Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 9 de octubre de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXVII - Nº 188
CORDOBA, R.A. VIERNES 9 DE OCTUBRE DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

Poder Legislativo
Ministerio de Educación Resolución Nº 429

DEPARTAMENTO SANTA MARÍA

Modifican Radio Comunal de la localidad de Bouwer LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE
CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Ley: 9684
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Radio Comunal de la localidad de Bouwer, ubicada en el Departamento Santa María de esta Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según el plano confeccionado por la citada Comuna, el que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción del polígono definido por los siguientes lados:
Lado 1-2: de un mil novecientos ochenta y tres metros con cuatro centímetros 1.983,04 m que comienza en el Vértice Nº 1 X=6512176,37 - Y=4391017,44 sin materializar, punto de inicio del polígono, y está ubicado en la intersección del límite Sur del Departamento Capital con el eje de Camino a 60 Cuadras sobre la carpeta asfáltica, y se extiende con dirección Sur hasta encontrar el Vértice Nº 2 X=6510193,88 - Y=4391064,28, sin amojonar, situado sobre la carpeta asfáltica en la intersección del eje de Camino a 60 Cuadras con el eje de camino vecinal de tierra que se prolonga hacia el Este.
Lado 2-3: de un mil ciento dieciocho metros con treinta y nueve centímetros 1.118,39 m que se prolonga con rumbo Este por el eje de camino vecinal de tierra ubicado al Norte de las Parcelas 2132-3541 y 2132-3543, hasta llegar al Vértice Nº 3 X=6510216,03 - Y=4392182,46 sin amojonar.
Lado 3-4: de dos mil cuatrocientos sesenta y nueve metros con cuarenta y cuatro centímetros 2.469,44 m que se proyecta hacia el Sur recorriendo el límite Este de las Parcelas 2132-3543, 2132-3442, 2132-3342, 2132-3242, 2132-3142, 2132-3641, 2132-3042, 2132-2942, 21322842, 2132-2741, 2132-2745, 2132-2742 y 2132-2642, materializado con alambrados, acequias y líneas de árboles hasta alcanzar el Vértice Nº 4 X=6507746,77 Y=4392212,66 sin amojonar, que se encuentra en la intersección del límite Este de las parcelas citadas con el eje de camino vecinal de tierra.
Lado 4-5: de un mil ciento treinta y un metros con noventa y dos centímetros 1.131,92 m que corre con dirección
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Oeste por el eje de camino vecinal de tierra ubicado al Sur de las Parcelas 2132-2641 y 2132-2642, hasta llegar nuevamente al Camino a 60 Cuadras en donde se sitúa el Vértice Nº 5 X=6507741,64 - Y=4391080,75 que se encuentra sin amojonar sobre la carpeta asfáltica en la intersección de los ejes de los caminos antes mencionados.
Lado 5-5a: de seis metros con diecinueve centímetros 6,19 m que se extiende con rumbo Norte por el eje de Camino a 60 Cuadras hasta arribar al Vértice Nº 5a X=6507747,82 - Y=4391080,59 sin amojonar, que se ubica en la intersección del eje de camino vecinal de tierra que toma hacia el Oeste con el eje de Camino a 60 Cuadras, sobre la carpeta asfáltica.
Lado 5a-5b: de seiscientos cincuenta metros con treinta y ocho centímetros 650,38 m que se prolonga hacia el Oeste por camino vecinal de tierra hasta encontrar el Vértice Nº 5b X=6507746,37 - Y=4390430,21, donde se inicia una curva a la derecha sobre dicho camino.
Lado 5b-5c: de cincuenta y tres metros con cincuenta y nueve centímetros 53,59 m que se extiende hacia el Oeste hasta alcanzar el Vértice Nº 5c X=6507791,81 Y=4390401,80, ubicado en el inicio de una curva a la izquierda sobre el eje de camino vecinal de tierra.
Lado 5c-5d: de sesenta y un metros con cuarenta y cuatro centímetros 61,44 m que continúa con rumbo Oeste sobre la curva a la izquierda en el eje de camino vecinal de tierra hasta llegar al Vértice Nº 5d X=6507833,16 Y=4390356,36.
Lado 5d-5e: de treinta y cuatro metros con cuarenta y cuatro centímetros 34,44 m que se proyecta con rumbo Oeste hasta arribar al Vértice Nº 5e X=6507842,75 Y=4390323,28, situado al final de la curva sobre el eje de camino vecinal de tierra.
Los Vértices Nos 5a, 5b, 5c, 5d y 5e se encuentran sin amojonar.
Lado 5e-6: de un mil doscientos setenta y ocho metros con veintiséis centímetros 1.278,26 m que corre con rumbo Oeste hasta llegar al Vértice Nº 6 X=6507832,11 Y=4389045,06 sin amojonar, que se encuentra ubicado en la intersección del eje de Camino a San Carlos con el eje de camino vecinal de tierra ya citado.
Lado 6-6a: de ciento veintiséis metros con diecisiete CONTINÚA EN PÁGINA 2

Córdoba, 5 de Octubre de 2009

VISTO: El Expediente Nº 0110-65971/90, en que obran actuaciones relacionadas con la categorización del Instituto Provincial de Educación Media N 154 "GRAL. MARTÍN MIGUEL DE GEMES" de Capital.
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 49 inciso B del Decreto-Ley Nº 214/E/63, establece que las unidades educativas de los niveles medio, especial y superior serán clasificadas por el H. Consejo de Enseñanza o las Direcciones Generales de las cuales dependen como de Primera, Segunda o Tercera Categoría, de acuerdo al número de alumnos, divisiones o especialidades.
Que por el art. 1º de la Resolución Nº 180/90 de la ex Dirección de Enseñanza Media, Especial y Superior, se fijaron pautas transitorias para la categorización de las instituciones de nivel medio, basadas en el número de alumnos con que cuentan éstas.
Que dichos criterios, vigentes hasta tanto se reglamente la normativa mencionada con anterioridad, consideran de Segunda Categoría los centros educativos que tengan entre doscientos 200 y trescientos noventa y nueve 399 alumnos, situación que se ha configurado en el establecimiento cuya categorización se propicia.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1754/09 del Departamento Jurídico de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 88 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CLASIFICAR en Segunda Categoría el Instituto Provincial de Educación Media N 154 "GRAL. MARTÍN MIGUEL DE GEMES"
de Capital, a partir de la fecha del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- DISPONER que la Dirección de Recursos Humanos adopte los recaudos pertinentes a fin de que se lleven a cabo las compensaciones que correspondan en la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de modo que los cargos docentes de la planta de personal del establecimiento educativo comprendido por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a la categoría en que ha sido clasificado el mismo.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2009 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data09/10/2009

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4188

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione29/07/2024

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