Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCV - TOMO DV - Nº 37
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 21 DE FEBRERO DE 2007

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS

Obra: Pavimentacion Ruta Provincial E-79
Tramo: Tancacha - Villa Ascasubi - Departamento Tercero Arriba PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1733
Córdoba 20 de Diciembre de 2006.VISTO: El expediente Nº 0045 013164/05 - Cuerpos 1 al 4, en el que la Direcció n Provincial de Vialidad propicia se adjudique la ejecución de los trabajos de la obra: " PAVIMENTACIÓN
RUTA PROVINCIAL E - 79 - TRAMO :
TANCACHA - VILLA ASCASUBI E
I N T E R S E C C I O N E S DEPARTAMENTO:TERCERO ARRIBA", a la firma SUCESIÓN DE INGENIERO
ADELMO BIANCALANI, por la suma de $ 17.392.000,00.

Y CONSIDERANDO:
Que autorizado el llamado a licitación pública por Decreto Nº 982/05 fs. 115/
116 para la ejecución de la obra de referencia y efectuadas las publicaciones pertinentes, se procedió - en fecha y hora fijadas - y ante la Comisión de Apertura designada al efecto, a la apertura de las que fueron presentadas, de lo que da debida cuenta el acta labrada a tal fin que corre incorporada a fs. 138/141.
Que a fs. 142/913 obra la documentación correspondiente a las ofertas formuladas por las firmas intervinientes.
Que constituída la Comisión de Evaluación de las Ofertas fs. 914/915
y efectuado el análisis de las propuestas, ésta se expide a fs. 923/
924, indicando que la oferta de menor costo y que cumple sustancialmente con los requerimientos de legajo licitatorio es la empresa SUCESIÓN DE
INGENIERO ADELMO BIANCALANI, y conforme lo normado en los artículos
29 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y 31 del Decreto Provincial Nº 4758/77,corresponderíasu adjudicación a dicha empresa, pero dada la diferencia en más con respecto al Presupuesto Oficial actualizado, dicha Comisión entiende que la Administración podría llamar a mejorar las ofertas.
Que a fs. 926/927 obra Convenio suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, comprometiéndose ésta última a realizar el estudio y proyecto de la obra de referencia con un presupuesto de $ 12.929.355,80 y la primera a gestionar la inclusión de la obra en el Presupuesto 2007 y sucesivos.
Que a fs. 929 obra el documento de contabilidad pertinente para atender el gasto de que se trata Afectación Preventiva Nº 4561/06 por el monto de $ 12.929.355,80, imputados a la partida "Obras Públicas con Financiamiento Nacional".
Que a fs. 933 obra el nuevo documento de contabilidad Afectación Preventiva Nº 5418/06 por el importe de $ 4.462.644,20, presupuesto vigente año 2006, reflejando la diferencia entre el presupuesto oficial y el monto ofrecido por la firma mencionada supra, imputado también a la partida "Obras Públicas con Financiamiento Nacional".
Que por Resolución Nº 814/06 fs.
950/951 la Dirección Provincial de Vialidad propone a este Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la adjudicación de la obra de referencia a la firma Sucesión De Ingeniero Adelmo Biancalani por la suma de pesos $ 17.392.000,00.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos
se expide favorablemente a la gestión que se propicia, mediante dictamen Nº 421/06 fs. 952.
Que en orden a lo prescripto por los artículos 7 y 23, correlativos y concordantes del Decreto 809/96, a fs.
956 se incorpora Certificado de Habilitación para adjudicación de la firma de que se trata.
Que atento lo aconsejado por la Comisión de Evaluación de Ofertas en su informe de fs. 923/924, en relación a efectuar un llamado a mejorar oferta, a fs. 965 Fiscalía de Estado requirió a la Dirección Provincial de Vialidad ratifique o rectifique lo propiciado por Resolución Nº 814/06 fs. 950/
951.
Que en respuesta a ello a fs. 970 el Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad manifiesta que por diversas razones, entre ellas las de readecuación presupuestaria, ha transcurrido casi un año entre la apertura de la licitación y la Resolución que propicia la adjudicación de la obra a la empresa " SUCESIÓN DE
INGENIERO ADELMO BIANCALANI
". Asimismo, agrega que dado el tiempo transcurrido y las correspondientes variaciones ocurridas en los precios, se ha procedido a actualizar el Presupuesto Oficial de la Obra a valores de septiembre de 2006 fs. 971 , y a hacer lo propio con la Oferta de la Empresa referida, dado que se cuenta con su conformidad de mantenimiento de oferta de la obra de referencia fs.
969, cuyo acto licitatorio se llevó a cabo el 28 de octubre de 2005.
Que por último, expresa que como resultado de este estudio surge que los precios de la oferta actualizados, CONTINÚA EN PÁGINA 2

