Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCV - TOMO DVII - Nº 65
CORDOBA, R.A. MARTES 3 DE ABRIL DE 2007

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 76

MINISTERIO DE SALUD

DEPARTAMENTO RÍO CUARTO

Obra: Puente sobre Arroyo El Gato
Córdoba, 26 Marzo de 2007
VISTO: El Decreto N 1605/03, por el que se crea la Red Provincial de Formación Docente Continua R.P.F.D.C. y la Resolución Ministerial N 1506/03.
Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado decreto, al crear la R.P.F.D.C., tuvo como propósito fundamental, generar un sistema articulado entre la formación inicial de los docentes y las acciones de capacitación y perfeccionamiento, en vistas al fortalecimiento del proceso de profesionalización de los docentes.
Que la R.P.F.D.C. tiene como objetivo dotar de organicidad y coherencia a la diversidad de ofertas, y aprovechar la capacidad instalada tanto en instituciones educativas universidades y establecimientos de formación docente y técnica, como en otros organismos y entidades.
Que la Coordinación Central de la R.P.F.D.C. se constituye como un instrumento de gestión, con el fin de garantizar el acceso de los docentes a ofertas de capacitación que cumplan con requisitos mínimos, en función de las necesidades actuales y futuras del sistema educativo, realizando la evaluación tanto de las instituciones oferentes, como de los proyectos, a fin de garantizar la calidad de la oferta.
Que corresponde a este Ministerio generar las especificaciones que sugiera la experiencia, que garanticen la calidad de las ofertas, para lo cual se hace necesario el ajuste periódico de los procedimientos de admisión y CONTINÚA EN PÁGINA 2

RESOLUCION Nº 45
Córdoba, 9 de Febrero de 2007

TRAMO SAN BASILIO - CAMINO S-288
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCION Nº 11
Córdoba, 6 de Marzo de 2007
Expediente Nº 0045-013390/05.
VISTO: Este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propicia por Resolución Nº 01165/06 se autorice el llamado a Licitación Pública para contratar la ejecución de los trabajos de la obra: PUENTE SOBRE ARROYO EL GATO EN CAMINO
T 231-3 - TRAMO: SAN BASILIO - CAMINO S-288 DEPARTAMENTO: RÍO CUARTO, con un Presupuesto Oficial de $ 668.004,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la repartición de origen ha procedido a aprobar la correspondiente documentación base del llamado, como asimismo su presupuesto oficial, todo en cumplimiento de las disposiciones del artículo 1º del Decreto Nº 4757/77, reglamentario de la Ley de Obras Públicas y artículo 2º del Decreto Nº 4758/77 aprobatorio del Pliego General de Condiciones, no mereciendo la misma reparo alguno que formular.
Que por otra parte, se advierte se ha realizado la correspondiente imputación presupuestaria del gasto, en cumplimiento de las previsiones del artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y el procedimiento de selección a emplear resulta adecuado en orden a lo establecido por la Ley 5901 T.O - Ley 6300 y sus modificatorias, teniendo en consideración el presupuesto oficial aprobado, pudiendo procederse como se solicita.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 667/06, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el llamado a Licitación
Pública para contratar la ejecución de los trabajos de la Obra: PUENTE SOBRE ARROYO EL GATO EN
CAMINO T 231-3 - TRAMO: SAN BASILIO - CAMINO
S-288 - DEPARTAMENTO: RÍO CUARTO, con un Presupuesto Oficial de Pesos Seiscientos Sesenta y Ocho Mil Cuatro $ 668.004,00.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de Pesos Seiscientos Sesenta y Ocho Mil Cuatro $ 668.004,00, conforme lo indica la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 8538/06, con cargo a Jurisdicción 1.25, Presupuesto Año 2007.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR a la Dirección Provincial de Vialidad, para que proceda a fijar la fecha de la Licitación Pública, en los términos que técnicamente estime conveniente, debiendo asimismo determinar lugar y hora de apertura de sobres.
ARTÍCULO 4º. - IMPUTAR los gastos que demande la publicidad que ascienden a la suma de Pesos Quince Mil Quinientos Noventa y Uno Con Cincuenta y Un Centavos $ 15.591,51, conforme lo indica la Dirección General de Administración y Recursos Humanos de la Secretaría de Información Pública y Programas Especiales, en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 65/07, con cargo a Jurisdicción 1.10, Programa 119/0, Partidas: Principal 03, Parcial 10, Subparcial 01 del P.V.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio a sus efectos y archívese.
ING. MARCELO CAMARA
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

VISTO: El Expediente Nº 0425161492/06, en el que el Ministerio de Salud impulsa dar operatividad a la Ley Nº 9344, mediante la cual se dispone la aplicación de la Ley Nacional 26.130 en el ámbito del servicio público de salud de la Provincia de Córdoba
Y CONSIDERANDO:
Que el objeto de la legislación precitada a la cual la Provincia adhiere , tiene por finalidad que Toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas denominadas Ligadura de Trompa de Falopio y Ligadura de conductos deferentes o vasectomía en los servicios del sistema de salud .
Que como lo expresa el informe de la Gerencia General de Asuntos Legales, lo establecido en los artículos 1º y 2º de la ley 9.344, que determinan la regulación de las prácticas en el ámbito público y el carácter de esta Cartera Ministerial de autoridad de aplicación, y las competencias generales y específicas consagradas en la Ley 9.156, en sus artículos 11 incs. 4 a 5 y el artículo 24 inc.
1º, 2º, 4º, 10, 11, 16, 20, 24 y 27, deviene oportuno el dictado de una Resolución Ministerial a tal efecto.
Que ese marco y a los fines de la aplicación operativa de la ley es menester reglamentar la misma concordando las disposiciones con las contenidas en la Resolución del Ministerio de Salud Nº 1752/02 que dispone la aplicación de criterios de información - consentimiento informado - para ser desarrollados en el ámbito de los Hospitales dependientes de la jurisdicción ministerial, a fin de que la comunicación con el paciente consista en un fluido diálogo con el profesional CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2007 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date03/04/2007

Page count4

Edition count4175

Première édition01/02/2006

Dernière édition10/07/2024

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