a Diciembre 2012 y Enero a Marzo 2013, dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es "la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección", actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos NUEVE MIL $ 9.000,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 70 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012 decreto 574 y modif.- Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 70 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2012 decreto 574 y modif.- Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 82 del ya mencionado texto legal, EL JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente AUTOMOTORES CERRO SA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 9042443060, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 30-70943023-4, una multa de PESOS NUEVE
MIL $ 9.000,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. 45 inc. 2 del Código Tributario de la Provincia. Ley 6006 t.o.2012
decreto 574 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuaciónLibro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2012
decreto 574 y modif., que asciende a la suma de PESOS DOCE $ 12,00 y sellado postal - Art.
53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de PESOS CUARENTA CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS $ 40,86, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.5 días- 20923 5/8/2013 s/c DIRECCION GENERAL DE RENTAS
MULTAS SJRVM-M 0213/2013 - Villa María, 19 JUN 2013 - VISTO, Expte: 0626-001318/2012
Sumario SF-DJNº 0279/2012, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma responsable GOMEZ ANDREA ELISABETH, inscripta en esta Dirección de Rentas en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270-30185-1, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. Nº 23-24003188-4, con domicilio en Calle Santa Cruz Nº 264 de la localidad Río Segundo, Pcia.
de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 26/12/2012, y CONSIDERANDO: Que instruido
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127 X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 hs. a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/08/2013 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date30/08/2013

Page count13

Edition count4022

Première édition01/02/2006

Dernière édition31/07/2024

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