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 9
Córdoba, 5 de Enero de 2007.VISTO: el expediente Nº 0416033739/02 A6/04, en el cual la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia mediante Resolución Nº 233/06 se rectifique la individualización realizada según Decreto Nº 290/04 respecto a la "FRACCION A", se deje sin efecto el Artículo 1º del Decreto Nº 1778/04 y se apruebe el Convenio de adquisición de inmueble por avenimiento celebrado con fecha 18 de noviembre de 2005
entre la Provincia de Córdoba y la firma GARCO AGRO SOCIEDAD
ANÓNIMA, AGRÍCOLA, GANADERA, INDUSTRIAL y COMERCIAL.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/4 obra copia certificada del Decreto Nº 209 de fecha 30 de marzo de 2004, mientras que a fs. 63/
74 se incorpora la correspondiente al Decreto 1778, de fecha 30 de diciembre de idéntico año.
Que a fs. 123/125 luce Resolución Nº 233 de fecha 8 de mayo de 2006, emanada de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento, mediante la cual se propicia la iniciativa que motiva las presentes.
Que a fs. 118 / 120, miembros de la Comisión de Gestión de Expropiaciones manifiestan que dicho pedido obedece al hecho de que el convenio aprobado por Decreto Nº 1778/2004, en base a la identificación dominial realizada por Decreto Nº 290/04, fue celebrado con la firma " EL AJÍ S.A. "
sobre el inmueble que ya había sido transferido al dominio de "GARCO
AGRO SOCIEDAD ANÓNIMA,
AGRÍCOLA, GANADERA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL" cfr. fs. 95.
Que agregan también, que los representantes de ambas sociedades son las mismas personas físicas, surgiendo el error en la confección del plano de identificación, la que se realizó pasando por alto una inscripción marginal en el dominio.
Que resaltan finalmente, que el decreto a dejar sin efecto no ha sido notificado a las partes involucradas, por lo que no ha tenido principio de ejecución.
Que a fs. 116/117 se glosa el Convenio de adquisición del inmueble por avenimiento celebrado con la firma citada en último término y cuya aprobación se procura en esta instancia.
Que en base a lo expuesto, no existen objeciones jurídicas que formular a la gestión que se propicia, debiendo así rectificarse el artículo 1º del Decreto Nº 290/04, dejarse sin efecto el artículo 1º del Decreto 1778/
04 y aprobarse el Convenio referido, a fin de operar la posterior inscripción dominial del inmueble expropiado a nombre del Estado Provincial.
Por ello y lo dictaminado la Dirección General de Asuntos Legales bajo el Nº 266/06 y por Fiscalía de Estado con el Nº 825/06, EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- RECTIFÍCASE el artículo 1º del Decreto Nº 290/04, en la parte que dice: FRACCION A:
propiedad de "EL AJÍ SOCIEDAD
ANÓNIMA", por Dº Nº 16.014, Fº 23.015, Tº 93, Año 1977, Propiedad Nº 2401-1930235/9, ubicada sobre la CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2007 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date21/02/2007

Page count4

Edition count4189

First edition01/02/2006

Last issue30/07/2024

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