Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/3/2012

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Nº 24.938 - 045/12

PARANA, jueves 8 de marzo de 2012

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACION
DECRETO Nº 3425 MGJE
MODIFICANDO PLANTA
Paraná, 15 de agosto de 2011
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Consejo General de Educación interesa efectuar una adecuación presupuestaria de la planta permanente de cargos, conforme lo dispuesto por Resolución Nº 0816 C.G.E. de fecha 30
de marzo de 2010; y CONSIDERANDO:
Que por dicha norma se designó en la planta permanente, a partir de la emisión de la misma, al señor Carlos Enrique Grnwaldt quién revista como Personal Administrativo -categoría 10titular en la Escuela de Educación Agrotécnica Nº 152 Manuel María Calderón del Departamento Concordia, en el cargo vacante por jubilación anticipada de la señora Clara María Zacarías Personal Administrativo -categoría 4- del Centro de Educación Física Nº 4 de Concordia;
Que en el artículo 3º de la citada resolución, se dispone que la Dirección de Gestión Presupuestaria y Contable del Consejo General de Educación realice las adecuaciones presupuestarias de cargos necesarias;
Que a fin de dar efectivo cumplimiento la Dirección General de Administración mediante el Departamento Presupuesto del citado Organismo, ha confeccionado las planillas anexo III, reflejando la modificación interesada;
Que obra intervención de la Dirección General de Presupuesto donde se expide manifestando la viabilidad del trámite, encuadrando en las previsiones del artículo 11º de la Ley Nº 10011;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase la planta permanente
EDICION: 26 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
de cargos del presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2011, de la Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación - Entidad 201 - Consejo General de Educación - Unidad Ejecutora: Dirección de Enseñanza Secundaria, de acuerdo a la planillas anexo III, que forman parte del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las presentes actuaciones al Consejo General de Educación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 3426 MGJE
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 15 de agosto de 2011
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la Resolución D.P. Nº 1695/09, por el ex Cabo de Policía de la Provincia de Entre Ríos, Sergio Fabián Palma, MI Nº 23.450.150; y CONSIDERANDO:
Que conforme las fechas de notificación de la resolución recurrida y de recepción del recurso de apelación jerárquica, corresponde tener al mismo como interpuesto en tiempo y forma dentro de los términos de la Ley Nº 7060;
Que los agravios esgrimidos en el recurso de apelación, son una mera repetición de los vertidos en el recurso de revocatoria interpuesto en fecha 6 de octubre de 2009, contra la Resolución D.P. Nº 1244/09;
Que sostiene que aquel recurso ha sido resuelto por la Resolución D.P. Nº 1695/09, que hoy cuestiona, desestimándoselo de una forma arbitraria y discriminatoria;
Que la resolución recurrida no tuvo en cuenta la documental que se adjuntara con aquel recurso de revisión consistente alguna de ellas en: dictámenes de Juntas Médicas de fechas 2.1.2003; 14.5.2003; 8.8.2003; testimonial de
la Oficial Principal Médica Zappala; diversos estudios de resonancia magnética e informe de historia clínica realizado por el Hospital San Martín en fecha 31.8.1993 e incluso tampoco se tuvo en cuenta, según afirma, el dictamen del Tribunal Médico de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
Que en definitiva con iguales argumentos que los esgrimidos en su anterior presentación, el recurrente peticiona que se revoque la Resolución Nº 1695/09 y se disponga su reubicación y se le adjudiquen nuevas tareas;
Que por su parte, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, le denegó el retiro obligatorio por invalidez, toda vez que el Tribunal Médico de aquel organismo previsional, dictaminó que el señor Palma no padece ningún tipo de enfermedad que lo incapacite en grado suficiente para alcanzar el porcentaje previsto por ley para acceder al goce de retiro;
Que en efecto, del informe médico de fecha 16
de abril de 2007, surge que el Sr. Palma presenta una incapacidad parcial y permanente del 20% y que si existe posibilidad de sustituir la actividad habitual del interesado por otra acorde a sus aptitudes y perfeccionamiento profesional incapacidad para la vida civil 20%
Que ahora bien, retornadas las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia, ésta emitió la Resolución D.A.I. Nº 727 de fecha 23
de agosto de 2007 que dispuso la sustanciación de una amplia información sumaria a los fines de establecer si la patología diagnosticada al entonces Cabo Sergio Fabián Palma, resulta o no un imposibilitante para el correcto desempeño del cargo que le corresponde en el Escalafón GeneralCuerpo Seguridad;
Que luego de los trámites procedimentales de rigor, el señor instructor sumariante entendió que en virtud a los presentes actuados se logra establecer que el funcionario en cuestión, presenta una disminución en sus aptitudes físicas que impedirán el ejercicio normal de su actividad funcional en la repartición situación esta que se encuentra bajo la normativa del articulo 59º inciso e de la Ley Nº

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/3/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data08/03/2012

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4780

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione03/07/2024

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