Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/02/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCV - TOMO DV - Nº 42
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 28 DE FEBRERO DE 2007

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

RESOLUCIONES

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DECRETOS

Protocolo Específico de Cooperación SUSCRIPTO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA Y
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO

RESOLUCION Nº 684
Córdoba, 26 de Diciembre de 2006

EL DIRECTOR
DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE AGUA Y
SANEAMIENTO
RESUELVE:

VISTO
El expediente Nº 0416-047152/06 en el que obra Protocolo Específico de Cooperación suscrito entre esta Dirección Provincial De Agua y Saneamiento y la Universidad Nacional De Córdoba.-

Artículo 1º.- APROBAR el Protocolo Específico de Cooperación suscrito entre esta Dirección Provincial De Agua y Saneamiento y la Universidad Nacional De Córdoba, de fecha Setiembre de 2006 y su Anexo Y/06, obrantes a fs. 3/5 de estas actuaciones.

Y CONSIDERANDO:
QUE el mencionado Protocolo se ajusta a lo dispuesto en el Art. 3º del Convenio Marco vigente entre la Universidad Nacional de Córdoba y la Provincia, aprobado por Ley Nº 8371, para posibilitar el desarrollo de actividades conjuntas y de cooperación técnica en el ámbito de los recursos hídricos de la Provincia de Córdoba.
QUE la presente contratación se encuadra en el Art. 7º Inc. a y e de la Ley 8614 y Ley Nº 5901.-

Artículo 2º.- AUTORIZAR la inversión de la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000,00, para atender la erogación que se deriva del citado protocolo e imputar dicho egreso según lo informado por la Gerencia de Administración y Finanzas del Ministerio De Obras y Servicios Públicos en Afectación Preventiva Nº 8962 fs. 8 a: Programa 283/0
-Proyecto 102- Obra 3472 - Ppr 12 - Ppa 09 del P.V.-

QUE atento que el mutuo compromiso prevé un aporte económico por parte de la Provincia, a fs. 8 obra la Afectación Preventiva correspondiente.

Artículo 3º.- PROTOCOLICESE. Comuníquese.
Publíquese en el Boletín Oficial. Gírese a la Gerencia de Administración y Finanzas del Ministerio De Obras y Servicios Públicos con intervención al H. Tribunal De Cuentas. Notifíquese a la U.N.C. Pase a Dirección a sus efectos y archívese.

POR ELLO, Dictamen Nº 542/06 del Sector Jurídica obrante a fs. 6 y facultades conferidas por la Ley 8548;

ING. LUIS ENRIQUE GIOVINE DIRECTOR DE DI.P.A.S.

SECRETARIA GENERAL DE LA
GOBERNACION Y CONTROL DE
GESTION
RESOLUCION Nº 66
Córdoba, 23 de Febrero de 2007
VISTO: El expediente Nº 0378074936/2.006, del Registro de la Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión.

Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la solicitud de la Dirección General de Aeronáutica destinada a cubrir dos 2 cargos de Piloto de Aeronaves y uno de Despachante de Aeronaves en el Departamento Operaciones, mediante el mecanismo de llamado a Concurso de Oposición de Antecedentes y Selección Abierta en los términos de lo previsto en la Ley 9192.

Que el Director General de Aeronáutica fundamenta el llamado a Concurso en la necesidad de perfeccionar la calidad del servicio del Departamento Operaciones, en virtud del significativo incremento de la actividad aérea y de la disminución de personal que cumple servicios en la Dirección.
Que, a los fines de mantener el CONTINÚA EN PÁGINA 2

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 190
Córdoba, 19 de Febrero de 2007
VISTO:
El Expediente Nº 0109-31503/93, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la creación de una Escuela de Nivel Primario de Tercera Categoría en la Ciudad de Arroyito, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-;
Y CONSIDERANDO:
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de regularizar el funcionamiento de secciones de ese nivel educativo, anexas a la Escuela de Nivel Primario "JOSE GIMENEZ LAGOS", de la citada localidad.
Que a fs. 271 obra la Resolución Nº 465/06 emanada de la Inspección General de la citada Dirección General, mediante la cual se reserva un cargo de Director Escuela Primaria de Tercera, para ser asignado al establecimiento cuya creación se tramita.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las oficinas técnicas intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procurado, al amparo de lo establecido en los artículos 61 y 62 de la Constitución Provincial, 4º de la Ley Nº 8113 y 3º del Decreto Nº 41009/A/38.
Por ello, los Dictámenes Nros. 2103/05 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y 419/06 de Fiscalía de Estado;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º. CREASE una Escuela de Nivel Primario de Tercera Categoría en la Ciudad de Arroyito, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-, la cual funcionará en el edificio construido para tal fin.
Artículo 2º . El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º . PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. EDUARDO R. MUNDET
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/02/2007 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/02/2007

Page count5

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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