Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 22 de setiembre de 2004
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto en el Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobadas las modificaciones de los contratos del personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, por los períodos y montos mensuales indicados en el mismo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 109 - SINDICATURA
GENERAL DE LA NACION.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández.
Aníbal D. Fernández.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decisión Administrativa 451/2004
Apruébase una contratación de locación de servicios suscripta por la Dirección Nacional Alterna Préstamo BIRF 4423-AR, en el marco del Proyecto de Modernización del Estado.

encuadra en las previsiones legales citadas en el tercer considerando.
Que, previo a dar trámite a la presente contratación, se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos pertinente, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100
incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 577/2003.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández.
NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
ENTE NACIONAL DE OBRAS
HIDRICAS DE SANEAMIENTO
Decisión Administrativa 452/2004
Danse por aprobadas contrataciones de personal celebradas bajo el régimen de locación de servicios personales dispuesto por el Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 20/9/2004

CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, el PROYECTO DE MODERNIZACION DEL
ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que, con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario contratar personal técnico y profesional que cuente con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº 577/2003, toda contratación encuadrada en las previsiones de los Decretos Nº 491/2002 y su reglamentación que tramite por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
TRES MIL $ 3.000.-.
Que, a efectos de dar cumplimiento a la normativa expuesta, corresponde aprobar la contratación del consultor cuyos datos se detallan en el Anexo I de la presente, la que se
Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 56 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Entidad 613 - ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO ENOHSA, para el ejercicio 2004.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142
de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL
y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello,
Artículo 1º Apruébase la contratación de locación de servicios suscripta entre la DIRECCION
NACIONAL ALTERNA Préstamo BIRF 4423-AR
y el consultor individual detallado en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por el período y monto mensual allí indicados.

Bs. As., 20/9/2004
VISTO el Expediente Nº 006137/2004 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio de Préstamo BIRF Nº 4423AR, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y Nº 577 de fecha 07 de agosto de 2003 y,
BOLETIN OFICIAL Nº 30.490

VISTO el Expediente Nº 138/2004 del Registro del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE
SANEAMIENTO ENOHSA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley de Presupuesto Nº 25.827, los Decretos Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, Nº 577
de fecha 7 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por aplicación del Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, corresponde al suscripto disponer la aprobación de las contrataciones que se propician, toda vez que dicha norma prescribe que en aquellos supuestos en que la retribución mensual o el honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.- las mismas deberán ser efectuadas por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en ese marco normativo se eleva la propuesta de contratación del personal que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente medida, cuya prestaciones resultan indispensables para atender los objetivos de las funciones propias de la organización, dándose cumplimiento con la documentación exigida en la Circular SLyT
Nº 4/02.
Que las contrataciones que se propician se encuadran en las previsiones del Decreto Nº 491/2002 y su reglamentación, celebradas bajo el régimen de locación de servicios personales dispuesto en el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobadas las contrataciones del personal del ENTE NACIONAL DE
OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO ENOHSA que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, por los períodos, montos mensuales y totales, funciones y rangos que en cada caso se indican.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 613 ENTE NACIONAL DE
OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO ENOHSA, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.827.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Julio M. De Vido.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

3

Que por Decreto Nº 577/03 se modificaron determinados aspectos del Decreto Nº 491/
02 relativos a los contratos, estableciéndose entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS en los casos de nuevos contratos que superen la suma mensual de PESOS DOS MIL $ 2.000.- y en los casos de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones originalmente pactadas.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la propuesta de contratación de la persona cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de dicha Cartera de Estado.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas, de conformidad con la Circular de la SECRETARIA LEGAL y TECNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION Nº 4/02.
Que tomó la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo al Programa 01-00-01 - Actividades Centrales, Partida Presupuestaria 1.2.7. - Contratos Especiales - Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional correspondiente a la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.827.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase la contratación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente Decisión, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Decisión Administrativa 453/2004
Apruébase una contratación de la citada Jurisdicción, celebrada bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 20/9/2004
VISTO el Expediente Nº 1092147/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 25.827, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577
de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 2, de fecha 14 de enero de 2004, la Circular de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4, de fecha 15 de marzo de 2002, lo solicitado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión, será atendido con cargo al Programa 01-00-01 -Actividades Centrales, Partida Presupuestaria 1.2.7. - Contratos Especiales - Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, correspondiente a la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Carlos A. Tomada.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2004.

Decisión Administrativa 454/2004

Que por Decreto Nº 491/02 se estableció que toda contratación sería efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

Apruébanse modificaciones de contrataciones de personal de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 20/9/2004
VISTO el expediente Nº 6498/04 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/09/2004

Page count28

Edition count9414

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/08/2024

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