Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2017 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2016 - 2017 Año Brocheriano
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

lares Estadounidenses U$S 1.368.- para el señor Ministro de Finanzas y Cuatrocientos Ochenta y Tres Euros € 483.- y Ochocientos Sesenta y Cuatro Dólares U$S 864.- para la señora Secretaria de Administración Financiera, tomando como parámetro las pautas establecidas por el Decreto N 997/2016 del Poder Ejecutivo Nacional y la Decisión Administrativa N
1067/2016 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que se acompañan las Notas de Pedido N 2017/000449 y 2017/000450
para hacer frente a la erogación que lo gestionado implica.

Que corresponde autorizar a los funcionarios de que se trata a realizar el viaje en cuestión y a la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas a librar los fondos necesarios en concepto de viáticos, con cargo de rendición de cuentas, de corresponder, como así también a efectuar los ajustes necesarios en virtud de las variaciones que, en más o en menos, se pudieran producir por diferencia de cotización del Dólar Estadounidense y del Euro al momento del efectivo pago, para aquellos conceptos estimados en dicha moneda.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por la Ley Nº 6197, Artículo 4 del Decreto N 1300/2009, artículo 63 de la Ley N 9086 reglamentado por Decreto N150/2004, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas bajo el Nº 405/2017, por Fiscalía de Estado al N 746/2017, y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1º: AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas, Lic. Osvaldo Eugenio Giordano D.N.I. Nº 14.365.781 y a la señora Secretaria de Administración Financiera, Cra. Mónica Silvia Zornberg D.N.I. Nº 16.683.146, a viajar en misión oficial a las ciudades de Los Angeles, Nueva York y Boston Lic. Giordano, y a las ciudades de Londres y Nueva York Cra. Zornberg, entre los días 23 de junio al 3 de julio de 2017 inclusive, como integrantes de la delegación de la Provincia de Córdoba, a efectos de participar en el Roadshow, en el marco de lo establecido en las Leyes Nros. 10.339 y
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
Resolución N 780

Córdoba, 5 de setiembre de 2017
EXPEDIENTE N0045-033228/62.VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria N 258 de fecha 01 de Agosto de 2017, correspondiente al Consorcio Caminero N 308 de Berrotarán, referida a la renovación parcial de sus Autoridades y elección de Secretario por fallecimiento de su antecesor, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que del Acta de fecha 01 de Agosto de 2017, se desprende que el Consorcio de Berrotarán, ha procedido a la renovación parcial de sus autoridades, en relación a los cargos de Vicepresidente, Tesorero, 1 y 2 Vocal.
Que por fallecimiento del Señor José Tomas ORIONTE, D.N.I. N
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 178
CORDOBA, R.A., MARTES 12 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

10.449 y el Decreto Nº 645/17, que autoriza la contratación con el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. como Agente Organizador de la colocación de los Títulos de Deuda en el mercado internacional.
Artículo 2º: IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto por la suma total de Pesos Cuarenta y Seis Mil Ochenta y Seis con Sesenta Centavos $ 46.086,60, a Jurisdicción 1.15, Ministerio de Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pesos Veintidós Mil Quinientos Tres con Sesenta Centavos $ 22.503,60
al Programa 150-001, Partida 3.08.02.00 Viáticos y Pesos Veintitrés Mil Quinientos Ochenta y Tres $ 23.583.- al Programa 159-001, Partida 3.08.02.00 Viáticos; todo del P.V., conforme lo indica la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas en los Documentos Contables Notas de Pedido Nros. 2017/000449 y 2017/000450.
Artículo 3º: AUTORÍZASE a la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas, a librar fondos por la suma total de Pesos Cuarenta y Seis Mil Ochenta y Seis con Sesenta Centavos $
46.086,60 en la cual se estiman los gastos que demanda el viaje autorizado en el Artículo 1º del presente Decreto, con cargo de oportuna rendición de cuentas si correspondiere; y asimismo, a efectuar los ajustes contables necesarios en virtud de las variaciones que, en más o en menos, se pudieran producir por diferencia de cotización del dólar estadounidense y del euro al momento del efectivo pago.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 5º: PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO: https goo.gl/y4wo5h
06.632.115, quien se desempeñaba en el Cargo de Secretario, corresponde elegir a su reemplazante hasta completar el período del mandato por el cual fue electo su antecesor.

Que del Acta de Asamblea acompañada en autos e informe del Departamento I Conservación Caminos de Tierra, surge que se ha procedido a elegir el reemplazante de la persona antes citada, resultando electo el Señor Oscar GIORDA, D.N.I. N 06.614.111, como Secretario del referido Consorcio.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 750/17 que luce en autos, señala que dichos mandatos comenzarán a regir a partir de la fecha de vencimiento de los mandatos de sus antecesores aprobados mediante Resolución N 0758/13, esto es, a partir del 01/11/2017.
Que por último, concluye la precitada Unidad Asesora que no tiene objeción jurídico formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad puede prestar aprobación a lo actuado, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N 8555 Art. 3 inc. e, en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N
8555 y las previsiones de la Ley N 6233;

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2017 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date12/09/2017

Page count14

Edition count4177

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930