Boletín Oficial de la República Argentina del 14/10/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.254 1 Sección
AVISOS OFICIALES
Nuevos MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición Nº 176/2003
VEGA RICARDO ENRIQUE. CUIT. 20-12332853-2. S/prórroga de competencia.
Bs. As., 10/10/2003
VISTO la Actuación SICOEX AFIP Nº 19871 756 03 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que el contribuyente RICARDO ENRIQUE VEGA, CUIT. Nº 20-12332853-2, con domicilio fiscal en la calle Cabildo 480 del Barrio Estación General Pacheco, Provincia de Buenos Aires, pertenece actualmente a la jurisdicción de la Dirección Regional Norte.

Que el Decreto Nº 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y el Decreto Nº 618 del 10
de julio de 1997, reconocen expresamente la facultad de poder sustituir y delegar las atribuciones inherentes a la calidad de Juez Administrativo, entre otras circunstancias, por la naturaleza de las materias de que se trata o por el ámbito territorial en que deban ejercerse.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.
Que en atención a la conformidad prestada y por razones de eficacia y economía administrativa y procesal, resulta procedente prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Palermo y a las unidades de estructura correspondientes que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención Nº 803.580/6, con relación al contribuyente RICARDO ENRIQUE VEGA, CUIT. Nº 20-12332853-2, con domicilio fiscal en la calle Cabildo 480 del Barrio Estación General Pacheco de la Provincia de Buenos Aires, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4º, 6º, 9º y 10 del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, y en ejercicio de las facultades delegadas por la Disposición Nº 407 AFIP del 8 de agosto de 2001, corresponde disponer en consecuencia.
Por ello,
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Que consecuentemente solicita que se otorgue a esa Dirección Regional y a las unidades de estructura que le dependen, la prórroga de competencia para intervenir, a todos los efectos que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención Nº 807.186/1.
Que el Decreto Nº 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y el Decreto Nº 618 del 10
de julio de 1997, reconocen expresamente la facultad de poder sustituir y delegar las atribuciones inherentes a la calidad de Juez Administrativo, entre otras circunstancias, por la naturaleza de las materias de que se trata o por el ámbito territorial en que deban ejercerse.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.
Que en atención a la conformidad prestada y por razones de eficacia y economía administrativa y procesal, resulta procedente prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Palermo y a las unidades de estructura correspondientes que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención Nº 807.186/
1, con relación a la contribuyente PRO LANDS S.A., CUIT. Nº 30-66347619-6 con domicilio fiscal en la calle Tucumán Nº 1424, Piso 2º, Depto. F, de la Capital Federal, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4º, 6º, 9º y 10 del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, y en ejercicio de las facultades delegadas por la Disposición Nº 407 AFIP del 8 de agosto de 2001, corresponde disponer en consecuencia.
Por ello,
Que la Dirección Regional Palermo intervino en el diligenciamiento de actuaciones vinculadas a dicho contribuyente, en virtud de una fiscalización impulsada oportunamente por la misma, teniendo por consiguiente, un acabado conocimiento de la naturaleza de la materia a tratar.
Que ante la situación expuesta en el considerando anterior, la Dirección Regional Palermo solicita que se otorgue a esa Dirección Regional y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la prórroga de competencia para intervenir, a todos los efectos que puedan corresponder y por razones de eficacia y economía procesal, en el procedimiento de determinación de oficio previsto por la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, hasta la finalización de dicho proceso; ello, en el marco de la Orden de Intervención Nº 803.580/6.

Martes 14 de octubre de 2003

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1º Prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Palermo y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención Nº 807.186/1, con relación a la contribuyente PRO LANDS S.A., CUIT. Nº 30-66347619-6, con domicilio fiscal en la calle Tucumán Nº 1424, Piso 2º, Depto. F, de la Capital Federal, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 14/10 Nº 428.863 v. 14/10/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición Nº 178/2003
PSI TECNOLOGIES DE ARGENTINA S.A. CUIT. 30-68304379-2. S/prórroga de competencia.
Bs. As., 10/10/2003
VISTO la Actuación SICOEX AFIP Nº 19868 320 03 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1º Prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Palermo y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el procedimiento de determinación de oficio previsto por la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, en el marco de la Orden de Intervención Nº 803.580/6, con relación al contribuyente RICARDO ENRIQUE VEGA, CUIT. Nº 20-12332853-2, con domicilio fiscal en la calle Cabildo 480 del Barrio Estación General Pacheco, Provincia de Buenos Aires, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 14/10 Nº 428.861 v. 14/10/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición Nº 177/2003

Que la contribuyente PSI TECNOLOGIES DE ARGENTINA S.A., CUIT. Nº 30-68304379-2, con domicilio fiscal en la calle Laprida Nº 238 de Monte Grande, Provincia de Buenos Aires, pertenece actualmente a la jurisdicción de la Dirección Regional Sur.
Que la Dirección Regional Centro intervino en el diligenciamiento de distintas actuaciones vinculadas a dicho contribuyente, teniendo un acabado conocimiento de la naturaleza de la materia a tratar.
Que consecuentemente solicita que se otorgue a esa Dirección Regional y a las unidades de estructura que le dependen, la prórroga de competencia para intervenir, a todos los efectos que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención Nº 54/0.
Que el Decreto Nº 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y el Decreto Nº 618 del 10
de julio de 1997, reconocen expresamente la facultad de poder sustituir y delegar las atribuciones inherentes a la calidad de Juez Administrativo, entre otras circunstancias, por la naturaleza de las materias de que se trata o por el ámbito territorial en que deban ejercerse.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.
Que en atención a la conformidad prestada y por razones de eficacia y economía administrativa y procesal, resulta procedente prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Centro y a las unidades de estructura correspondientes que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención Nº 54/0, con relación a la contribuyente PSI TECNOLOGIES DE ARGENTINA S.A., CUIT. Nº 30-68304379-2, con domicilio fiscal en la calle Laprida Nº 238 de Monte Grande, Provincia de Buenos Aires, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.

PRO LANDS S.A. CUIT. 30-66347619-6. S/prórroga de competencia.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Bs. As., 10/10/2003
VISTO la Actuación SICOEX AFIP Nº 19870 1362 03 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la contribuyente PRO LANDS S.A., CUIT. Nº 30-66347619-6, con domicilio fiscal en la calle Tucumán Nº 1424, Piso 2º, Depto. F, de la Capital Federal, pertenece actualmente a la jurisdicción de la Dirección Regional Microcentro.
Que la Dirección Regional Palermo intervino en el diligenciamiento de distintas actuaciones vinculadas a dicho contribuyente, teniendo un acabado conocimiento de la naturaleza de la materia a tratar.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4º, 6º, 9º y 10 del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, y en ejercicio de las facultades delegadas por la Disposición Nº 407 AFIP del 8 de agosto de 2001, corresponde disponer en consecuencia.
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1º Prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Centro y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, in-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/10/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/10/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9388

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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