Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 178
CORDOBA, R.A., MARTES 12 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que dicha obra fue adjudicada, previa tramitación de la Licitación Pública pertinente, por Decreto Nº 309 de fecha 8 de abril de 2014, y consistía en la transformación de la Ruta Nacional Nº 19 en Autovía, cubriendo aproximadamente una extensión de 22,4 Kms.
Que por la citada Acta Acuerdo ambas partes convienen en modificar el proyecto de la obra original, a los fines de transformar la Autovía en Autopista con retornos y accesos a distinto nivel, en el tramo: Río Primero Montecristo de la Ruta Nacional Nº 19; todo de conformidad a las instrucciones impartidas por la Dirección Nacional de Vialidad.
Que se celebró, con fecha 16 de enero de 23017, una Adenda modificatoria al Convenio Marco suscripto entre el Administrador General de la Dirección Nacional de Vialidad y el Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, estableciendo que la Provincia financiará el 100% del monto correspondiente a las obras Au-RN Nº 19, Tramo: Río Primero Montecristo, adecuación del tramo Variante Montecristo en ejecución a Autopista.
Que consta agregado en autos informe técnico de la Dirección Nacional de Vialidad de fecha 20 de Julio de 2016, con la planimetría respectiva, e informe de la Dirección Provincial de Vialidad.
Que la modificación propuesta origina mayores volúmenes de obra, en los ítems correspondientes a las nuevas obras de arte a ejecutar, otras advertidas al momento de inicio de la construcción en los primeros 7 Kms., como así también trabajos por razones de seguridad, tal cual se detalla en los puntos VII, IX y XII del Acta Acuerdo cuya aprobación se gestiona.
Que en definitiva, se procura ajustar la totalidad de kilómetros que abarca la obra original, reduciéndolos a 11.2 Kms. del Tramo: Inicio de Variante Río Primero - Fin Variante Piquillín, cumpliéndose con la totalidad de las nuevas pautas de diseño exigidas por la Dirección Nacional de Vialidad.
Que el Acta Acuerdo en cuestión deja sentada la conformidad de la Contratista para que el Comitente proceda a licitar las obras correspondientes al tramo restante, es decir: Fin Variante Piquillín Estación de Peaje Montecristo; aclarando, también, que la adecuación de la obra acordada con la contratista deberá respetar el monto del contrato vigente, no pudiendo superar los incrementos que resulten necesarios el porcentaje de modificación previsto en el artículo 40 de la Ley Nº 8614.
Que la contratista ha renunciado, a través de la Cláusula 8va., a todo reclamo y/o acción judicial o extrajudicial por compensación de costos y/o gastos directo o indirectos, gastos improductivos o derivados de cualquier causa o naturaleza, relacionada con la obra de marras, tanto en su concepción original como por las adecuaciones que se deriven de lo acordado, como así también fundado en la contratación y/o ejecución de la obra con las modificaciones en cuestión.
Que los restantes oferentes del procedimiento licitatorio originalmente
Decreto N 958

tramitado han prestado conformidad a la modificación de que se trata, según surge de la Cláusula 9na. Del Acta Acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde a este Poder Ejecutivo en su carácter de autoridad competente aprobar el Acta Acuerdo de que se trata, toda vez que la totalidad de los participantes del proceso licitatorio han prestado su expresa conformidad a la adecuación dispuesta por la Dirección Nacional de Vialidad, renunciando la contratista a todo reclamo derivado de la citada Acta Acuerdo; por ende tratándose de una relación exclusivamente patrimonial se encuentra debidamente acreditado que la medida dispuesta no afecta el erario público, el orden público ni derechos de terceros. Ello, con sustento legal en lo dispuesto en los artículos 957, 958, 959, correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y en el artículo 40 de la Ley Nº 8614 y sus modificatoria.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales con el N 303/2017, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 1019/17 y en uso de sus atribuciones constitucionales, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- APRUÉBASE el ACTA ACUERDO, suscripta con fecha 31
de julio de 2017, entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD representada por su Presidente, señor Osvaldo Rubén VOTTERO y la empresa DECAVIAL S.A.I.C.A.C. SUPERCEMENTO S.A.I.C. U.T.E., representada por los señores Alfredo Antonio STRIGLIO y Santiago Nicolás MORESCO, contratista de la obra: DUPLICACIÓN DE CALZADA AUTOVÍA
RUTA NACIONAL Nº 19 VARIANTE KM. 691 Y VARIANTE PIQUILLÍN
TRAMO: ESTACIÓN DE PEAJE MONTECRISTO INICIO VARIANTE
RIO PRIMERO DEPARTAMENTO: RÍO PRIMERO, que como Anexo I
compuesto de tres 3 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO: https goo.gl/oZ5NVi
VISTO: El expediente Nº 0424-065382/2017, del registro del Ministerio de Finanzas.

integrantes de la delegación de la Provincia de Córdoba que participará en el Roadshow, en el marco de lo establecido en las Leyes Nros. 10.339
y 10.449 y el Decreto Nº 645/17; tramitándose, asimismo, la autorización para librar los fondos necesarios en concepto de viáticos.
Que insta la presente gestión el Área de Relaciones Institucionales de
Y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se gestiona la autorización al señor Ministro de Finanzas, Lic. Osvaldo Eugenio Giordano, y a la señora Secretaria de Administración Financiera, Cra. Mónica Silvia Zornberg, para viajar en misión oficial a las ciudades de Nueva York, Boston, Los Ángeles y Londres entre los días 23 de junio y 3 de julio de 2017 inclusive, como
la citada cartera ministerial, acompañando invitación cursada a los mencionados funcionarios, por el Presidente del Banco de la Provincia de Córdoba, quien informa que los gastos de alojamiento y traslados, estarán a cargo de la mencionada entidad.
Que se incorpora cálculo de viáticos para cada uno de los integrantes del viaje de que se trata, estimando que el monto a erogar por dicho concepto asciende a la suma de Un Mil Trescientos Sesenta y Ocho Dó-

Córdoba, 23 de junio de 2017

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2017 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date12/09/2017

Page count14

Edition count4191

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