Diario Oficial El Peruano del 1/1/2022 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 20/01/2022 04:13

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AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL

Jueves 20 de enero de 2022

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XVIII / Nº 3286

1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE HÁBEAS CORPUS
Pleno. Sentencia 976/2021
EXP. N 01599-2021-PHC/TC
LIMA ESTE
LUIS ERNESTO AÑORGA URTEAGA REPRESENTADO
POR CLAUDIA CECILIA AÑORGA URTEAGA

RAZÓN DE RELATORÍA
En la sesión del Pleno del Tribunal Constitucional, de fecha 9 de noviembre de 2021, los magistrados Ledesma Narváez, Ferrero Costa y Espinosa-Saldaña Barrera con fundamento de voto han emitido, por mayoría, la sentencia que resuelve:
1. Declarar IMPROCEDENTE la demanda, conforme a lo expuesto en los fundamentos 3 a 12 supra.
2. Declarar INFUNDADA la demanda al no haberse acreditado la vulneración del derecho a la libertad personal ni de sus derechos conexos.
Por su parte, el magistrado Miranda Canales emitió un voto discrepando de la ponencia en el extremo de la denegatoria del recurso de apelación contra la resolución que deniega el pedido de cesación de la prisión preventiva, declarando fundado tal extremo.
El magistrado Blume Fortini emitió un voto singular declarando fundada la demanda por haberse acreditado la vulneración del derecho constitucional a la pluralidad de instancia.
El magistrado Sardón de Taboada emitió un voto singular declarando improcedente la demanda en lo que respecta a la excarcelación del favorecido, así como al cuestionamiento del mandato de prisión preventiva dictado en su contra; y, fundada en lo relativo al cuestionamiento de la resolución que desestimó el recurso de apelación presentado contra la resolución que denegó la solicitud para que cese la prisión preventiva.
La Secretaría del Pleno deja constancia de que la presente razón encabeza la sentencia y los votos antes referidos, y que los magistrados intervinientes en el Pleno firman digitalmente al pie de esta razón en señal de conformidad.
Flavio Reátegui Apaza Secretario Relator SS.
LEDESMA NARVÁEZ
FERRERO COSTA
MIRANDA CANALES
BLUME FORTINI
SARDÓN DE TABOADA
ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 9 días del mes de noviembre del año 2021, el Pleno del Tribunal Constitucional, integrado por los magistrados Ledesma Narváez, Ferrero Costa, Miranda Canales, Blume Fortini y Sardón de Taboada, pronuncia la siguiente sentencia; con abocamiento del magistrado Espinosa-Saldaña Barrera conforme al artículo 30-A del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional. Asimismo, se agregan el fundamento de voto del magistrado EspinosaSaldaña Barrera y los votos singulares de los magistrados Miranda Canales, Blume Fortini y Sardón de Taboada.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Aldo García Calderón abogado de don Luis Ernesto Añorga Urteaga contra la resolución de fojas 1443, de fecha 20 de abril de 2021, expedida por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, que declaró infundada la demanda de habeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 9 de octubre de 2020, doña Claudia Cecilia Añorga Urteaga interpone demanda de habeas corpus a favor de don Luis Ernesto Añorga Urteaga f. 1, y la dirige en contra del director del Establecimiento Penitenciario de Cañete. Solicita que se disponga la inmediata excarcelación del favorecido debido al riesgo de su integridad personal, su salud y su vida que sufre en el citado establecimiento penitenciario por un posible contagio del COVID-19. Arguye que la prisión preventiva debe cumplirla bajo la medida de detención domiciliaria en el predio ubicado en la urbanización La Aurora, distrito de Miraflores, en el marco del proceso penal seguido en su contra por los delitos de organización criminal y otros Expediente Penal 237-2018.
Alega que el favorecido es un interno que pertenece al grupo de personas de alto riesgo de padecer cuadros clínicos severos y de muerte frente al contagio del COVID-19, ello debido a las enfermedades prexistentes de diabetes e hipertensión que padece, conforme se acredita con los exámenes del laboratorio clínico, certificado médico, su historia clínica y el informe emitido por el director del establecimiento penitenciario, entre otros; además de que existe hacinamiento en el Establecimiento Penitenciario de Cañete. Arguye que para las enfermedades del beneficiario se le recetó una serie de medicamentos, alimentación y formas de vida, pero ello no se cumple en el penal, pues su centro médico no cuenta con los recursos necesarios ni puede proporcionarle cuidados especiales, por lo que se debe disponer que la prisión preventiva se cumpla bajo la medida de detención domiciliaria.
Con fecha 10 de noviembre de 2020, la recurrente amplía la demanda de habeas corpus f. 66 contra el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, don Richard Augusto Concepción Carhuancho, el juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, don Santos Roger

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Diario Oficial El Peruano del 1/1/2022 - Procesos Constitucionales

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CountryPeru

Date20/01/2022

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