Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 30 de setiembre de 2004

Pág.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decreto 1303/2004
Desígnanse, con carácter transitorio, Auditor Adjunto Programas, Acciones y Resultados y Supervisor de Auditoría en la Unidad Auditoría Interna, dependiente de la Unidad Ministro de la citada Jurisdicción.

2

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Decreto 1292/2004
Desígnase, con carácter transitorio, Director Nacional de Puertos.

4

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1296/2004
Desígnase, con carácter transitorio, Director de la Dirección de Administración de Recursos Humanos y Capacitación, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de la citada Jurisdicción.

5

MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES
Decreto 1300/2004
Declárase al edificio de la Escuela Nacional Primaria Nº17 Maestro Vicente Calderón, ubicada en el paraje El Blanco de la localidad de Cholila, Provincia del Chubut.

5

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
Resolución 647/2004-MEP
Modificación de la misma para determinadas mercaderías, según Resolución MERCOSUR/GMC
Nº23/2003.

8

ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES
Decreto 1293/2004
Desígnanse Subgerentes de Asesoramiento de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y de Servicios Administrativos de la Gerencia de Administración, en el ámbito del citado organismo de la órbita de la Secretaría de Obras Públicas.

4

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 1298/2004
Desígnase Asesor, con carácter Ad-Honorem, en la Secretaría de Turismo.

5

PRODUCTOS COSMETICOS
Disposición 5882/2004-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto Aloe Vera Natural-Uso Externo, Legajo 013.M.S.
y A.S. Nº338/92, sin datos del establecimiento elaborador.

9

REPRESENTACION Y PATROCINIO DEL ESTADO NACIONAL
Resolución 154/2004-SLA
Amplíase la Resolución Nº1/2003, con la finalidad de incorporar un letrado para la representación del Estado Nacional en juicios y patrocinio en causas en que corresponde la intervención del Ministerio de Economía y Producción, en los términos de la Ley Nº17.516 y del Decreto Nº411/80
t.o. 1987.

8

Resolución 155/2004-SLA
Amplíase la Resolución Nº1/2003, a fin de incorporar letrados para la representación del Estado Nacional en juicios y patrocinio en causas en que corresponde la intervención del Ministerio de Economía y Producción, en los términos de la Ley Nº17.516 y del Decreto Nº411/80 t.o. 1987. .

8

3

Decreto 1289/2004
Otórgase el Título de Aviador Militar Honoris Causa a un oficial de la Fuerza Armada Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

3

10

AVISOS OFICIALES
Nuevos

11

Anteriores

19

Artículo 1º Apruébase el procedimiento de comprobación del estado de salud de las personas que peticionen su inclusión dentro de las excepciones al diferimiento de pagos establecido en el Artículo 60º inciso d apartado II de la Ley Nº 25.827 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.

b En dicha presentación deberán detallarse las causales por las que se considera incluida en las excepciones del Artículo 60 inciso d punto II de la Ley Nº 25.827, y acompañar el original del certificado que acredite el diagnóstico de enfermedad grave y/o resumen de historia clínica, suscripta y sellada por profesional matriculado en el orden nacional. Si el profesional pertenece a una Jurisdicción distinta, deberá certificarse la firma por la Institución correspondiente.
ARTICULO 2º La Dirección de Administración de la Deuda Pública remitirá las actuaciones que con tales presentaciones se generen a la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, para su consideración.
ARTICULO 3º La SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS
analizará la documentación que en su caso se adjunte y, de considerarlo encuadrado en la citada norma, certificará lo relativo a la matrícula del profesional actuante. En caso de considerar que la documentación agregada a autos resulta insuficiente a los efectos indicados dicha Secretaría podrá solicitar documentación complementaria o nuevos elementos de juicio, previo a la certificación de la firma del profesional, a cuyo efecto remitirá las actuaciones en devolución a la Dirección de Administración de la Deuda Pública, quien tendrá a su cargo cursar las notificaciones pertinentes a los efectos de cumplir con tales requerimientos.

MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION

Desígnanse, con carácter transitorio, Auditor Adjunto Programas, Acciones y Resultados y Supervisor de Auditoría en la Unidad Auditoría Interna, dependiente de la Unidad Ministro de la citada Jurisdicción.
Bs. As., 27/9/2004

Nuevos

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

a Deberán efectuar una presentación mediante nota dirigida a la Dirección de Administración de la Deuda Pública de la Oficina Nacional de Crédito Público en la Mesa General de Entradas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
sita en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 250, 2º Piso, Oficina 218, CP. 1310.

Decreto 1303/2004

CONCURSOS OFICIALES

Por ello,
por la excepción al diferimiento de pago de los servicios de la deuda pública, establecida en el Artículo 60 inciso d apartado II de la Ley Nº 25.827, cumplimentarán los siguientes recaudos:

ARTICULO 4º Cumplido lo dispuesto en el artículo anterior y verificada la procedencia del trámite, la Dirección de Administración de la Deuda Pública procederá a la liquidación de los servicios cuyo pago se solicita.

TITULOS HONORIFICOS
Decreto 1288/2004
Otórgase el Título de Aviador Militar Honoris Causa a un oficial de la Fuerza Aérea de la República Francesa.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por el Artículo 99, inciso 2º de la CONSTITUCION NACIONAL.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.496

Art. 2º La expresión BONOS EXTERNOS
DE LA REPUBLICA ARGENTINA a que hace referencia el Artículo 60, inciso d de la Ley Nº 25.827
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 se refiere a los Bonos Externos BONEX.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.
ANEXO
PROCEDIMIENTO PARA LA
CERTIFICACION DEL PADECIMIENTO DE
ENFERMEDADES GRAVES
ARTICULO 1º Aquellas personas que consideren que su situación se encuentra alcanzada
VISTO el Expediente Nº S01:0140851/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Ley Nº 25.827, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.827 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.
Que por el Artículo 7º de la mencionada ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 14 de la citada ley.
Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

2

Que en virtud de específicas razones de servicio de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN 1 cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva II de Auditor Adjunto Programas, Acciones y Resultados y UN 1 cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III de Supervisor de Auditoría dependiente de las citadas Unidades de dicho Ministerio.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y en los Títulos III, Capítulo III
y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que los profesionales propuestos reúnen las condiciones de experiencia e idoneidad que los habilitan para cubrir eficaz y eficientemente con los cometidos emergentes de los cargos a cubrir.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827, y el Artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exceptúase al MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, a efectos de cubrir de UN 1 cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva II de Auditor Adjunto Programas, Acciones y Resultados y UN 1 cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III de Supervisor de Auditoría en la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA dependiente de la UNIDAD MINISTRO de dicho Ministerio.
Art. 2º Desígnase con carácter transitorio a partir de la fecha de notificación y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en el cargo de Auditor Adjunto Programas, Acciones y Resultados en la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nivel A, Función Ejecutiva II, a la Contadora Pública Doña Elisa Viviana TARRIO M.I.
Nº 13.625.821.
Art. 3º Desígnase con carácter transitorio a partir de la fecha de notificación y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en el cargo de Supervisor de Auditoría en la UNIDAD
DE AUDITORIA INTERNA dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, Nivel B, Función Ejecutiva III, al Licenciado en Administración Don Héctor Mario MESQUIDA M.I. Nº 8.634.825.
Art. 4º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A. Decreto Nº 993/91
T.O. 1995, en el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
Art. 5º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/09/2004

Page count20

Edition count9414

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/08/2024

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