Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/9/2002

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 570
La Rioja, 22 de julio de 2002
Visto: la presentación realizada por la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina Filial La Rioja A.T.S.A., contenida en Expediente F12-0333-2-02, y;

Viernes 27 de setiembre de 2002

Artículo 3 - Autorízase al Ministerio de Economía y Obras Públicas a convenir con la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina Filial La Rioja A.T.S.A., los términos para la devolución de la asistencia financiera dispuesta por el Artículo 1.
Artículo 4 - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas.
Artículo 5 - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Considerando:
Que a través de la misma, A.T.S.A. solicita se arbitren los medios pertinentes a fin de hacer entrega a dicha entidad de un adelanto de fondos en concepto de asistencia financiera por la suma de $ 50.000.
Que lo solicitado tiene por objeto atender un embargo con sentencia de remate que pesa sobre las instalaciones de su organización sindical, como también hacer frente al pago de haberes de su personal y los gastos de funcionamiento de la asociación.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva, autorizar al Ministerio de Economía y Obras Públicas la entrega al Ministerio de Coordinación de Gobierno de la suma antes indicada y para el fin mencionado más arriba, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley N 6425.
Que, asimismo, procede autorizar al Ministerio de Economía y Obras Públicas para convenir con A.T.S.A. los términos en que se producirá el reintegro de la suma anticipada.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1 - Autorízase al Ministerio de Economía y Obras Públicas a efectuar la entrega al S.A.F. N 200Dirección General de Administración del Ministerio de Coordinación de Gobierno, la suma de Pesos Cincuenta Mil $50.000, a través de un anticipo de fondos Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, con destino a la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina Filial La Rioja A.T.S.A., en concepto de asistencia financiera por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2 - El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1, conforme lo establece la Ley 6425, en un plazo que no podrá exceder los Treinta 30 días corridos desde su recepción.

Fdo.: Maza, A.E.; Gdor. Aldao Lamberto, J.D.; M.E.
y O.P.

DECRETO N 576
La Rioja, 26 de julio de 2002
Visto: la necesidad de asegurar el adecuado funcionamiento de la Delegación de la Dirección General de Trabajo con asiento en la localidad de Aimogasta
Dpto. Arauco; y,Considerando:
Que como consecuencia de las políticas de racionalización y contención del gasto público instrumentadas por la Función Ejecutiva Provincial se ha dictado entre otros, el Decreto N 526/01, complementario de la Ley de Ministerios N 6846/99, a través del cual se han establecido una serie de modificaciones en la Estructura Orgánica Funcional en la Jurisdicción del Ministerio Coordinador de Gobierno.
Que en virtud de ello, la ex Subsecretaría de Trabajo ha sido transformada en la actual Dirección General de Trabajo, de la cual dependen únicamente Direcciones de Nivel Simple, desapareciendo en consecuencia la estructura anterior que contenía Delegaciones del mencionado organismo del interior de la provincia.
Que a fin de posibilitar el normal funcionamiento de dicha Delegación y la continuidad de la prestación de los servicios que reclaman las relaciones Obrero, Patronales, esta Función Ejecutiva estima procedente encargar las funciones de Delegado, posibilitando de esta manera el relevo de los agentes que cumplen tales funciones en la misma.
Que asimismo conviene puntualizar que la Intendencia del Departamento Arauco, ha contribuido con un espacio físico para el funcionamiento de la oficina precitada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial.-

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/9/2002

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date27/09/2002

Page count18

Edition count2476

First edition02/01/1998

Last issue18/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2002>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930